El regulador
solicitó a Sedapal, que, en un plazo máximo de dos días hábiles, informe sobre
las afectaciones producidas a los servicios de agua potable y alcantarillado.
Ante la
ocurrencia de lluvias que pueden generar aniegos o desbordes de aguas
residuales, las empresas prestadoras de servicios de saneamiento (EPS) tienen
la obligación de actuar oportunamente para atender las emergencias y garantizar
la continuidad y calidad de los servicios. Así lo recordó la Superintendencia
Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass).
De acuerdo con la normativa vigente, las EPS son
responsables de la operación y mantenimiento de la infraestructura de agua
potable y saneamiento y deben adoptar las medidas necesarias frente a los
problemas operacionales que se pre-senten y comunicar oportunamente a sus
usuarios y a Sunass las situaciones que afecten la prestación.
Estas obligaciones adquieren especial importancia
durante eventos asociados a lluvias intensas, cuando la infraestructura puede
enfrentar condiciones que comprometan su funcionamiento y generar afectaciones
en viviendas, vías públicas o en los propios servicios de saneamiento.
¿Qué deben hacer las EPS ante una emergencia?
- Intervenir oportunamente la infraestructura
involucrada para controlar la incidencia y reducir sus impactos.
- Atender los problemas operacionales que afecten la
continuidad y calidad de los ser-vicios.
- Adoptar medidas de contingencia para reducir la
afectación y recuperar el servicio.
Además, cuando se produzcan aniegos que ocasionen
perjuicios a personas, viviendas o bienes de los usuarios, las EPS deben
activar el seguro de responsabilidad civil, de acuerdo con las condiciones y
procedimientos establecidos.







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