MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TAMBO DE MORA
ORDENANZA MUNICIPAL Nª 010-2024- MDTM
Tambo de Mora, 15 de julio del 2024
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TAMBO DE MORA-PROVINCIA DE
CHINCHA-DEPARTAMENTO DE ICA
VISTO:
El Concejo Municipal
de la Municipalidad Distrital de Tambo de Mora, en Sesión de Consejo Ordinaria,
de fecha 12 de julio del 2024, El Informe N° 042-2024-SGSCMASM/MDTM de fecha 13
de marzo del 2024, remitido por la Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana, Medio
Ambiente, Salud, y Servicios Municipales, en la cual solicita la Aprobación del
Proyecto de Ordenanza del Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía
Ambiental de la Municipalidad Distrital de Tambo de Mora, el Informe N°
0442-2024MDTM/SGPPP emitido por la Sub
Gerencia de Planificación Programación y Presupuesto, el Informe
N°89-2024-SGAJ/MDTM emitido por la Sub Gerencia de Asuntos Jurídicos y el
Memorándum N° 1380-2024-MDTM/GM emitido por Gerencia Municipal;
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo establecido en el artículo 194 de la Constitución
Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar, de la
Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de
autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que, el artículo 8 de la Ley 28611, Ley General del Ambiente, dispone que
las políticas y normas ambientales de carácter nacional, sectorial, regional y
local se diseñan y aplican de conformidad con lo establecido en la Política
Nacional del Ambiente y deben guardar concordancia entre sí;
Que, mediante Decreto Supremo N° 017-2012-ED se aprueba la Política
Nacional de Educación Ambiental, para orientar las actividades públicas y
privadas sobre promoción de la cultura y la ciudadanía ambiental en el marco
del proceso estratégico de desarrollo del país;
Que, la Política Nacional del Ambiente al 2030 aprobada por Decreto
Supremo N° 023-2021-MINAM prevé como Objetivo Prioritario N° 9 mejorar el
comportamiento ambiental de la ciudadanía, disponiendo en su servicio OP9.S1,
que el Ministerio del Ambiente deberá fortalecer las capacidades
institucionales a los gobiernos subnacionales, para la incorporación del
enfoque ambiental en la educación comunitaria; estableciendo como indicador de
cobertura el porcentaje de gobiernos locales que reportan la implementación de
su Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental (Programa
Municipal EDUCCA);
Que, en los lineamientos: 1. Garantizar la integración del enfoque
ambiental en la educación formal y comunitaria, y 2. Mejorar la sostenibilidad
de la acción ciudadana en materia ambiental, de la Política Nacional del Ambiente
al 2030, permiten alcanzar el Objetivo Prioritario 9. Mejorar el comportamiento
ambiental de la ciudadanía;
Que, los artículos 73 y 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades, otorgan competencias y funciones a los gobiernos locales para
promover la educación e investigación ambiental, incentivar la participación
ciudadana en todos sus niveles; y promover la cultura de la prevención en la
ciudadanía;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 003-2023-MINAM, se aprueba el
instructivo para elaborar e implementar el Programa Municipal de Educación,
Cultura y Ciudadanía Ambiental (Programa Municipal EDUCCA);
Que, mediante Informe N° 042-2024-SGSCMASM/MDTM de fecha 13 de marzo del
2024, remitido por la Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana, Medio Ambiente,
Salud, y Servicios Municipales, en la cual solicita la Aprobación del Proyecto
de Ordenanza del Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía
Ambiental de la Municipalidad Distrital de Tambo de Mora, en la cual deben
participar los miembros de la sociedad del Distrito para mejorar la relación
entre la humanidad y el medio Ambiente en el que vive;
Que, mediante el Informe N° 0442-2024MDTM/SGPPP emitido por la Sub Gerencia de Planificación Programación y
Presupuesto, en la cual remite la Disponibilidad Presupuestal indicando que
visto el Informe N° 042-2024-SGSCMASM/MDTM emitido por la Sub Gerencia de
Seguridad Ciudadana, Medio Ambiente, Salud, y Servicios Municipales, en la cual
misma que solicita la Aprobación del Proyecto de Ordenanza del Programa
Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad
Distrital de Tambo de Mora y adjuntado el Plan de Trabajo, que Asciende a s/
8,385.00 soles, de los cuales esta Sub Gerencia Otorga una Disponibilidad de s/
5,000.00 soles, de los cuales se sugiere que se puedan gestionar lo restante o
de haber un mayor ingreso poder asumir lo restante; por el Rubro 08 – Recursos
Determinados.
