martes, 5 de noviembre de 2024

Municipalidad Provincial de Chincha - ORDENANZA N° 015-2024-MPCH

Municipalidad Provincial de Chincha

ORDENANZA N° 015-2024-MPCH

Chincha Alta, 23 de Setiembre del 2024

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA

POR CUANTO:

EL CONCEJO PROVINCIAL DE CHINCHA

VISTO:  En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 11 de setiembre de 2024; el Oficio N°288-2024/MDPN, registro N°12233-2024, de fecha 03.07.2024, presentado por el Alcalde Ing. Abel William Sánchez Cahuana, de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, solicita Aprobación e Incorporación del Plano de Sección de Vía al Plan de Desarrollo Urbano Provincial; el Informe Técnico Nº1310-2024-MDRPN/SGPUCS/GAT/MPCH de fecha 28 de agosto de 2024 de la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano, Catastro y Supervisión; Informe N°3835-2024-GAT/MPCH de fecha 05 de setiembre de 2024 de la Gerencia de Acondicionamiento Territorial, Informe legal N°4387-2024-GAJ/MPCH de fecha 9 de setiembre de 2024 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Informe N°0160-2024-GM/MPCH de fecha 10 de setiembre de 2024 de la Gerencia Municipal  de la Municipalidad Provincial de Chincha, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por el artículo único de la  Ley Nº30305, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº27972, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al orden jurídico;

Que, el artículo 9º inciso 8) de la misma norma, señala que corresponde al Concejo Municipal “Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos” y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº27972, establece que “Las Ordenanzas de las Municipalidades, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa;

Que, mediante Acuerdo de Concejo N°037-2024-MDPN de fecha 27 de Junio del 2024, el Concejo Municipal del Distrito de Pueblo Nuevo – Chincha, ACUERDAN Aprobar el Reconocimiento de la denominación de la Vía denominada Av. PUMANI, y su Sección de vía, del distrito de Pueblo Nuevo – Chincha – Ica, tal como lo establece el plano que como anexo forma parte del expediente, y por los considerandos antes expuestos.

Que, visto los Informes precedentes e Informe Nº0515-2024-UOPC/NRMA/MDPN, de fecha 28 de Mayo, el Jefe de la Unidad de Obras Privadas y Catastro, quien emite Propuesta para el reconocimiento de Sección de Vía de la AV. PUMANI, el mismo que se encuentra ubicado en el Asentamiento Humano El Álamo UPIS Campo Verde y terreno de empresa Agropecuaria Pumani, del distrito de Pueblo Nuevo, provincia de chincha, departamento, opinando que es PROCEDENTE el trámite solicitado de reconocimiento de Sesión de la “Av. Pumaní”, distrito de Pueblo Nuevo, provincia de Chincha, departamento de Ica, la misma que a través del Acta de Apertura de Vías, con fecha 05 de diciembre del 2023, se acepta la apertura de dicha vía, teniendo en consideración que la presente vía forma parte de la proyección del plan de desarrollo urbano. Se sugiere que el presente trámite y para so consolidación administrativa, sea derivado y tratado en el pleno del consejo municipal, para su reconocimiento y aceptación de la misma.

Que, por Informe N°1310-2024-MDRPN/SGPUCS/GAT/MPCH, de fecha 28 de agosto del 2024, la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano, Catastro y Supervisión, señala que evaluado la documentación presentada y en concordancia al Plan de Desarrollo Urbano aprobado mediante Ordenanza N°30-2007-MPCH, de fecha 07.12.2007, la mencionada vía Av. Pumani

