martes, 23 de junio de 2026

Poder Judicial da ultimátum a gobernador de Ica por incumplimiento de transferencia del PETACC

 


• Sala Civil de Huancavelica también declara improcedente recurso de agravio constitucional presentado por Ica y confirmó sentencia que ordena traspaso.


 El Poder Judicial decidió pasar de las notificaciones a la acción contundente. A través del Juzgado Civil otorgó un plazo improrrogable de 15 días hábiles al gobernador regional de Ica, Jorge Carlos Hurtado Herrera, para que designe a sus representantes y dé curso definitivo a la transferencia del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha (PETACC) a la Mancomunidad Regional Huancavelica – Ica (MANRHI).

El tribunal emitió la Resolución N° 27, el 16 de junio de 2026, luego de constatar un patrón de incumplimiento que calificó como “reiterativo, deliberado y constitutivo de desacato”, por ello, el juzgado endureció su postura y dictó un fallo más contundente y severo.

Señala que no solo se exige la designación formal de representantes titulares y alternos, sino que estos deberán acreditar “capacidad de decisión técnica y funcional” como requisito para cerrar cualquier intento de dilación burocrática.

Además, deja sentado que la inasistencia injustificada a las reuniones de trabajo ya no será tolerada y activará, de manera automática, el apercibimiento del artículo 27 del Nuevo Código Procesal Constitucional, que abre la puerta a medidas coercitivas contra la autoridad regional, pudiendo inclusive exigir su prisión preventiva.

Historial de desacato

El historial de desacato viene desde abril. El 21 de abril de 2026, la Sala Civil de la Corte

 Superior de Huancavelica emitió la Sentencia de Vista (Resolución N° 23) declarando fundada la demanda del Gobierno Regional de Huancavelica impulsada por la Procuraduría Pública Regional y ordenó el traspaso del PETACC a la MANRHI y estableció para que dentro de 30 días de plazo se fije la primera reunión.

Sin embargo, lejos de acatar, el Gobierno Regional de Ica optó por la vía del recurso. El 4 de mayo, su procurador público presentó un Recurso de Agravio Constitucional para frenar el proceso, pero la propia Sala Civil lo declaró improcedente por no cumplir con los requisitos del artículo 24 del código, dejando la orden judicial firmemente en pie.

A pesar de ello, la autoridad regional de Ica ignoró los mandatos judiciales. El 21 de mayo, mediante la Resolución N° 25, la sentencia quedó consentida; y el 26 de mayo, la Resolución N° 26 amplió y fijó un plazo de 30 días hábiles para la primera reunión de trabajo. Sin embargo, como Ica no está acudiendo al llamado ni designó a sus representantes, el Poder Judicial endureció su postura con la nueva resolución y puso en la mira directa al gobernador Hurtado Herrera.

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