lunes, 23 de marzo de 2026

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUMAY - ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003-2026-MDH

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUMAY

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003-2026-MDH

          Humay, 27 de febrero del 2026

EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE HUMAY

POR CUANTO: En sesión Ordinaria de fecha 27 de febrero del 2026

VISTO:

En Sesión Ordinaria de fecha 27 de febrero del 2026, el informe N° 344-2026-OPPyR/MDH de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, el informe N° 109-2026-MDH-OAL/JALP de la oficina de Asesoría Jurídica, el informe N° 009-2026-MDH/OR de la Oficina de Rentas, sobre el proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Humay; y,

CONSIDERANDO:

Que,  de conformidad  con el  artículo N°  194  de la  Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley N°30305 - Ley de Reforma Constitucional, establece que  las  municipalidades  son  órganos  de  gobierno  local,  con  autonomía   política,  económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II  del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, y,  que dicha autonomía radica en la facultad  de ejercer actos de gobierno,  administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; sin embargo, no existe libertad absoluta para el ejercicio de dicha autonomía, porque tal y conforme se precisa en la Constitución Política del Perú y en la Ley N"27972-Ley Orgánica de Municipalidades,  la  misma debe ser ejercida en asuntos de competencia  municipal y dentro de los límites que señala la Ley;

Que, de conformidad con el artículo N° 195 de la Constitución Política del Perú, los gobiernos locales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto;

Que, el artículo V de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que la estructura, organización y funciones específicas de los gobiernos locales, se cimientan en una visión de Estado democrático, unitario, descentralizado y desconcentrado, con la finalidad de lograr el desarrollo sostenible del país;

Que el articulo VIII del Título Preliminar de la  Ley N°27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que, los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú regulan las actividades  y  sistemas administrativos del Estado, que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio; siendo que, las competencias y funciones específicas municipales se cumplen en armonía con las políticas y planes nacionales, regionales y locales de desarrollo;

Que, conforme al artículo N° 40 de la Ley N27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en materia de su competencia, son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en que las municipalidades tienen competencia normativa;

Que, el numeral 3) del artículo N° 9 de la Ley N° 27972 -- Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Concejo Municipal, aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local;

Que, mediante Ley N° 27658 - Ley Marco de Modernización del Estado, se declara que el Estado Peruano se encuentra en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático y descentralizado al servicio del ciudadano;

Que, el Gobierno Nacional, mediante Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, modificado por Decreto Supremo N° 064-2021-PCM -- Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, regula los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado;

Que, mediante Resolución de secretaria de Gestión Pública N° 005-2024-PCM-SGP de fecha 30 de noviembre de 2024, se aprueba la actualización de la Norma Técnica N° 01-2020-PCM/SGP/SSAP que establece modelos de organización para municipalidades. Asimismo, señala  la   norma  que  el   expediente  que  sustenta   la   aprobación   o  modificación   del  ROF  de  una municipalidad contiene la siguiente documentación: el  proyecto  de Ordenanza;  el  proyecto de texto de ROF,  por modificación de estructura orgánica;  el  Informe  Técnico  de sustento  elaborado  por la  Oficina de  Planeamiento  y  Presupuesto  o  la  que  haga  sus veces,  el  cual  contiene  las  fichas  técnicas;  y  el informe  legal  elaborado por la  Oficina de Asesoría  Jurídica  o  la  que haga sus veces;

Que, mediante informe N° 344-2026-OPPyR/MDH, la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización deriva a la Gerencia Municipal, emite opinión favorable a la propuesta de aprobación de la modificación del Reglamento de Organización y Funciones vigente de la Municipalidad Distrital de Humay;

Que,   mediante    informe N° 109-2026-MDH-OAL/JALP,   la   oficina de Asesoría Jurídica emite opinión en el sentido que resulta viable desde el punto de vista legal la  propuesta de modificación del  Reglamento de Organización de Funciones de la Municipalidad Distrital de Humay aprobada mediante Ordenanza N° 016-2021-CM-MDH, al encontrarse dentro de los  supuestos establecidos en el numeral  46.1  literal  c) del  artículo N° 46° del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM;  así como que,  el expediente sustentatorios cuenta con la documentación exigida;

Que, mediante informe N° 009-2026-MDH/OR de la Oficina de Rentas, emite opinión favorable a la propuesta de aprobación de la modificación del Reglamento de Organización y Funciones vigente de la Municipalidad Distrital de Humay;

Que,  de  los  actuados   se  aprecia   la   pertinencia   y  necesidad  de adecuar el  Reglamento de Organizaci6n  y Funciones  (ROF) de la  Municipalidad  Distrital Humay a la legislación vigente,  en aras de modernizar  y optimizar la  gestión  municipal,  así  como  mejorar el proceso de toma de decisiones  por los  órganos de gobierno  y los  órganos  de alta direcci6n;  así como la coordinación permanente con los órganos de apoyo, asesoramiento y de línea, orientados al fortalecimiento de la mejora continua de los servicios a las personas,  orientando la gestión y la planificación estratégica al desarrollo local,  y que mejore la  calidad de vida del  vecino de La Molina.

Que, con informe N° 109-2026-MDH-OAL/JALP de la oficina de Asesoría Jurídica, y la opinión técnica de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización y, lo señalado en la normativa citada en el análisis del presente informe, se emite opinión viable para que, se adecue el Reglamento de Organización y Funciones, según la propuesta presentada; Recomendando se eleve los actuados al Concejo Municipal, a fin que conforme a sus facultades, consideren su aprobación.

En uso de las facultades otorgadas por los incisos 8) y 9) del Artículo 9º así como del artículo 40º de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto por UNANIMIDAD de los miembros del Concejo Municipal y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la presente

ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA HUMAY

ARTICULO PRIMERO. - APRUEBESE, la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de la Humay, aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 016-2021-CM-MDH; en los términos indicados en el Anexo 01, que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.

ARTICULO SEGUNDO.  - DISPONER, que la Gerencia Municipal, y demás, unidades de organización de la municipalidad, adecuen los instrumentos de gestión institucional de su competencia, conforme al ROF aprobado en el artículo 1º de la presente ordenanza.

Artículo TERCERO. - ENCARGAR a la Oficina de Secretaría la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el diario de mayor circulación y los anexos señalados en el artículo primero, en el Portal Institucional conforme a los lineamientos descritos en la Ley N° 29091.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

ECON. CARLOS ALBERTO SULCA VELARDE

ALCALDE

 

El documento completo con sus anexos lo puede ubicar en la plataforma única del estado en el siguiente link

https://www.gob.pe/institucion/munihumay/normas-legales/7827962-003-2026-mdh

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