viernes, 20 de septiembre de 2024

Municipalidad Distrital de San Andrés - ORDENANZA MUNICIPAL Nº 009-2024-MDSA

Municipalidad Distrital de San Andrés

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 009-2024-MDSA

San Andrés, 15 de Julio del 2024

VISTO: Sesión de Concejo Ordinaria, de fecha 15 de Julio del 2024, INFORME Nº 1317-2024/MDSA-GPP, INFORME Nº 423-2024-MDSA-GAJ, INFORME N° 236-2024-GM-MDSA; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú señala en su artículo 194º, modificado por el Artículo Único de la Ley Nº 28607, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

Que, el artículo 40º del citado dispositivo legal, estipula que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa.

Que, el artículo 41º de la precitada Ley, determina que los acuerdos decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.

Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, de fecha 17 de mayo del 2018, que deroga el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM; se aprobaron los Lineamientos de Organización del Estado extendiéndose su ámbito de aplicación a los gobiernos locales conforme a lo señalado en su artículo 3º literal f), norma que tiene por finalidad que las Entidades del Estado, conforme a su tipo, competencia y funciones, se organicen de la mejor manera a fin de responder a las necesidades públicas en beneficio de la ciudadanía;

Que, la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 002-2020-PCM-SGP, de fecha 17 de abril del 2020 que aprueba los Lineamientos Nº 01-2020-SGP denominados “Funciones estandarizadas en el marco de los sistemas administrativos”, cuya finalidad es orientar a las entidades públicas en la asignación de sus funciones vinculadas a los sistemas administrativos bajo rectoría del Poder Ejecutivo, a cargo de los órganos de administración interna y de Defensa Judicial del Estado.

Que, Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2020-PCM-SGP, que aprueba los Lineamientos Nº 02-2020-SGP que establece orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones – ROF y Manual de Operaciones – MOP, y tienen como finalidad orientar a las entidades públicas en su diseño organizacional y sobre los diversos aspectos relacionados con el Reglamento de Organización y Funciones – ROF y el Manual de Operaciones - MOP, en concordancia con lo dispuesto en la normativa de la materia;

Que, mediante la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 007-2020-PCM-SGP se aprueba la Norma Técnica Nº 01-2020-PCM/SGP/SSAP que establece modelos de organización para Municipalidades, con la finalidad de facilitar que estas se organicen de la mejor manera y responsan a las necesidades de la población de su jurisdicción;

Que, mediante el Informe Nº 1317-2024/MDSA-GPP del 19 de junio del 2024, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, remite la propuesta debidamente Revisado y emitida la conformidad correspondiente de aprobación del Proyecto de Actualización del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Andrés, de acuerdo con lo establecido en los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados con Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM;

Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante INFORME N° 423-2024-MDSA-GAJ, expresa que contando con el informe técnico favorable de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión legal favorable, sugiriendo remitir la propuesta de modificación del ROF a la Oficina de Secretaria General para que sea tratado en una próxima Sesión de Concejo para su aprobación por el Concejo Municipal;

En uso de las facultades otorgadas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el pleno del Concejo Municipal, en Sesión de Concejo del Visto, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, por UNANIMIDAD, aprobó la siguiente:

 

ORDENANZA QUE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANDRES

 

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF, DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANDRES, el cual consta de XV títulos, XXIV capítulos, 101 artículos, III Disposiciones Complementarias, III Disposiciones Transitorias y II Disposiciones Finales y el Organigrama; que como anexo forman parte integrante de la presente Ordenanza Municipal.

ARTICULO SEGUNDO: DISPONER la adecuación progresiva de los documentos de gestión municipal conforme a las disposiciones previstas en la presente Ordenanza Municipal.

ARTICULO TERCERO: DISPONER a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Administración, adoptar las acciones necesarias para la adecuación de las Unidades Orgánicas de la Municipalidad Distrital de San Andrés, a la Estructura Orgánica actualizada, aprobada con la presente Ordenanza Municipal.

ARTICULO CUARTO: ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto efectuar la visación del referido proyecto de Actualización del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, en su calidad de órgano responsable de la Actualización del ROF de la Municipalidad Distrital de San Andrés.

ARTICULO QUINTO: DEROGAR las normas o disposiciones municipales que se opongan o contradigan a lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal en materia de Organización, Funciones y Competencias.

ARTICULO SEXTO: DISPONER, a la oficina de secretaria general, la publicación de la presente Ordenanza Municipal, en un diario de alcance Regional y a la Oficina de Informática su publicación en la página web de la entidad.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

JOEL ANDRE DE LA CRUZ CANELO

ALCALDE

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