lunes, 7 de julio de 2025

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO - ORDENANZA N° 014-2025-MPP

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO

ORDENANZA N° 014-2025-MPP

Pisco, 25 de junio de 2025

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO:

POR CUANTO:

VISTO:

En Sesión Ordinaria de Concejo, celebrada el día 25 de junio de 2025, los dictámenes presentados por las comisiones permanentes de Asuntos Jurídicos y de Agricultura y Pesca, en cumplimiento del Acuerdo N° 010-2025-MPP, que aprueba que el Proyecto de Ordenanza que declara el día 29 de marzo de cada año, como el “DÍA DEL ALGODÓN PISQUEÑO – ALGODÓN TANGÜIS”, presentado por la regidora Rosa Maribel Solizor Carranza, mediante el Expediente Administrativo N° 917-2025, de fecha 13 de enero de 2025, se derive a las comisiones de Turismo, Asuntos Jurídicos y Agricultura y Pesca, para emisión del dictamen correspondiente, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 194° de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, sobre la base del numeral 8 del artículo 9° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal puede aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos del concejo, en tal sentido el artículo 40° de la precitada norma señala que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa;

Que, el artículo 10° numeral 1) de la norma precitada instituye que corresponde a los regidores: “Proponer proyectos de ordenanzas y acuerdos;

Que, en su 99° sesión plenaria, de fecha 30 de agosto de 2021, el Organismo Internacional de las Naciones Unidas, considerando la importancia histórica del algodón como producto básico mundial y el papel fundamental que desempeña en varios Estados Miembros al proporcionar medios de vida y ser cultivo de subsistencia para millones de personas, así como las repercusiones económicas y sociales más amplias que tiene en todo el mundo, y reconociendo el patrimonio local y cultural inherente a la producción de algodón y la vinculación entre los métodos de producción locales y la calidad de las variedades de algodón, convencida de la importancia de que exista una celebración mundial dedicada a la producción de algodón y la promoción de cadenas de valor del algodón fiables, que serviría para llamar la atención sobre los cientos de millones de personas de todo el mundo que se ganan la vida con su trabajo en la producción de algodón y las industrias conexas, decide proclamar el 7 de octubre de cada año “Día Mundial del Algodón” según consta en su Resolución A/RES/75/318l; 

Que, mediante Expediente Administrativo N°917-2025-MPP, presentado por la regidora Rosa Maribel Solizor Carranza, en uso de la facultad que le confiere el artículo 10° numeral 1., de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, presenta el proyecto de ordenanza denominado: “ORDENANZA QUE DECLARA EL 29 DE MARZO DE CADA AÑO COMO “EL DÍA DEL ALGODÓN PISQUEÑO – ALGODÓN TANGÜIS”, EN LA PROVINCIA DE PISCO, DEPARTAMENTO DE ICA”; teniendo como finalidad el de celebrar anualmente un día, a nivel provincial, el resultado obtenido por Don Fermín Tangüis Uncal, al lograr, tras algunos años de estudio y experimentación, una nueva especie de algodón que generó un impacto en la agricultura local y nacional, convirtiéndose en poco tiempo en uno de los principales productos de exportación del Perú y, para sensibilizar a nuestras autoridades locales, regionales y nacionales sobre la importancia del cultivo del algodón de la variedad “Tangüis”, en el valle de Pisco, que merece su atención y apoyo; además, el de reconocer y valorar el esfuerzo de los agricultores pisqueños que se dedican a esta loable labor de cultivar nuestro algodón pisqueño, nuestro algodón “Tangüis”, considerado por muchos expertos como una de las fibras más finas del mundo;

Que, la Gerencia de Desarrollo Social y Económico, en su Informe N° 251-2025-MPP-GDSE, de fecha 3 de febrero de 2025, concluye que la Subgerencia de Desarrollo Humano, Participación Vecinal, Salud, Educación y Deporte, deberá incluir dentro de su Plan Operativo Institucional, las actividades para difundir el legado de Don Fermín Tangüis Uncal, debiéndose registrar en el Calendario Cívico de la Provincia de Pisco;

Que, mediante Informe Legal N° 245-2025-MPP/OGAJ, de fecha 7 de febrero de 2025, la Dirección de la Oficina General de Asesoría Jurídica concluye que, resulta procedente la propuesta de “ORDENANZA QUE DECLARA EL 29 DE MARZO DE CADA AÑO COMO EL DÍA DEL ALGODÓN PISQUEÑO – ALGODÓN TANGÜIS, EN LA PROVINCIA DE PISCO, DEPARTAMENTO DE ICA”;

Que, el Concejo Municipal, a través del Acuerdo N° 010-2025-MPP, aprueba que el proyecto de Ordenanza que declara el 29 de marzo de cada año “El Día del Algodón Pisqueño – Algodón Tangüis”, en la Provincia de Pisco, Departamento de Ica, se derive a las comisiones de Turismo, Asuntos Jurídicos y Agricultura y Pesca, para emisión del dictamen correspondiente;

Que, luego del debate correspondiente sobre los dictámenes presentados por las comisiones permanentes de Asuntos Jurídicos, de Turismo y de Agricultura y Pesca y, estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el numeral 8) del artículo 9° y el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972 y con el voto por MAYORÍA de los señores regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; se aprobó lo siguiente:

ORDENANZA QUE DECLARA EL 29 DE MARZO DE CADA AÑO COMO EL “DÍA DEL ALGODÓN PISQUEÑO – ALGODÓN TANGÜIS”, EN LA PROVINCIA DE PISCO, DEPARTAMENTO DE ICA

ARTÍCULO 1°. - Declarar el día 29 de marzo de cada año como “DÍA DEL ALGODÓN PISQUEÑO – ALGODÓN TANGÜIS”, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 2°. -  ENCÁRGUESE a la Oficina General de Secretaría la publicación de la presente Ordenanza, conforme a Ley, así como en el Portal Web Institucional de la Municipalidad Provincial de Pisco.

POR TANTO:

REGISTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE

PEDRO EDGAR FUENTES HERNÁNDEZ

ALCALDE

0 comentarios:

Publicar un comentario

Con la tecnología de Blogger.