Contraloría ahora accederá a secreto bancario y reserva tributaria de funcionarios y servidores públicos investigados
Entró en vigencia Directiva N° 007-2024-CG/FIS que regula el
requerimiento de información ante entidades bancarias y a la administración
tributaria
Acceso a información confidencial permitirá recabar evidencias sobre
presunta comisión de delitos de enriquecimiento ilícito, entre otros
La Contraloría General aprobó la
Directiva N° 007-2024-CG/FIS que regula el requerimiento de información ante
las entidades bancarias y los órganos de la Administración Tributaria. De esta
manera, se accederá al secreto bancario y la reserva tributaria de funcionarios
y servidores públicos que administren o manejen fondos del Estado en los tres
niveles de gobierno, cuando existan indicios de que están involucrados en
presuntas irregularidades vinculadas a la comisión del delito de enriquecimiento
ilícito en el uso o gestión de los bienes y fondos públicos, así como otros
delitos que guarden relación con dicho enriquecimiento.
De acuerdo con la Directiva N° 007-2024-CG/FIS “Requerimiento de
información por levantamiento del secreto bancario y/o reserva tributaria”, que
entró en vigencia el 20 de abril del 2024, el Organismo Superior de Control
ahora puede solicitar esta información confidencial en el marco de una acción
de control posterior de tipo forense, cuando resulte indispensable contar con
evidencia suficiente y apropiada sobre la presunta responsabilidad penal
vinculada a la comisión del delito de enriquecimiento ilícito en el uso o
gestión de los bienes y fondos públicos, así como otros delitos que guarden
relación con dicho enriquecimiento.
Según la normativa aprobada, el Contralor General, en uso de su facultad
constitucional, podrá solicitar el levantamiento del secreto bancario y/o
reserva tributaria, debidamente sustentado y motivado, mediante un oficio
dirigido a las entidades bancarias y/u órganos de la administración
tributaria, las cuales tendrán 10 días hábiles de plazo para atender el pedido.
¡Importante! Cadena de custodia de la información
Teniendo en cuenta que la información financiera y tributaria de
cualquier ciudadano es sensible y debe ser protegida, la Contraloría General
destacó que las personas y autoridades que tomen conocimiento de la
información confidencial solicitada quedan obligadas a guardar la más estricta
y completa reserva y no pueden cederla ni comunicarla a terceros, así como
tampoco pueden utilizarla para fines distintos al solicitado. El incumplimiento
de esta disposición dará lugar a responsabilidades administrativas y penales
correspondientes.
Asimismo, para dicho fin y en salvaguarda de la información, la
Contraloría General viene implementando un aplicativo informático para el requerimiento
del levantamiento del secreto bancario y/o reserva tributaria, así como para la
recepción de la información, que garantice su protección y carácter
confidencial. Cuando esta plataforma se encuentre operativa, las entidades
financieras deberán acreditar a su respectivo Oficial de Cumplimiento al cual
se le asignará un usuario y contraseña para acceder al sistema.
0 comentarios:
Publicar un comentario