En dicho periodo no se aplicarán sanciones
SUNAT brindará orientación sobre nuevas
obligaciones y se podrá mejorar procedimientos para facilitar trámite de
detracciones.
Los
contribuyentes que no cuenten con el depósito de la detracción cuando realicen
el traslado de minerales metálicos auríferos y no auríferos no serán objeto de
sanciones por un periodo de 60 días calendarios, de acuerdo con una resolución
emitida por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración
Tributaria (SUNAT).
La Resolución de
Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.º
013-2017-SUNAT/700000, emitida recientemente, señala que esta medida estará
vigente hasta el 30 de mayo del presente.
De esta manera, se brinda un plazo para que
los contribuyentes puedan solicitar orientación sobre las normas vigentes y se
adecuen a las nuevas disposiciones establecidas para cumplir con sus
obligaciones tributarias. Asimismo, la SUNAT podrá mejorar los procedimientos
de la referida norma para facilitar y simplificar el pago de las detracciones.
Las
modificaciones a la aplicación del sistema de detracciones para las operaciones
relacionadas con la minería metálica, tanto aurífera como no aurífera, buscan
fortalecer las labores de control y fiscalización tributaria, promover la
formalidad en el sector y mejorar la recaudación del IGV.
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