Municipalidad Provincial de Chincha
ORDENANZA N° 015-2024-MPCH
Chincha Alta, 23 de Setiembre del 2024
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
POR CUANTO:
EL CONCEJO PROVINCIAL DE CHINCHA
VISTO: En Sesión Ordinaria de
Concejo de fecha 11 de setiembre de 2024; el Oficio N°288-2024/MDPN, registro
N°12233-2024, de fecha 03.07.2024, presentado por el Alcalde Ing. Abel William
Sánchez Cahuana, de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, solicita
Aprobación e Incorporación del Plano de Sección de Vía al Plan de Desarrollo
Urbano Provincial; el Informe Técnico Nº1310-2024-MDRPN/SGPUCS/GAT/MPCH de
fecha 28 de agosto de 2024 de la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano, Catastro
y Supervisión; Informe N°3835-2024-GAT/MPCH de fecha 05 de setiembre de 2024 de
la Gerencia de Acondicionamiento Territorial, Informe legal
N°4387-2024-GAJ/MPCH de fecha 9 de setiembre de 2024 de la Gerencia de Asesoría
Jurídica, Informe N°0160-2024-GM/MPCH de fecha 10 de setiembre de 2024 de la
Gerencia Municipal de la Municipalidad
Provincial de Chincha, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada
por el artículo único de la Ley Nº30305,
establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de
gobierno local con autonomía política, económica, y administrativa en los
asuntos de su competencia; autonomía que en concordancia con el Artículo II del
Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº27972, radica en
la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración,
con sujeción al orden jurídico;
Que, el artículo 9º inciso 8) de la misma norma, señala que corresponde
al Concejo Municipal “Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin
efecto los Acuerdos” y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades -
Ley Nº27972, establece que “Las Ordenanzas de las Municipalidades, en la
materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor
jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se
aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de
los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen
competencia normativa;
Que, mediante Acuerdo de Concejo N°037-2024-MDPN de fecha 27 de Junio del
2024, el Concejo Municipal del Distrito de Pueblo Nuevo – Chincha, ACUERDAN
Aprobar el Reconocimiento de la denominación de la Vía denominada Av. PUMANI, y
su Sección de vía, del distrito de Pueblo Nuevo – Chincha – Ica, tal como lo
establece el plano que como anexo forma parte del expediente, y por los
considerandos antes expuestos.
Que, visto los Informes precedentes e Informe Nº0515-2024-UOPC/NRMA/MDPN,
de fecha 28 de Mayo, el Jefe de la Unidad de Obras Privadas y Catastro, quien
emite Propuesta para el reconocimiento de Sección de Vía de la AV. PUMANI, el
mismo que se encuentra ubicado en el Asentamiento Humano El Álamo UPIS Campo
Verde y terreno de empresa Agropecuaria Pumani, del distrito de Pueblo Nuevo,
provincia de chincha, departamento, opinando que es PROCEDENTE el trámite
solicitado de reconocimiento de Sesión de la “Av. Pumaní”, distrito de Pueblo
Nuevo, provincia de Chincha, departamento de Ica, la misma que a través del
Acta de Apertura de Vías, con fecha 05 de diciembre del 2023, se acepta la
apertura de dicha vía, teniendo en consideración que la presente vía forma
parte de la proyección del plan de desarrollo urbano. Se sugiere que el
presente trámite y para so consolidación administrativa, sea derivado y tratado
en el pleno del consejo municipal, para su reconocimiento y aceptación de la
misma.
Que, por Informe N°1310-2024-MDRPN/SGPUCS/GAT/MPCH, de fecha 28 de agosto
del 2024, la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano, Catastro y Supervisión,
señala que evaluado la documentación presentada y en concordancia al Plan de
Desarrollo Urbano aprobado mediante Ordenanza N°30-2007-MPCH, de fecha
07.12.2007, la mencionada vía Av. Pumani
conecta el Canal de Irrigación Av. Pampa de Ñoco, con una Sección de Vía
de 52.00 ml., hasta entiéndase así antes de los 200 mt. De la línea del ducto
del Gas, dicha Avenida propuesta se encuentra ubicado una fracción dentro de la
Zona Residencial Densidad Baja (RDB) y otra fracción fuera del perímetro del
Plan de Desarrollo Urbano de la ciudad, por lo que se establece para esta
fracción y/o sector de zonificación asignada de mayor rango, en este caso la
Zonificación Residencial Densidad Baja (RDB), en concordancia al Reglamento de
Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible – RATDUS, que
indica: “La zonificación es el instrumento técnico normativo de gestión urbana
que contiene el conjunto de normas técnicas urbanísticas para la regulación del
uso y la ocupación del suelo en el ámbito de actuación y/o intervención de los
Planes de Desarrollo Urbano, en función a los objetivos de desarrollo
sostenible, a la capacidad de soporte del suelo y a las normas pertinentes,
para localizar actividades con fines sociales y económicos como vivienda,
recreación, protección y equipamiento, así como la producción industrial,
comercio, transportes y comunicaciones”; Que, realizado la Inspección Ocular se
ha constatado predios rurales en un 90%, sin edificación con fines de
Habilitaciones Urbanas y con respecto a las vías en proyección en una zona en
Expansión Urbana se ha de acondicionar las vías de conformidad a la Norma
Técnica GH. 020 componentes de Diseño Urbano del Reglamento Nacional de
Edificaciones; Que, las secciones de vías propuestas de conformidad al informe
N°0515-2024--UOPC-NRMA-MDPN, con aprobación mediante Acuerdo de Concejo
N°037-2024-MDPN, de fecha 27.06.2024, esta Sub Gerencia CONCLUYE: Que es
factible incorporarlo al Plano de propuesta de Sistema Vial – Plano N°7, Plan
de Desarrollo Urbano de ciudad de Chincha
Alta. las secciones de vías propuestas en concordancia a la Norma Técnica GH.
