El Primer
Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de
Corrupción de Funcionarios de Ica, a cargo del Fiscal Provincial Titular
Fernando Paul Catacora Pamo, obtuvo una sentencia condenatoria mediante la
aplicación del proceso inmediato, logrando que en un plazo de 48 horas se
condene a M. Á. Loyola y L. A. Torres como autores del delito contra la
administración pública, en la modalidad de Tráfico de Influencias, en agravio al
Estado Peruano.
Como resultado de la terminación anticipada del
proceso, ambos sentenciados recibieron una condena de 4 años, 5 meses y 10 días
de pena privativa de la libertad suspendida en su ejecución; 10 años de
inhabilitación, 254 días multa, equiva-lente a S/ 2,8193.40 soles, así como el
pago de S/ 20, 000.00 soles, por concepto de reparación civil a favor del
Estado Peruano.
De acuerdo con la investigación fiscal, los
condenados habrían invocado influencias si-muladas, asegurando tener contactos
con efectivos policiales de la Dirección Contra la Corrupción Ica (DIRCOCOR),
ante Víctor Hugo Pachas Morán, alcalde de la Municipalidad Distrital de Grocio
Prado. Bajo ese supuesto ofrecieron ayudarlo en las investigaciones seguidas en
su contra, exigiendo para ello la suma de S/ 50, 000.00 soles.
Tras tomar
conocimiento de los hechos, el Ministerio Público ejecutó un operativo de
develamiento del delito, que incluyó el fotocopiado de billetes y la
aplicación de reactivo fluorescente, acciones que permitieron la intervención y
cap-tura de los implicados y con los elementos de convicción recabados durante
la investigación, el Juzgado de Investigación Preparatoria de Pueblo Nuevo
emitió la sentencia condenatoria.
Asimismo, la Fiscalía Especializada precisó que, de
conformidad a los hechos denunciados, correspondía la subsunción al delito de
Tráfico de Influencias, ilícito penal cuya investigación corresponde a las
Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, conforme a
la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1423-2015-MP-FN, del 22 de abril
de 2015, tipificación fue también fue acogida por el órgano jurisdiccional
competente, descartándose que los hechos constituyeran el delito de extorsión,
como fue difundido erróneamente por algunos medios de comunicación.
El Ministerio Público reafirma su compromiso
permanente con la lucha frontal contra la corrupción, impulsando
investigaciones objetivas y oportunas en defensa de la legalidad, la
transparencia y los intereses del Estado peruano.







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