Municipalidad Distrital de Grocio Prado
ACUERDO DE CONCEJO Nº 058-2024-MDGP/CM
Grocio Prado, 29
de agosto de 2024
VISTO:
La Sesión Ordinaria de
Concejo Municipal, de fecha 29 de agosto de 2024, y;
CONSIDERANDO
Que, conforme a lo
prescrito en el artículo 194° de nuestra Carta Magna modificado por las Leyes
de Reforma Constitucional Nº 27680, Nº 28607 y Nº 30305, en concordancia con el
artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley
N° 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia. Esta autonomía radica en la
facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con
sujeción al ordenamiento jurídico en vigor;
Que, la Ley N° 31433, Ley
que modifica la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley N°
27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales regula las atribuciones y
responsabilidades de concejos municipales y consejos regionales, para
fortalecer el ejercicio de la función de fiscalización;
Que, mediante Ley N°
31812, con el propósito de asegurar el financiamiento del ejercicio de la
función fiscalizadora de los consejos regionales y concejos municipales se
modifica el artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales y el artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades
estableciendo que son sus atribuciones, fiscalizar la gestión pública;
Que, los concejos
municipales aprueban dentro del primer trimestre de cada año fiscal, el
Programa de Acciones de Fiscalización, con arreglo a los montos asignados,
siendo por excepcionalidad en el presente ejercicio fiscal 2024 que en
cumplimiento de la Única Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31812
deben efectuarse modificaciones presupuestarias en el nivel funcional
programático para asignar los montos mínimos señalados en los literales a y b
de la Disposición Complementaria Final Primera de la Ley N° 31433 modificada
por la Ley N° 31812;
Que, el artículo 41° de la Ley N° 27972 señala que: "Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Los acuerdos aprobados, cuando así lo requieran, incluyen un plan de implementación que establezca las acciones a realizar, señalando metas, plazos y financiamiento, según corresponda";
En estación informes y
pedidos, el regidor Nicolás Pavel Yataco Fox, solicito al pleno del concejo
municipal, modificar el artículo segundo del acuerdo de concejo N°
033-2024-MDGP/CM, de fecha 11 de abril de 2024, en el que se acordó lo
siguiente:
ARTÍCULO SEGUNDO: APROBAR
la conformación de la Comisión de Fiscalización de las Contrataciones con el
Estado, la misma que estará conformada por los regidores del Concejo Municipal
de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, siendo los siguientes regidores:
REGIDOR NICOLÁS PAVEL
YATACO FOX PRESIDENTE
REGIDORA RUTH MAGALI
HUASASQUICHE TORRES VICEPRESIDENTE
REGIDORA SANDRA ELIZABETH
VÁSQUEZ YATACO SECRETARIO
Siendo necesario se
modifique y se estipule que, la Comisión Especial de Fiscalización de las
Contrataciones del Estado solo realice las acciones de fiscalización de los
procesos de selección (adjudicación simplificada) siguientes:
• CREACIÓN
DE LA TRANSITABILIDAD URBANA EN LA CALLE BAUTISTA DESDE EL JIRON PROGRESO HASTA
LA CALLE SATELITE EN EL DISTRITO DE GROCIO PRADO - PROVINCIA DE CHINCHA -
DEPARTAMENTO DE ICA
• OBRA CREACIÓN DEL SERVICIO DE ESPACIOS PUBLICOS URBANO
EN EL PARQUE DEL C.P BALCONCITO DEL DISTRITO DE GROCIO PRADO - CHINCHA - ICA
• MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE URBANO Y
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO EN EL PASAJE BELÉN EN EL CC.PP.
LIGURIA DISTRITO DE GROCIO PRADO DE LA PROVINCIA DE CHINCHA DEL DEPARTAMENTO DE
ICA
Propuestas que fueran
incluidas en la estación orden del día, y posteriormente debatidas y aprobadas
con el voto Unánime por el pleno del Concejo Municipal.