CONCEPTO |
DISPONIBILIDAD
PRESUPUESTAL |
MONTO |
FUENTE
DE FINANCIAMIENTO Y RUBRO |
PLAN DE TRABAJO 2024, PROGRAMA
MUNICIPAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y CIUDADANIA AMBIENTAL DE LA MUNICIPALIDAD |
032-2024 |
S/
5,000.00 |
R.D.-08 |
Que, mediante el Informe N°89-2024-SGAJ/MDTM emitido por la Sub Gerencia
de Asuntos Jurídicos, en la cual OPINA se Apruebe la Ordenanza del Programa
Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad
Distrital de Tambo de Mora, sea elevada ante el concejo Municipal para su
Gestión y de ser el caso, su aprobación, conforme a sus funciones y atribuciones,
contenidas en los numerales 7), 8) y 35)
del artículo 9 de la precitada Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades,
en concordancia con lo establecido en los artículos 9 (numerales 7,8 y 35), 40
82 (numeral 13) de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, conforme a
los fundamentos expuestos.
Que, mediante Memorándum N° 1380-2024-MDTM/GM emitido por Gerencia
Municipal, en la cual deriva los informes respectivos a fin de que puedan ser
elevados al honorable concejo Municipal para que en una sesión ordinaria o
Extraordinaria para su evaluación y se cristalice su aprobación o
desaprobación.
Que, el numeral 7 del artículo 9 de la precitada Ley concede atribuciones
al Concejo Municipal para aprobar el sistema de gestión ambiental local y sus instrumentos,
en concordancia con el sistema de gestión ambiental nacional y regional;
Que, la Municipalidad Distrital de Tambo de Mora, requiere de un
instrumento normativo que establezca un marco de acción claro, específico y
contextualizado en materia de educación, cultura y ciudadanía ambiental vía
lineamientos y actividades que contribuya directamente a los objetivos de
desarrollo sostenible local, regional y nacional;
POR CUANTO:
En ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 39 y 40 de la Ley
N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal de la
Provincial/Distrito de Tambo de Mora, con el voto unánime de sus miembros y con
la dispensa del trámite de aprobación de Acta, aprobó lo siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL PROGRAMA MUNICIPAL DE EDUCACIÓN,
CULTURA Y CIUDADANÍA AMBIENTAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TAMBO DE MORA
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Programa Municipal de Educación, Cultura y
Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Distrital de Tambo de Mora, que como
anexo de 12 páginas, forma parte integrante y sustancial de la presente
Ordenanza Municipal.
ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR, a la Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana,
Salud, Medio Ambiente y Servicios Municipales, la implementación de la presente
Ordenanza.
ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR, a la Sub Gerencia de Planificación
Programación y Presupuesto, asignar anualmente, de acuerdo a la disponibilidad
presupuestal, recursos para la implementación del Plan de Trabajo
correspondiente.
ARTÍCULO CUARTO: REALIZAR, una evaluación y reporte público de los
resultados del Plan de Trabajo, como mecanismo para hacer ajustes de proceso y
mejoras en el Plan de Trabajo del año siguiente.
ARTÍCULO QUINTO: ALCANZAR, la presente Ordenanza Municipal, así como el
anexo de la misma, al Ministerio del Ambiente para los fines de registro en los
mecanismos de seguimiento a la implementación de los objetivos de desarrollo
sostenible, de las políticas y normativa ambiental vigentes, la evaluación del
desempeño ambiental local, así como su difusión vía el informe nacional del
estado del ambiente.
ARTÍCULO SEXTO: DISPONER la publicación de la presente Ordenanza
Municipal y su anexo en la sede digital de la Municipalidad Distrital de Tambo
de Mora y los canales del Sistema Nacional de Información Ambiental.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
ANA MELVA RAMIREZ
VELASQUEZ
ALCALDESA
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