sábado, 10 de noviembre de 2012

Poder Judicial: Remuneraciones, Elecciones y algo más



S. Florencio Jara Peña.
En el receso de un evento académico, mientras sosteníamos una conversación coloquial con el ponente, ya sin los acartonados rigores de la formalidad y disfrutando de un café tan negro como el averno pero tan puro como el alma de un infante, nos comentaba aquél que se hallaba muy satisfecho en su centro de labores (la SUNAT), pues recientemente los funcionarios de mediana línea hacia adelante habían sido beneficiados con un incremento considerable en sus remuneraciones. Para esto, nos decía, se había contratado una consultora a la que le habían encomendado un sondeo comparativo, cualitativo y cuantitativo acerca del monto remunerativo que razonablemente debían percibir.
El suceso me movió a una reflexión.
Una de las misiones del Poder Judicial Peruano es contribuir al estado de derecho, el mantenimiento de la paz social y el desarrollo social. No es poca cosa. Creo que ninguna institución carga un peso similar en sus hombros.
Hace un tiempo atrás leía en los medios de comunicación que muchos editorialistas y opinólogos justificaban el incremento de las remuneraciones de algunos funcionarios, muchísimo más allá incluso de lo percibido por el Presidente de la República. Argüían que debido a lo muy especial y delicado de sus funciones, la alta especialización técnica que se requiere para ello y evitar la fuga de talentos se justificaban estos privilegios.
¿Pero no es que los Jueces ejercemos la más delicada función que se puede encomendar a un funcionario? ¿No es que debemos superar una evaluación rigurosa para acceder al cargo, amén de las controvertidas ratificaciones cada siete años? Claro que sí. Pero por lo visto a la hora del tema remunerativo todo esto no cuenta.
Una de las razones para que la población no vea como justas nuestras reclamaciones es, hay que reconocerlo, los bajos índices de aprobación social. Esto pesa más cuando pretendemos siquiera que se cumpla la Ley de homologación de sueldos. Sentí mucha pena cuando en una entrevista televisiva el rubicundo periodista ponía en aprietos a un sudoroso y barbado Juez, que había ido a hacer público su requerimiento remunerativo, respondiente preguntas sobre corrupción y lentitud procesal, desviándose del tema principal por el que había sido convocado. Esta desinformación es algo que requiere una atención por parte nuestra.
En estos días el Presidente del Poder Judicial, en un gesto político tardío para muchos jueces luego de su protesta contra la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional, presentó el proyecto de ley para que se aplique la ley de homologación de sueldos y admonitoriamente protestó una falta de respeto hacia los Jueces.
Paradojas de la vida: no conseguimos que se aplique una ley a favor nuestro, cuando en nuestras labores diarias aplicamos las leyes a favor de los justiciables.
El otro tema que viene revoloteando mi atención, como un
molesto zancudo, es lo referente a la forma de elección de los órganos de gobierno del Poder Judicial. Soy consciente que para desarrollarlo este espacio me quedaría muy corto. Pero basta decir que no es nada democrática, claro si entendemos a la democracia en su sentido más lato, es decir que el sistema de gobierno reside en los gobernados. Como sabemos no todos los gobernados tienen la facultad de elegir. Intentar cambiar este estado de cosas, en la coyuntura actual, son aspiraciones quijotescas.
Hablando de elecciones el Art. 81 de la L.O.P.J. contiene una extraña curiosidad. En él se dispone que los Presidentes de las Cortes Superiores elijan al Vocal Superior (entiéndase Juez Superior) que los represente en el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Este Juez Superior es elegido en Sala Plena de cada distrito judicial. La disonancia ocurre cuando se designa a un Juez Superior que no es Presidente de Corte en funciones, pues el elegido en Sala Plena no tiene ni voz ni voto en el sufragio donde intervienen únicamente aquéllos, en tales condiciones tiene todas las de perder frente a un candidato Presidente que si tiene voz y voto. La experiencia ha demostrado, hasta donde alcanza mi información, que no se ha elegido ni una sola vez a un Juez Superior que no sea Presidente de Corte. Esta disposición legal está divorciada de la realidad. En consecuencia el “candidato natural” de cada Corte Superior, por llamarlo de algún modo, para elegir a los representantes de los Jueces Superiores ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial es el Presidente de Corte en ejercicio.
 Ica, noviembre 08 del 2012.

0 comentarios:

Publicar un comentario

Con la tecnología de Blogger.