Que, los Acuerdos de
Concejo son normas municipales que regulan los actos de gobiernos, emitido por
el Concejo Municipal en base a la potestad exclusiva que tienen las
municipalidades, de emitir normas en el marco de sus competencias, conforme lo
señala el artículo 39° de la Ley N° 27972 – Ley Organiza de Municipalidades –
“Los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la
aprobación de ordenanzas y acuerdos” (…); asimismo, se estipula en el artículo
41° de la citada Ley – “Los Acuerdos son decisiones, que toman el concejo,
referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional,
que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado
acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”;
Que, el numeral 4) del
artículo 10°, de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, respecto a
las atribuciones y obligaciones de los regidores, se encuentra estipulado que:
“Deben desempeñar funciones de fiscalización de la gestión municipal”;
Que, la Municipalidad
Distrital de Grocio Prado, como órgano de gobierno local emanado de la voluntad
popular, tiene como uno de sus objetivos fundamentales el de promover el
desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento económico, la justicia
social y la sostenibilidad ambiental, entre otras, y así propiciar las mejores
condiciones de vida de su población, conforme lo establece el artículo X del
Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; en este
mismo sentido el inc. 15) del artículo 9° de la precitada norma, establece que
el Concejo Municipal constituye Comisiones Ordinarias y Especiales, integradas
por los Regidores, en áreas básicas de servicios y de gestión municipal;
Estando a los fundamentos
antes expuestos, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del
artículo 9º y el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y
con el voto UNANIME de los integrantes del Concejo Municipal y con la dispensa
del trámite de lectura y aprobación del acta, se adoptó lo siguiente:
ACUERDO:
ARTÍCULO PRIMERO:
MODIFICAR el artículo segundo del acuerdo de concejo N° 033-2024-MDGP/CM, de
fecha 11 de abril de 2024, en el extremo de que, la Comisión Especial de
Fiscalización de las Contrataciones del Estado, realice las acciones de
fiscalización de los procesos de selección (adjudicación simplificada)
siguientes:
• CREACIÓN DE LA TRANSITABILIDAD URBANA EN LA CALLE
BAUTISTA DESDE EL JIRON PROGRESO HASTA LA CALLE SATELITE EN EL DISTRITO DE
GROCIO PRADO - PROVINCIA DE CHINCHA - DEPARTAMENTO DE ICA.
• CREACIÓN DEL SERVICIO DE ESPACIOS PUBLICOS URBANO EN EL
PARQUE DEL C.P BALCONCITO DEL DISTRITO DE GROCIO PRADO - CHINCHA - ICA.
• MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE URBANO Y
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO EN EL PASAJE BELÉN EN EL CC.PP.
LIGURIA DISTRITO DE GROCIO PRADO DE LA PROVINCIA DE CHINCHA DEL DEPARTAMENTO DE
ICA.
ARTÍCULO SEGUNDO:
RATIFICAR a los miembros de la Comisión Especial de Fiscalización de las
Contrataciones con el Estado, que está conformada por los regidores del Concejo
Municipal de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, siendo los siguientes
regidores:
REGIDOR NICOLÁS PAVEL
YATACO FOX
PRESIDENTE
REGIDORA RUTH MAGALI HUASASQUICHE
TORRE VICEPRESIDENTE
REGIDORA SANDRA ELIZABETH VÁSQUEZ YATACO
SECRETARIO
ARTÍCULO TERCERO:
ENCARGAR, a la Gerencia Municipal el cumplimiento del presente Acuerdo.
ARTÍCULO CUARTO:
ENCARGAR, al responsable del portal de transparencia la publicación del
presente acuerdo en la página web de la Municipalidad distrital de Grocio
Prado.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE,
PUBLÍQUESE y CÚMPLASE.
VICTOR HUGO PACHAS MORAN
ALCALDE
0 comentarios:
Publicar un comentario