MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO
ORDENANZA N° 014-2025-MPP
Pisco, 25 de junio de 2025
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO:
POR CUANTO:
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo, celebrada el día 25 de junio de 2025, los
dictámenes presentados por las comisiones permanentes de Asuntos Jurídicos y de
Agricultura y Pesca, en cumplimiento del Acuerdo N° 010-2025-MPP, que aprueba
que el Proyecto de Ordenanza que declara el día 29 de marzo de cada año, como
el “DÍA DEL ALGODÓN PISQUEÑO – ALGODÓN TANGÜIS”, presentado por la regidora
Rosa Maribel Solizor Carranza, mediante el Expediente Administrativo N°
917-2025, de fecha 13 de enero de 2025, se derive a las comisiones de Turismo,
Asuntos Jurídicos y Agricultura y Pesca, para emisión del dictamen
correspondiente, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 194° de la
Constitución Política del Perú y sus modificatorias, establece que las
municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es
concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley
N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y que dicha autonomía radica en la
facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración con
sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, sobre la base del numeral 8 del artículo 9° de la Ley N° 27972 – Ley
Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal puede aprobar, modificar o
derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos del concejo, en tal
sentido el artículo 40° de la precitada norma señala que las Ordenanzas de las
municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia,
son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura
normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización
interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos
y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa;
Que, el artículo 10° numeral 1) de la norma precitada instituye que
corresponde a los regidores: “Proponer proyectos de ordenanzas y acuerdos;
Que, en su 99° sesión plenaria, de fecha 30 de agosto de 2021, el
Organismo Internacional de las Naciones Unidas, considerando la importancia
histórica del algodón como producto básico mundial y el papel fundamental que
desempeña en varios Estados Miembros al proporcionar medios de vida y ser
cultivo de subsistencia para millones de personas, así como las repercusiones
económicas y sociales más amplias que tiene en todo el mundo, y reconociendo el
patrimonio local y cultural inherente a la producción de algodón y la
vinculación entre los métodos de producción locales y la calidad de las
variedades de algodón, convencida de la importancia de que exista una
celebración mundial dedicada a la producción de algodón y la promoción de
cadenas de valor del algodón fiables, que serviría para llamar la atención
sobre los cientos de millones de personas de todo el mundo que se ganan la vida
con su trabajo en la producción de algodón y las industrias conexas, decide
proclamar el 7 de octubre de cada año “Día Mundial del Algodón” según consta en
su Resolución A/RES/75/318l;
Que, mediante Expediente Administrativo N°917-2025-MPP, presentado por la
regidora Rosa Maribel Solizor Carranza, en uso de la facultad que le confiere
el artículo 10° numeral 1., de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N°
27972, presenta el proyecto de ordenanza denominado: “ORDENANZA QUE DECLARA EL
29 DE MARZO DE CADA AÑO COMO “EL DÍA DEL ALGODÓN PISQUEÑO – ALGODÓN TANGÜIS”,
EN LA PROVINCIA DE PISCO, DEPARTAMENTO DE ICA”; teniendo como finalidad el de
celebrar anualmente un día, a nivel provincial, el resultado obtenido por Don
Fermín Tangüis Uncal, al lograr, tras algunos años de estudio y
experimentación, una nueva especie de algodón que generó un impacto en la
agricultura local y nacional, convirtiéndose en poco tiempo en uno de los
principales productos de exportación del Perú y, para sensibilizar a nuestras
autoridades locales, regionales y nacionales sobre la importancia del cultivo
del algodón de la variedad “Tangüis”, en el valle de Pisco, que merece su
atención y apoyo; además, el de reconocer y valorar el esfuerzo de los
agricultores pisqueños que se dedican a esta loable labor de cultivar nuestro
algodón pisqueño, nuestro algodón “Tangüis”, considerado por muchos expertos
como una de las fibras más finas del mundo;
Que, la Gerencia de Desarrollo Social y Económico, en su Informe N°
251-2025-MPP-GDSE, de fecha 3 de febrero de 2025, concluye que la Subgerencia
de Desarrollo Humano, Participación Vecinal, Salud, Educación y Deporte, deberá
incluir dentro de su Plan Operativo Institucional, las actividades para
difundir el legado de Don Fermín Tangüis Uncal, debiéndose registrar en el
Calendario Cívico de la Provincia de Pisco;
Que, mediante Informe Legal N° 245-2025-MPP/OGAJ, de fecha 7 de febrero
de 2025, la Dirección de la Oficina General de Asesoría Jurídica concluye que,
resulta procedente la propuesta de “ORDENANZA QUE DECLARA EL 29 DE MARZO DE
CADA AÑO COMO EL DÍA DEL ALGODÓN PISQUEÑO – ALGODÓN TANGÜIS, EN LA PROVINCIA DE
PISCO, DEPARTAMENTO DE ICA”;
Que, el Concejo Municipal, a través del Acuerdo N° 010-2025-MPP, aprueba
que el proyecto de Ordenanza que declara el 29 de marzo de cada año “El Día del
Algodón Pisqueño – Algodón Tangüis”, en la Provincia de Pisco, Departamento de
Ica, se derive a las comisiones de Turismo, Asuntos Jurídicos y Agricultura y
Pesca, para emisión del dictamen correspondiente;
Que, luego del debate correspondiente sobre los dictámenes presentados por las comisiones permanentes de Asuntos Jurídicos, de Turismo y de Agricultura y Pesca y, estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el numeral 8) del artículo 9° y el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972 y con el voto por MAYORÍA de los señores regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; se aprobó lo siguiente:
ORDENANZA QUE DECLARA EL 29 DE MARZO DE CADA AÑO COMO EL “DÍA DEL ALGODÓN
PISQUEÑO – ALGODÓN TANGÜIS”, EN LA PROVINCIA DE PISCO, DEPARTAMENTO DE ICA
ARTÍCULO 1°. - Declarar el día 29 de marzo de cada año como “DÍA DEL
ALGODÓN PISQUEÑO – ALGODÓN TANGÜIS”, por los fundamentos expuestos en la parte
considerativa de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 2°. - ENCÁRGUESE a la
Oficina General de Secretaría la publicación de la presente Ordenanza, conforme
a Ley, así como en el Portal Web Institucional de la Municipalidad Provincial
de Pisco.
POR TANTO:
REGISTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE
PEDRO EDGAR FUENTES
HERNÁNDEZ
ALCALDE
0 comentarios:
Publicar un comentario