020 componentes de Diseño Urbano del Reglamento Nacional de Edificaciones,
derivándose para que se eleve al Concejo Municipal, para la presente aprobación
de la sección de vía denominada AV. PUMANI, con una Sección A – A de 15.00 ml.
y una
Sección B – B de 18.00 ml., en referencia al Acuerdo de Concejo
N°037-2024-MDPN, de fecha 27.06.2024, informe técnico que es ratificado
mediante Informe Nº3835-2024-GAT/MPCH de fecha 05 de setiembre del 2021 de la
Gerencia de Acondicionamiento Territorial de la Municipalidad Provincial de
Chincha, recomendando se derive a la Gerencia de Asesoría Jurídica, y pase a
Sesión de Concejo Municipal, para su Aprobación correspondiente;
Que, por Informe Legal Nº4387-2024-GAJ/MPCH, de fecha 09 de setiembre del
2024, la Gerencia de Asesoría Jurídica, indica que, estando a los informes
precedentes, de conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades N°27972,
esta Gerencia de Asesoría Jurídica OPINA: Se derive el presente al Pleno del
Concejo Municipal para que considere aprobar mediante Acuerdo de Concejo, la
Propuesta del Sistema Vial y Sección de Vía al Plano N°07, del Plan de
Desarrollo Urbano de la Ciudad, de Chincha Alta, las acciones de vías
propuestas en concordancia a la Norma Técnica GH. 020 componentes de Diseño
Urbano del Reglamento Nacional de Edificaciones, derivándose para que se eleve
al Concejo Municipal, para la presente aprobación de la Sección de Vía,
denominada, Av. PUMANI, con una Sección A – A, de 15.00 ml, y una Sección B – B
de 18.00 ml, en referencia el Acuerdo de Concejo N°037-2024-MDNP, de fecha
27.06.2024.
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el
numeral 8 del Artículo 9º y Artículo 40º de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de
Municipalidades, el Concejo Municipal luego del debate correspondiente y con
dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó por UNANIMIDAD la
siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLANO DEL SISTEMA VIAL DEL DISTRITO DE PUEBLO
NUEVO - CHINCHA.
Artículo Primero. - APROBAR la propuesta del Sistema Vial Sección de Vía
al Plano N°07 del Plan de Desarrollo Urbano de la provincia de Chincha,
denominada, Av. PUMANI, con una Sección A – A, de 15.00 ml, y una Sección B – B
de 18.00 ml; conforme a la documentación técnica (Planos) los mismos que en
anexos forman parte integrante de la presente Ordenanza, en referencia al
Acuerdo de Concejo N° 037-2024-MDPN de fecha 27.06.2024, por las
consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente Ordenanza;
Artículo Segundo. - ENCARGAR a la
Gerencia de Acondicionamiento Territorial, Sub Gerencia de Planeamiento Urbano,
Catastro y Supervisión, efectuar el control urbano necesario para cautelar el
Derecho de Vía aprobado, ante cualquier solicitud que se efectúe sobre las áreas
afectadas, haciéndose de conocimiento a la Municipalidad Distrital de Pueblo
Nuevo, provincia de Chincha, región Ica; para los fines pertinentes.
Artículo Tercero. - La presente
Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, en
el diario de circulación local de la Provincia de Chincha.
Artículo Cuarto. - ENCARGAR a la Gerencia de Sistemas y Procesos su
publicación en el Portal Institucional (https://www.gob.pe/munichincha).
POR TANTO:
Mando, se Registre, Comunique, Publique y Cumpla.
Ing. César Antonio
Carranza Falla
ALCALDE
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