viernes, 17 de agosto de 2012


Magistrados del NCPP de Corte Superior de Justicia de Ica,  en reunión de coordinación
SOLICITARAN AL MINISTERIO DE JUSTICIA, MAS DEFENSORES PÚBLICOS PARA ICA
La Corte Superior de Justicia de Ica (CSJI), solicitará al Ministerio de Justicia la asignación de un mayor número de defensores públicos para esta ciudad, debido a que se han creado nuevos órganos jurisdiccionales y se ha incrementado la carga procesal, según se acordó en la reunión de Magistrados del Nuevo Código Procesal Penal (NCPP), celebrada en la Corte iqueña.
La cita fue presidida y dirigida por el doctor Bonifacio Meneses Gonzales, titular de la CSJI y contó con la asistencia de Jueces de la especialidad del NCPP, profesionales de la Defensoría Pública Distrital de Ica, personal administrativo de la Corte y miembros de la Policía Nacional del Perú (PNP).
En la misma reunión se estableció que la realización de audiencias en el Establecimiento Penal de Ica, con la participación de Reos en Cárcel, debe realizarse únicamente en aquellos casos donde se requiera su intervención, debiendo en casos de debates técnicos, propiciar únicamente la garantía de su defensa, mediante la intervención de su abogado defensor.
También se acordó el empleo de videoconferencia como una medida alternativa para cautelar la participación del imputado en la audiencia, sea ésta de juzgamiento o de investigación preparatoria, debiendo elevarse esta propuesta al Equipo Técnico de Implementación (ETI) y la Oficina Desconcentrada del Control de la Magistratura (ODECMA-ICA) para una opinión correctiva si es que ella se requiriera.
Igualmente llegaron a la conclusión que la Oficina de Administración Distrital gestione e implemente en las sedes de Ica, Marcona y Huaytará los equipos y el servicio de internet en forma óptima para el trabajo en la celebración de audiencias de video conferencia.
Los jueces y los administrativos establecieron la reorganización de la Central de Notificaciones que está a cargo, precisamente de la Oficina Distrital de Administración, disponiendo del personal necesario dentro del más breve plazo posible.
Otro de los acuerdos fue que cuando un abogado defensor privado no concurra dos veces seguidas o tres alternas al juicio oral, debe ser excluido por el Juez Unipersonal o Colegiado; los que deben convocar en reemplazo a un abogado defensor público.
Sobre los procesos de habeas corpus, luego de escuchar las diversas opiniones se dejó a consideración de los jueces para su evaluación en una próxima reunión, previo informe del Área de Estadística.

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