Sunampe, 04 de setiembre del 2014
EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE-
CHINCHA.
VISTO:
La necesidad de delegación de facultades a Gerencia
Municipal para agilizar los procedimientos, la correcta y eficiente
administración municipal por ser de interés del vecindario, y;
CONSIDERANDO:
Que, los gobiernos locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de
conformidad a lo dispuesto por el artículo II del Título Preliminar de la Ley
Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, concordante con el artículo 194° de
la Constitución Política del Estado, modificado por Ley N° 27680, Ley de Reforma
Constitucional, capítulo XIV del Título IV, sobre descentralización;
Que, el numeral
20 del artículo 20 de la precitada Ley Orgánica de Municipalidades, establece
que son atribuciones del Alcalde, delegar atribuciones administrativas en el
Gerente Municipal; texto concordante con el articulo 27° y 39° de la citada
norma cuando señala que la administración municipal está bajo la dirección y
responsabilidad del Gerente Municipal, funcionario de confianza a tiempo
completo y dedicación exclusiva designado por el Alcalde, resuelven los
aspectos administrativos a su cargo a través de Resoluciones y Directivas,
respectivamente; así como las funciones específicas contendidas en los artículo
73° y siguientes de la precitada norma;
Estando a las facultades conferidas por el numeral 6
del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;
Que, en numeral 74.1) del artículo 74° de la Ley de
Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, señala que la titularidad y
el ejercicio de la competencia asignada a los órganos administrativos se desconcentra
en otros jerárquicamente dependientes de aquellos, siguiendo los criterios
establecidos en la presente Ley;
Que, con la finalidad de hacer más dinámica y
eficiente la administración municipal, es necesario el otorgamiento de
delegación de facultades con expresa e inequívoca mención de las facultades
resolutivas a la Gerencia Municipal, a
fin de que los procedimientos administrativos se adecuen a las necesidades actuales
requeridas para un desempeño eficiente y eficaz;
Por tanto, estando a lo establecido por la Ley de
Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444; en virtud de los
considerandos expuestos, y en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 20°, numerales 6) y 20), de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N°
27972
RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- APROBAR, la delegación de
facultades con expresa e inequívoca mención y bajo estricta responsabilidad,
las atribuciones administrativas y resolutivas a la Gerencia Municipal, a fin
de que los procedimientos administrativos se adecuen a las necesidades actuales
para un cabal desempeño eficiente y eficaz de la Municipalidad Distrital de
Sunampe, provincia de Chincha, departamento de Ica.
ARTICULO SEGUNDO.- ESTABLECER que las facultades
administrativas y resolutivas señaladas precedentemente, quedan establecidas de
la siguiente manera:
1. Serán resueltas mediante Resolución de Gerencia
Municipal:
Reconocimiento de Juntas Vecinales y sus directivas
Aprobación de integrantes de Comisiones de Procesos
Administrativos Disciplinarios, Apertura de procesos, Imposición de sanciones.
Dejar sin efecto actos administrativos y de
administración que se hayan emitido sin cumplir los procedimientos, en primera
instancia.
2. Serán resueltas mediante Resolución de Gerencia
Municipal en materia de Administración
Tributaria y Rentas.
Devolución de pagos indebidos o en exceso por
tributos.
Compensación y/o consolidación de deudas tributarias.
Anulación de autorización de apertura de
establecimientos comerciales.
Autorización de espectáculos públicos no deportivos.
3. Serán resueltas mediante Resolución de Gerencia en
materia de Infraestructura y Desarrollo Local.
3.1 Aprobación de expedientes de habilitación urbana
3.2 Aprobación para la sub división sin cambio de uso
de terrenos urbanos
3.3 Cancelación de Carpeta Predial por ser área de
aporte u otro de propiedad municipal (áreas verdes, de uso común, etc)
3.4 Designación de residentes de obras a propuesta de
la Gerencia de Infraestructura y Desarrollo
Local.
3.5 Habilitación urbana nueva - Regularización,
3.6 Denegatoria de certificados de habitabilidad
3.7 Regularización de licencias de obra de edificación
3.8 Otros asuntos que con arreglo a las disposiciones
legales y/o municipales vigentes, le corresponda.
4.- Son resueltas mediante Resolución de Gerencia
Municipal en materia de Acciones de
Personal
6.1 Aprobación y suscripción de contratos
6.2 Autorización de licencias al personal
6.3 Otorgamiento de permisos por lactancia
6.5 Aprobación de contratos, de acuerdo a lo dispuesto
por el Texto único Ordenado de la ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
6.6 Autorización para el pago por tiempo de servicios
a los servidores municipales.
6.8 Reconocimiento y pago de subsidios por
fallecimiento y gastos de sepelio
6.9 Otorgamiento de pensión de cesantía, jubilación,
sobrevivientes a ex servidores municipales y a quienes de ellos deriven sus
derechos y modificaciones.
6.10 Reconocimiento y pago de Compensación vacacional
(Vacaciones truncas)
6.11 Reconocimiento y pago de compensación por Tiempo
de Servicios.
6.14 Reconocimiento y pagos de Beneficios Sociales de
Obreros
6.15 Otros asuntos que con arreglo a las disposiciones
legales y/o municipales vigentes, le corresponda.
ARTICULO TERCERO.- ESTABLECER que las Resoluciones que
se emitan en aplicación del presente Decreto, deberán ser debidamente motivadas
y fundamentadas respecto a la decisión tomada sobre las cuestiones planteadas,
haciendo referencia a los hechos y fundamentos de derecho que las sustentan.
ARTICULO CUARTO.- Las Resoluciones que sean emitidas
por la respectiva Instancia administrativa, serán dictadas bajo estricta responsabilidad
de los funcionarios que los visen y suscriban, copia de ellos serán remitidas a
Despacho de Alcaldía, Oficina de Secretaría General, Asesoría Legal yÓrgano de
Control Interno, bajo responsabilidad.
ARTICULO QUINTO.- PRECISAR que en forma obligatoria la
Gerencia Municipal utilizará, en las Resoluciones y demás documentos que expida,
el membrete, el logotipo o sellos que emplean, el término " Municipalidad
Distrital de Sunampe".
ARTICULO SEXTO.- ESTABLECER que los Recursos
Impugnatorios contra las
Resoluciones emitidas en primera instancia serán
resueltas en última instancia administrativa mediante acto Resolutivo por el
Despacho de Alcaldía.
ARTICULO SETIMO.- Lo estipulado en el artículo segundo
del presente Decreto será motivo de evaluación permanente y de las adecuaciones
y correcciones respectivas.
ARTICULO OCTAVO.- ENCOMENDAR a Gerencia Municipal el
cumplimiento estricto del contenido de la misma y disponer la trascripción de
la misma a los órganos estructurados de la
Municipalidad con las formalidades establecidas por
Ley, para su conocimiento y fines pertinentes.
ARTÍCULO NOVENO.- El presente Decreto entrará en
vigencia a partir del día siguiente de su publicación en un diario de
circulación de la localidad, asimismo, la difusión en los carteles municipales
en lugares visibles, y en los portales electrónicos de la institución, para su
cumplimiento.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.
Carlos A. Grimaldi Moyano
Alcalde