jueves, 31 de octubre de 2024

Municipalidad Provincial de Pisco - DECRETO N°010-2024-MPP-ALC

Municipalidad Provincial de Pisco

DECRETO N°010-2024-MPP-ALC

Pisco, 31 de octubre de 2024

EL ALCALDE DE LA PROVINCIA DE PISCO

VISTO:

El Informe Legal N° 2326 -2024-MPP-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, el Informe N° 1207-2024-MPP-OGPPR de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Racionalización, el Informe N° 024-2024-MPP-OGPPR-UPRE de la Unidad de Planificación, Racionalización y Estadística y el Informe N°143-2024-GDUT-SGIOP-GAMM de la Subgerencia de inversión de Obras Privadas, sobre la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Provincial de Pisco, aprobado con ORDENANZA N° 019-2022-MPP y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º, de la Constitución Política del Perú, establece que los Gobierno Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, mediante, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Provincial de Pisco, el cual considera los procedimientos administrativos que se detallan en el ANEXO A;

Que, de acuerdo al numeral 6) del artículo 20 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del alcalde dictar Decretos y Resoluciones de Alcaldía con sujeción a las Leyes y Ordenanzas;

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 44.5 del artículo 44 del Decreto Supremo, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, se establece que, una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Decreto de Alcaldía;

Que, con Oficio N° 0893-2024-/INDECOPI-SRB, indica que de acuerdo a las atribuciones en materia de investigación con las que cuenta la SRB, se le requiere lo siguiente: 1. Informar si los requisitos y exigencias contenidos en su TUPA identificados por esta Secretaría Técnica como barreras burocráticas, han sido eliminadas a la fecha. (…). Las cuales se adjuntan en el Anexo a – Presuntas Barreras Burocráticas Identificadas;

Que, afín de cumplir con lo dispuesto por el INDECOPI, indicadas en el N° 0893-2024-/INDECOPI-SRB, se debe retirar las barreras burocráticas sobre requisitos, plazos de atención y calificación de SETENTA Y SIETE (77) PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS respectivamente, detallados en el Anexo a, en cumplimiento del Decreto Supremo N° 006-2017-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, Decreto Supremo N° 029-2019-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación. Y Decreto Supremo N° 146-2023-PCM, que aprueba procedimientos administrativos estandarizados de licencias de habilitación urbana y licencias de edificación;

Que, con Informe N° 024-2024-MPP-OGPPR-UPRE, se opina por la PROCEDENCIA de la modificación de SETENTA y ocho (77) procedimientos administrativos a cargo de la sub gerencia de inversión de obras privadas, contenidos en el Anexo A del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Provincial de Pisco aprobado con ORDENANZA N° 019-2022-MPP, la misma que deberá ser aprobado mediante Decreto de Alcaldía;

Que, con Informe N° 1207-2024-MPP-OGPPR de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Racionalización, informa que la propuesta de modificación del TUPA de la Municipalidad, de setenta y ocho (77) procedimientos administrativos contenidos en el Anexo A del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Provincial de Pisco aprobado con ORDENANZA N° 019-2022-MPP, tiene consistencia normativa y técnica para ser aprobado mediante Decreto de Alcaldía;

Que, con Informe Legal N° 2326 -2024-MPP-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, OPINA PROCEDENTE la modificación de los procedimientos administrativos contenidos en el Anexo A del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Provincial de Pisco aprobado con ORDENANZA N° 019-2022-MPP;

Que, en mérito a los informes antes indicados y de conformidad con el numeral 6) del artículo 20 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del alcalde dictar Decretos y disponer su publicación; por estas consideraciones se dicta el siguiente:

DECRETA:

Artículo 1º.- MODIFICAR, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Provincial de Pisco, de setenta y siete (77) procedimientos administrativos a cargo de la sub gerencia de inversión de obras privadas, contenidos en el Anexo A del Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA de la Municipalidad Provincial de Pisco aprobado con ORDENANZA N° 019-2022-MPP, el cual forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía.

Artículo 2º.- ENCÁRGUESE, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Transporte, Sub gerencia de Inversión de Obras Privadas, y demás unidades de organización de la corporación municipal.

Artículo 3º.- ENCÁRGUESE, a la Oficina General de Secretaría, la publicación del presente Decreto de Alcaldía, conforme lo dispone la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, así como la unidad de sistemas, para su publicación en el Portal Institucional y Transparencia de la Municipalidad Provincial de Pisco (www.munipisco.gob.pe)

Artículo 4º.- El presente Decreto rige a partir del día siguiente de su publicación.

POR TANTO:

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y PUBLÍQUESE.

PEDRO EDGAR FUENTES HERNANDEZ

ALCALDE

ANEXOS

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