Municipalidad Provincial de Pisco
DECRETO N°010-2024-MPP-ALC
Pisco, 31 de octubre de 2024
EL ALCALDE DE LA PROVINCIA DE PISCO
VISTO:
El Informe Legal N° 2326 -2024-MPP-OGAJ de la Oficina General de Asesoría
Jurídica, el Informe N° 1207-2024-MPP-OGPPR de la Oficina General de
Planificación, Presupuesto y Racionalización, el Informe N°
024-2024-MPP-OGPPR-UPRE de la Unidad de Planificación, Racionalización y
Estadística y el Informe N°143-2024-GDUT-SGIOP-GAMM de la Subgerencia de inversión
de Obras Privadas, sobre la modificación del Texto Único de Procedimientos
Administrativos - TUPA de la Municipalidad Provincial de Pisco, aprobado con
ORDENANZA N° 019-2022-MPP y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º, de la Constitución Política del Perú, establece
que los Gobierno Locales gozan de autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el
Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, mediante, se aprueba el Texto Único de Procedimientos
Administrativos - TUPA de la Municipalidad Provincial de Pisco, el cual
considera los procedimientos administrativos que se detallan en el ANEXO A;
Que, de acuerdo al numeral 6) del artículo 20 de la Ley N° 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades, es atribución del alcalde dictar Decretos y
Resoluciones de Alcaldía con sujeción a las Leyes y Ordenanzas;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 44.5 del artículo 44 del
Decreto Supremo, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley
del Procedimiento Administrativo General, se establece que, una vez aprobado el
TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos,
incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Decreto
de Alcaldía;
Que, con Oficio N° 0893-2024-/INDECOPI-SRB, indica que de acuerdo a las
atribuciones en materia de investigación con las que cuenta la SRB, se le
requiere lo siguiente: 1. Informar si los requisitos y exigencias contenidos en
su TUPA identificados por esta Secretaría Técnica como barreras burocráticas,
han sido eliminadas a la fecha. (…). Las cuales se adjuntan en el Anexo a –
Presuntas Barreras Burocráticas Identificadas;
Que, afín de cumplir con lo dispuesto por el INDECOPI, indicadas en el N°
0893-2024-/INDECOPI-SRB, se debe retirar las barreras burocráticas sobre
requisitos, plazos de atención y calificación de SETENTA Y SIETE (77)
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS respectivamente, detallados en el Anexo a, en
cumplimiento del Decreto Supremo N° 006-2017-VIVIENDA, que aprueba el Texto
Único Ordenado de la Ley N° 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas
y de Edificaciones, Decreto Supremo N° 029-2019-VIVIENDA, que aprueba el
Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación. Y
Decreto Supremo N° 146-2023-PCM, que aprueba procedimientos administrativos
estandarizados de licencias de habilitación urbana y licencias de edificación;
Que, con Informe N° 024-2024-MPP-OGPPR-UPRE, se opina por la PROCEDENCIA
de la modificación de SETENTA y ocho (77) procedimientos administrativos a
cargo de la sub gerencia de inversión de obras privadas, contenidos en el Anexo
A del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad
Provincial de Pisco aprobado con ORDENANZA N° 019-2022-MPP, la misma que deberá
ser aprobado mediante Decreto de Alcaldía;
Que, con Informe N° 1207-2024-MPP-OGPPR de la Oficina General de
Planificación, Presupuesto y Racionalización, informa que la propuesta de
modificación del TUPA de la Municipalidad, de setenta y ocho (77)
procedimientos administrativos contenidos en el Anexo A del Texto Único de
Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Provincial de Pisco
aprobado con ORDENANZA N° 019-2022-MPP, tiene consistencia normativa y técnica
para ser aprobado mediante Decreto de Alcaldía;
Que, con Informe Legal N° 2326 -2024-MPP-OGAJ de la Oficina General de
Asesoría Jurídica, OPINA PROCEDENTE la modificación de los procedimientos
administrativos contenidos en el Anexo A del Texto Único de Procedimientos
Administrativos - TUPA de la Municipalidad Provincial de Pisco aprobado con
ORDENANZA N° 019-2022-MPP;
Que, en mérito a los informes antes indicados y de conformidad con el
numeral 6) del artículo 20 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades,
es atribución del alcalde dictar Decretos y disponer su publicación; por estas
consideraciones se dicta el siguiente:
DECRETA:
Artículo 1º.- MODIFICAR, en el Texto Único de Procedimientos
Administrativos - TUPA de la Municipalidad Provincial de Pisco, de setenta y
siete (77) procedimientos administrativos a cargo de la sub gerencia de
inversión de obras privadas, contenidos en el Anexo A del Texto Único de
Procedimientos Administrativos -TUPA de la Municipalidad Provincial de Pisco
aprobado con ORDENANZA N° 019-2022-MPP, el cual forma parte integrante del
presente Decreto de Alcaldía.
Artículo 2º.- ENCÁRGUESE, el cumplimiento del presente Decreto de
Alcaldía a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Transporte, Sub gerencia de
Inversión de Obras Privadas, y demás unidades de organización de la corporación
municipal.
Artículo 3º.- ENCÁRGUESE, a la Oficina General de Secretaría, la
publicación del presente Decreto de Alcaldía, conforme lo dispone la Ley N°
27972, Ley Orgánica de Municipalidades, así como la unidad de sistemas, para su
publicación en el Portal Institucional y Transparencia de la Municipalidad
Provincial de Pisco (www.munipisco.gob.pe)
Artículo 4º.- El presente Decreto rige a partir del día siguiente de su
publicación.
POR TANTO:
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y PUBLÍQUESE.
PEDRO EDGAR FUENTES HERNANDEZ
ALCALDE
ANEXOS
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