MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUMAY
ORDENANZA
MUNICIPAL Nº 003-2026-MDH
Humay, 27 de
febrero del 2026
EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE HUMAY
POR CUANTO: En sesión Ordinaria de fecha 27 de febrero del 2026
VISTO:
En Sesión Ordinaria de fecha 27 de febrero del 2026, el informe N°
344-2026-OPPyR/MDH de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización,
el informe N° 109-2026-MDH-OAL/JALP de la oficina de Asesoría Jurídica, el
informe N° 009-2026-MDH/OR de la Oficina de Rentas, sobre el proyecto de
Ordenanza Municipal que aprueba la modificación del Reglamento de Organización
y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Humay; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el
artículo N° 194 de la
Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la
Ley N°30305 - Ley de Reforma Constitucional, establece que las
municipalidades son órganos
de gobierno local,
con autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es
concordante con lo dispuesto en el artículo II
del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de
Municipalidades, y, que dicha autonomía
radica en la facultad de ejercer actos
de gobierno, administrativos y de
administración con sujeción al ordenamiento jurídico; sin embargo, no existe
libertad absoluta para el ejercicio de dicha autonomía, porque tal y conforme
se precisa en la Constitución Política del Perú y en la Ley N"27972-Ley
Orgánica de Municipalidades, la misma debe ser ejercida en asuntos de
competencia municipal y dentro de los límites
que señala la Ley;
Que, de conformidad con el artículo N° 195 de la Constitución
Política del Perú, los gobiernos locales son competentes para aprobar su
organización interna y su presupuesto;
Que, el artículo V de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de
Municipalidades, señala que la estructura, organización y funciones específicas
de los gobiernos locales, se cimientan en una visión de Estado democrático,
unitario, descentralizado y desconcentrado, con la finalidad de lograr el
desarrollo sostenible del país;
Que el articulo VIII del Título Preliminar de la Ley N°27972 - Ley Orgánica de
Municipalidades, establece que, los gobiernos locales están sujetos a las leyes
y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitución
Política del Perú regulan las actividades
y sistemas administrativos del
Estado, que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio;
siendo que, las competencias y funciones específicas municipales se cumplen en
armonía con las políticas y planes nacionales, regionales y locales de
desarrollo;
Que, conforme al artículo N° 40 de la Ley N27972 - Ley Orgánica de
Municipalidades, las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y
Distritales, en materia de su competencia, son normas de carácter general de
mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales
se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión
de los servicios públicos y las materias en que las municipalidades tienen
competencia normativa;
Que, el numeral 3) del artículo N° 9 de la Ley N° 27972 -- Ley
Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Concejo Municipal,
aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno
local;
Que, mediante Ley N° 27658 - Ley Marco de Modernización del
Estado, se declara que el Estado Peruano se encuentra en proceso de
modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades,
organizaciones y procedimientos con la finalidad de mejorar la gestión pública
y construir un Estado democrático y descentralizado al servicio del ciudadano;
Que, el Gobierno Nacional, mediante Decreto Supremo N°
054-2018-PCM, modificado por Decreto Supremo N° 064-2021-PCM -- Decreto Supremo
que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, regula los principios,
criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y
funcionamiento de las entidades del Estado;
Que, mediante Resolución de secretaria de Gestión Pública N°
005-2024-PCM-SGP de fecha 30 de noviembre de 2024, se aprueba la actualización
de la Norma Técnica N° 01-2020-PCM/SGP/SSAP que establece modelos de
organización para municipalidades. Asimismo, señala la
norma que el
expediente que sustenta
la aprobación o
modificación del ROF
de una municipalidad contiene la
siguiente documentación: el proyecto de Ordenanza;
el proyecto de texto de ROF, por modificación de estructura orgánica; el
Informe Técnico de sustento
elaborado por la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto
o la que
haga sus veces, el
cual contiene las
fichas técnicas; y el
informe legal elaborado por la Oficina de Asesoría Jurídica
o la que haga sus veces;
Que, mediante informe N° 344-2026-OPPyR/MDH, la Unidad de
Planeamiento, Presupuesto y Racionalización deriva a la Gerencia Municipal,
emite opinión favorable a la propuesta de aprobación de la modificación del
Reglamento de Organización y Funciones vigente de la Municipalidad Distrital de
Humay;
Que, mediante informe N° 109-2026-MDH-OAL/JALP, la
oficina de Asesoría Jurídica emite opinión en el sentido que resulta
viable desde el punto de vista legal la
propuesta de modificación del
Reglamento de Organización de Funciones de la Municipalidad Distrital de
Humay aprobada mediante Ordenanza N° 016-2021-CM-MDH, al encontrarse dentro de
los supuestos establecidos en el
numeral 46.1 literal
c) del artículo N° 46° del
Decreto Supremo N° 054-2018-PCM; así
como que, el expediente sustentatorios
cuenta con la documentación exigida;
Que, mediante informe N° 009-2026-MDH/OR de la Oficina de Rentas,
emite opinión favorable a la propuesta de aprobación de la modificación del
Reglamento de Organización y Funciones vigente de la Municipalidad Distrital de
Humay;
Que, de los
actuados se aprecia
la pertinencia y
necesidad de adecuar el Reglamento de Organizaci6n y Funciones
(ROF) de la Municipalidad Distrital Humay a la legislación
vigente, en aras de modernizar y optimizar la gestión
municipal, así como
mejorar el proceso de toma de decisiones
por los órganos de gobierno y los
órganos de alta direcci6n; así como la coordinación permanente con los
órganos de apoyo, asesoramiento y de línea, orientados al fortalecimiento de la
mejora continua de los servicios a las personas, orientando la gestión y la planificación
estratégica al desarrollo local, y que
mejore la calidad de vida del vecino de La Molina.
Que, con informe N° 109-2026-MDH-OAL/JALP de la oficina de
Asesoría Jurídica, y la opinión técnica de la Unidad de Planeamiento,
Presupuesto y Racionalización y, lo señalado en la normativa citada en el
análisis del presente informe, se emite opinión viable para que, se adecue el
Reglamento de Organización y Funciones, según la propuesta presentada; Recomendando
se eleve los actuados al Concejo Municipal, a fin que conforme a sus
facultades, consideren su aprobación.
En uso de las facultades otorgadas por los incisos 8) y 9) del
Artículo 9º así como del artículo 40º de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades,
con el voto por UNANIMIDAD de los miembros del Concejo Municipal y con dispensa
del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la presente
ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE
ORGANIZACION Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA HUMAY
ARTICULO PRIMERO. - APRUEBESE, la modificación del Reglamento de
Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de la Humay,
aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 016-2021-CM-MDH; en los términos
indicados en el Anexo 01, que como anexo forma parte integrante de la presente
Ordenanza.
ARTICULO SEGUNDO. - DISPONER, que la Gerencia Municipal, y demás, unidades de organización de la municipalidad, adecuen los instrumentos de gestión institucional de su competencia, conforme al ROF aprobado en el artículo 1º de la presente ordenanza.
Artículo TERCERO. - ENCARGAR a la Oficina de Secretaría la
publicación de la presente Ordenanza Municipal en el diario de mayor
circulación y los anexos señalados en el artículo primero, en el Portal
Institucional conforme a los lineamientos descritos en la Ley N° 29091.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
ECON.
CARLOS ALBERTO SULCA VELARDE
ALCALDE
El
documento completo con sus anexos lo puede ubicar en la plataforma única del estado
en el siguiente link
https://www.gob.pe/institucion/munihumay/normas-legales/7827962-003-2026-mdh






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