Municipalidad Distrital de Tambo de Mora
ORDENANZA MUNICIPAL Nº010-2025-MDTM
Tambo de Mora, 24 de diciembre del 2025
VISTO: Sesión de Concejo Ordinaria, de fecha 23 de diciembre del 2025, Informe N° 0739-2025-MDTM/SGPPP; Informe Legal N°184-2025-SGAJ/MDTM, proyecto del Reglamento de Organización y Funciones 2025 y la estructura orgánica de la Municipalidad Distrital de Tambo de Mora”, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú señala en su
artículo 194º, modificado por el Artículo Único de la Ley Nº 28607, concordante
con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades
– Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 40º del citado dispositivo legal,
estipula que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales,
en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor
jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se
aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de
los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene
competencia normativa;
Que, el artículo 41º de la precitada Ley, determina que
los acuerdos decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos
de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del
órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una
conducta o norma institucional;
Que, el Reglamento de Organización y Funciones – ROF,
es un documento técnico normativo y de gestión institucional que formaliza la
estructura orgánica de la entidad, orientada al esfuerzo institucional y al
logro de su misión, visión y objetivos; contiene las funciones generales de la
entidad y las funciones específicas de las unidades de organización,
estableciendo sus relaciones y responsabilidades;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, de fecha
17 de mayo del 2018, que deroga el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM; se
aprobaron los Lineamientos de Organización del Estado extendiéndose su ámbito
de aplicación a los gobiernos locales conforme a lo señalado en su artículo 3º
literal f), norma que tiene por finalidad que las Entidades del Estado,
conforme a su tipo, competencia y funciones, se organicen de la mejor manera a
fin de responder a las necesidades públicas en beneficio de la ciudadanía;
Que, la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº
002-2020-PCM-SGP, de fecha 17 de abril del 2020 que aprueba los Lineamientos Nº
01-2020-SGP denominados “Funciones estandarizadas en el marco de los sistemas
administrativos”, cuya finalidad es orientar a las entidades públicas en la
asignación de sus funciones vinculadas a los sistemas administrativos bajo
rectoría del Poder Ejecutivo, a cargo de los órganos de administración interna
y de Defensa Judicial del Estado.
Que, Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº
005-2020-PCM-SGP, que aprueba los Lineamientos Nº 02-2020-SGP que establece
orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones – ROF y Manual de
Operaciones – MOP, y tienen como finalidad orientar a las entidades públicas en
su diseño organizacional y sobre los diversos aspectos relacionados con el
Reglamento de Organización y Funciones – ROF y el Manual de Operaciones - MOP,
en concordancia con lo dispuesto en la normativa de la materia;
Que, mediante la Resolución de Secretaría de Gestión
Pública Nº 007-2020-PCM-SGP se aprueba la Norma Técnica Nº 01-2020-PCM/SGP/SSAP
que establece modelos de organización para Municipalidades, con la finalidad de
facilitar que estas se organicen de la mejor manera y responsan a las
necesidades de la población de su jurisdicción;
Que, mediante la Resolución de Secretaría de Gestión
Pública N° 005-2024-PCM/SGP, aprueba la actualización de la “Norma Técnica N°
01-2020-PCM/SGP/SSAP que establece los modelos de organización para
municipalidades”;
Que, mediante Ordenanza Municipal N° 012-2019-MDTM, de
fecha 24 de octubre del 2019, en su artículo 2 se aprueba el Reglamento de
Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad Distrital de Tambo de Mora.
Que, mediante Informe N° 0739-2025-MDTM/SGPPP, la
Subgerencia de Planificación, Programación y Presupuesto remite opinión
favorable del proyecto de la modificación del Reglamento de Organización y
Funciones de la Municipalidad Distrital de Tambo de Mora, adjuntando el Informe
Técnico Sustentatorio en virtud a los lineamientos N° 01-2020-SGP y
modificaciones.
Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe
Legal N°184-2025-SGAJ/MDTM del 17 de diciembre del 2025, expresa que por los
fundamentos expuestos y la norma legal esgrimida, esta Gerencia de Asesoría
Jurídica es de opinión VIABLE aprobar la Actualización del Reglamento de
Organización y Funciones su Estructura Orgánica de la Municipalidad de Tambo de
Mora, mediante Ordenanza Municipal, debiendo remitirse los actuados al Concejo
Municipal según la atribución establecida en el inciso 3) del artículo 9 de la
Ley Nº 27972.
En uso de las facultades otorgadas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el pleno del Concejo Municipal, en Sesión de Concejo del Visto, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, por UNANIMIDAD, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TAMBO DE MORA
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF, DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TAMBO DE MORA, y el Organigrama; que como anexo forman parte integrante de la presente Ordenanza Municipal.
ARTICULO SEGUNDO: DISPONER la adecuación progresiva de
los documentos de gestión municipal conforme a las disposiciones previstas en
la presente Ordenanza Municipal.
ARTICULO CUARTO: ENCARGAR a la Subgerencia de
Planificación, Programación efectuar la visación del referido proyecto de
Actualización del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, en su calidad
de órgano responsable de la Actualización del ROF de la Municipalidad Distrital
de Tambo de Mora.
ARTICULO QUINTO: DEROGAR las normas o disposiciones
municipales que se opongan o contradigan a lo dispuesto en la presente
Ordenanza Municipal en materia de Organización, Funciones y Competencias.
ARTICULO SEXTO: DISPONER, a la oficina de secretaria
general, la publicación de la presente Ordenanza Municipal, en un diario de
alcance Regional y a la Oficina de Informática su publicación en la página web
de la entidad.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
ANA
MELVA RAMIREZ VELASQUEZ






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