jueves, 12 de septiembre de 2024

Municipalidad Distrital de San Andrés - DECRETO DE ALCALDIA N°004-2024-MDSA

                                          Municipalidad Distrital de San Andrés

                                       DECRETO DE ALCALDIA N°004-2024-MDSA

San Andrés, 10 de setiembre de 2024.

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANDRES.

VISTO:

El Informe N° 1675-2024-MDSA-GPP, mediante el cual la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto propone el cronograma de la Audiencia Pública correspondiente al mes de setiembre de 2024,en cumplimiento a la Ordenanza Municipal Nº 008-2023-MDSA que aprueba el “Reglamento de las Audiencia Públicas Municipales de Rendición de Cuentas del distrito de San Andrés”, el Informe Legal Nº 552-2024-MDSA/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica emitiendo opinión legal favorable, y el Informe Nº 370-2024-MDSA/GM de la Gerencia Municipal solicitando la emisión del Decreto de Alcaldía; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico vigente, de conformidad con el artículo II del título preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

Que, la Ley Nº 27783, Ley Bases de la Descentralización, en el numeral 17.1 del artículo 17º prescribe que “Los Gobiernos regionales y locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública. Para este efecto deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública, con las excepciones que señala la a ley, así como la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuentas”.

Que, la Ley Nº 31433, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 06 de marzo de 2022, modificado algunos artículos de la Ley Nº 27972, Ley Organiza de Municipalidades; entre ellos, modifica su numeral 36 del artículo 20º, mediante el cual señala que es una atribución del alcalde, convocar, bajo responsabilidad, como mínimo a dos audiencias públicas distritales o provinciales, conforme a la circunscripción de gobierno local;

Que, la citada Ley incorpora el artículo 119-A a la Ley Nº 27972, estableciendo que las audiencias públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivos es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las dificultades  que impidieron el cumplimiento de compromisos, asimismo, establece que los gobiernos locales realizan como mínimo dos audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la finalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fiscal;

Que, mediante la Ordenanza Municipal Nº 008-2023-MDSA se aprueba el “Reglamento de las Audiencias Públicas Municipales de Rendición de cuentas del Distrito de San Andrés”, estableciéndose en el artículo 10º y siguientes que la convocatoria a la Audiencia Pública de Rendición de cuentas se realiza con una anticipación de diez (10) días calendarios, asimismo que la agenda de la audiencia será difundida junto a la convocatoria en un diario de mayor circulación local, y que los ciudadanos dispondrán de un plazo de siete (07) días hábiles contados desde la publicación de la agenda para formular alguna observación a la misma y proponer nuevos temas que sean de interés distrital.

Que, asimismo, en el artículo 14º se señala que el Resumen Ejecutivo debe ser difundido a través del portal web institucional y otros mecanismos que se consideren necesarios, con un plazo no menor a siete (07) días hábiles previos al desarrollo de la audiencia.

Que, con el documento del visto, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, en cumplimiento al artículo 10.5º remite el cronograma de la audiencia pública para su aprobación por Decreto de Alcaldía.

Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica con Informe Nº 552-2024-MDSA/GAJ, señala que, en amparo al artículo segundo de la Ordenanza Municipal Nº 008-2023-MDSA, se faculta al alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y finales para la correcta adecuación y ejecución de la Ordenanza Municipal, en consecuencia, corresponde emitir el Decreto de Alcaldía aprobando la Convocatoria a la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas correspondiente a setiembre 2024.

En ese contexto, estando a las consideraciones precedentes y en uso de su facultad conferida en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Organiza de Municipalidades.

DECRETO:

ARTICULO PRIMERO: CONVOCAR a la ciudadanía, a las organizaciones públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil, a la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de San Andrés para el 30 de setiembre de 2024, conforme el cronograma de la Audiencia Pública señalado en el anexo nº 01 del presente Decreto de Alcaldía.

ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que, para la presente Audiencia Pública a realizarse el 30 de setiembre de 2024, se deberá cumplir con lo establecido en el Reglamento de las Audiencias Públicas Municipales de Rendición de cuentas del distrito de San Andrés, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 008-2023-MDSA.

ARTICULO TERCERO: ENCARGAR al Gerente Municipal, Gerentes y Subgerentes el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, así como su difusión del presente documento y la Agenda de la Audiencia Pública en un diario de mayor circulación local y en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Andrés.

                  ANEXO Nº 01 DEL DECRETO DE ALCALDIA Nº 004-2024-MDSA

CRONOGRAMA DE LA AUDIENCIA PULICA SETIEMBRE 2024

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ACTIVIDADES

FECHA

Difusión y convocatoria con la agenda de la audiencia

(Diario de mayor circulación local y portal institucional de la MDSA)

 

12 de setiembre de 2024.

Inscripción y registro de participantes en la Subgerencia de Desarrollo Social de la MDSA

Del 12 al 30 de Setiembre de 2024

Inscripción de los oradores

Del 12 al 27 de Setiembre de 2024

Observaciones a la agenda de la audiencia

Del 12 al 20 de Setiembre de 2024

Publicación del resumen ejecutivo en el portal institucional de la MDSA

19 de Setiembre de 2024

Audiencia Pública

30 de Setiembre de 2024

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


ORDENANZA MUNICIPAL Nº 008-2023-MDSA

Artículo 8º. Agenda de la Audiencia Pública

Los temas a tratar en la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas son presentados en base al Plan de Desarrollo Concertado Local del Distrito de San Andrés.

Los contenidos mínimos a presentar en la Audiencia Pública son:  

8.1.       Nivel de ejecución presupuestal a nivel de gastos corrientes.

8.2.       Nivel de ejecución de los proyectos de inversión, inclusive los aprobados en el   marco del presupuesto participativo.

8.3.       Gestión de algunos programas y/o servicios públicos específicos, con indicadores de cobertura y calidad. 

8.4.       Planes de mejora institucional sobre la calidad de los servicios públicos, así como los avances, dificultades y lecciones aprendidas en su ejecución. 

8.5.       Adopción de políticas públicas locales y el avance en implementación.

8.6.       Disposiciones municipales emitidas y el impacto obtenido con la emisión de dichas normas.

8.7.       Acciones para promover la implementación de los mecanismos de transparencia o control social en la Gestión local.  

8.8.       Funcionamiento de espacios de concertación, como el Consejo de Coordinación Local (CCL), los Comités Consultivos, así como otros mecanismos de participación ciudadana que existan en el distrito.

 

JOEL ANDRE DE LA CRUZ CANELO

ALCALDE

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