conecta el Canal de Irrigación Av. Pampa de Ñoco, con una Sección de Vía de 52.00 ml., hasta entiéndase así antes de los 200 mt. De la línea del ducto del Gas, dicha Avenida propuesta se encuentra ubicado una fracción dentro de la Zona Residencial Densidad Baja (RDB) y otra fracción fuera del perímetro del Plan de Desarrollo Urbano de la ciudad, por lo que se establece para esta fracción y/o sector de zonificación asignada de mayor rango, en este caso la Zonificación Residencial Densidad Baja (RDB), en concordancia al Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible – RATDUS, que indica: “La zonificación es el instrumento técnico normativo de gestión urbana que contiene el conjunto de normas técnicas urbanísticas para la regulación del uso y la ocupación del suelo en el ámbito de actuación y/o intervención de los Planes de Desarrollo Urbano, en función a los objetivos de desarrollo sostenible, a la capacidad de soporte del suelo y a las normas pertinentes, para localizar actividades con fines sociales y económicos como vivienda, recreación, protección y equipamiento, así como la producción industrial, comercio, transportes y comunicaciones”; Que, realizado la Inspección Ocular se ha constatado predios rurales en un 90%, sin edificación con fines de Habilitaciones Urbanas y con respecto a las vías en proyección en una zona en Expansión Urbana se ha de acondicionar las vías de conformidad a la Norma Técnica GH. 020 componentes de Diseño Urbano del Reglamento Nacional de Edificaciones; Que, las secciones de vías propuestas de conformidad al informe N°0515-2024--UOPC-NRMA-MDPN, con aprobación mediante Acuerdo de Concejo N°037-2024-MDPN, de fecha 27.06.2024, esta Sub Gerencia CONCLUYE: Que es factible incorporarlo al Plano de propuesta de Sistema Vial – Plano N°7, Plan de Desarrollo Urbano  de ciudad de Chincha Alta. las secciones de vías propuestas en concordancia a la Norma Técnica GH. 020 componentes de Diseño Urbano del Reglamento Nacional de Edificaciones, derivándose para que se eleve al Concejo Municipal, para la presente aprobación de la sección de vía denominada AV. PUMANI, con una Sección A – A de 15.00 ml. y una

 

Sección B – B de 18.00 ml., en referencia al Acuerdo de Concejo N°037-2024-MDPN, de fecha 27.06.2024, informe técnico que es ratificado mediante Informe Nº3835-2024-GAT/MPCH de fecha 05 de setiembre del 2021 de la Gerencia de Acondicionamiento Territorial de la Municipalidad Provincial de Chincha, recomendando se derive a la Gerencia de Asesoría Jurídica, y pase a Sesión de Concejo Municipal, para su Aprobación correspondiente;

Que, por Informe Legal Nº4387-2024-GAJ/MPCH, de fecha 09 de setiembre del 2024, la Gerencia de Asesoría Jurídica, indica que, estando a los informes precedentes, de conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades N°27972, esta Gerencia de Asesoría Jurídica OPINA: Se derive el presente al Pleno del Concejo Municipal para que considere aprobar mediante Acuerdo de Concejo, la Propuesta del Sistema Vial y Sección de Vía al Plano N°07, del Plan de Desarrollo Urbano de la Ciudad, de Chincha Alta, las acciones de vías propuestas en concordancia a la Norma Técnica GH. 020 componentes de Diseño Urbano del Reglamento Nacional de Edificaciones, derivándose para que se eleve al Concejo Municipal, para la presente aprobación de la Sección de Vía, denominada, Av. PUMANI, con una Sección A – A, de 15.00 ml, y una Sección B – B de 18.00 ml, en referencia el Acuerdo de Concejo N°037-2024-MDNP, de fecha 27.06.2024.

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Artículo 9º y Artículo 40º de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLANO DEL SISTEMA VIAL DEL DISTRITO DE PUEBLO NUEVO - CHINCHA.

Artículo Primero. - APROBAR la propuesta del Sistema Vial Sección de Vía al Plano N°07 del Plan de Desarrollo Urbano de la provincia de Chincha, denominada, Av. PUMANI, con una Sección A – A, de 15.00 ml, y una Sección B – B de 18.00 ml; conforme a la documentación técnica (Planos) los mismos que en anexos forman parte integrante de la presente Ordenanza, en referencia al Acuerdo de Concejo N° 037-2024-MDPN de fecha 27.06.2024, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente Ordenanza;

Artículo Segundo. - ENCARGAR a la Gerencia de Acondicionamiento Territorial, Sub Gerencia de Planeamiento Urbano, Catastro y Supervisión, efectuar el control urbano necesario para cautelar el Derecho de Vía aprobado, ante cualquier solicitud que se efectúe sobre las áreas afectadas, haciéndose de conocimiento a la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, provincia de Chincha, región Ica; para los fines pertinentes.

Artículo Tercero. -  La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, en el diario de circulación local de la Provincia de Chincha.

Artículo Cuarto. - ENCARGAR a la Gerencia de Sistemas y Procesos su publicación en el Portal Institucional (https://www.gob.pe/munichincha).

POR TANTO:

Mando, se Registre, Comunique, Publique y Cumpla.

Ing. César Antonio Carranza Falla

ALCALDE

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