MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ALTO LARAN
ORDENANZA MUNICIPAL N°
004-2024-MDAL
Alto Larán, 28 de febrero del 2024
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ALTO LARAN.
POR CUANTO:
El Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria celebrada el 27 de febrero del
2024;
VISTOS:
El Memorándum N° 0769-2024-MDAL/GM emitido por la Gerencia Municipal; y,
el Informe N° 088-2024-GPP-MDAL, emitido por la Gerencia de Planeamiento y
Presupuesto, sobre aprobación del Reglamento del Proceso de Presupuesto
Participativo Basado en Resultados del año 2025;
CONSIDERANDO:
Que, los artículos 197° y 199° de la Constitución Política del Perú,
modificada por le Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV
del título IV, señalan que los gobiernos locales promueven, apoyan y
reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus
presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su
ejecución anualmente, bajo responsabilidad, conforme a ley;
Que, la Décimo Sexta Disposición Complementaria de la citada Nº 27972,
disponen como atribución del Concejo Municipal, la de aprobar normas que
garanticen efectiva participación vecinal, reglamentar los espacios de
participación y regular mediante ordenanza los mecanismos de aprobación de sus
presupuestos participativos;
Que, asimismo, la Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo,
modificada por la Ley N° 29298, y su reglamento, aprobado mediante Decreto
Supremo N° 142-2009-EF, establece disposiciones y lineamientos que permiten
asegurar la efectiva participación del Consejo de Coordinación Local y de la
sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto
participativa;
Que, de conformidad a lo prescrito en el Instructivo Nº 001-2010-EF/
76.01, instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en resultados,
aprobado por Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/ 76.01, el Presupuesto
Participativo debe estar orientado a resultados a fin que los proyectos de
inversión estén claramente articulados a productos específicos que la población
demande, especialmente en aquellas dimensiones que se consideran prioritarias
para el desarrollo local, evitando de este modo ineficiencias en la asignación
de los recursos públicos;
Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por los
artículos 9° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el concejo
municipal aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO
PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS EN EL DISTRITO DE ALTO LARÁN
Artículo Primero. - APROBAR el Reglamento del proceso del Presupuesto
Participativo Basado en Resultados en el Distrito de Alto Larán, el mismo, que
tiene carácter multianual y rige a partir del proceso participativo del año
fiscal 2025 y que forma parte integrante de la presente ordenanza, conformada
en VI Títulos y 39 Artículos y 07 Disposiciones Complementarias.
Artículo Segundo. – CONVOCAR al Proceso de Formulación del Presupuesto
Participativo Basado en Resultados de la Municipalidad Distrital de Alto Larán
del año fiscal 2025, que corresponde al Anexo 01 del Reglamento.
Artículo Tercero. - CONFORMAR el equipo Técnico, que tendrá la misión de
brindar soporte Técnico del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en
Resultados correspondiente, según el cronograma y competencias asignadas en el
Reglamento; composición del Equipo Técnico que estará integrado por:
- Gerente de
Planeamiento y Presupuesto.
- Gerente de Desarrollo
Urbano y Rural.
- Responsable de la
Unidad Formuladora.
- Responsable de la
Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI).
- Tres representantes
elegidos por los Agentes Participantes
Artículo Cuarto. ENCARGAR a la Gerencia Municipal, y Gerencia de
Planeamiento y Presupuesto, el fiel cumplimiento de la presente ordenanza.
Artículo Quinto. - La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del
día siguiente de su publicación.
REGRÍSTESE, PUBLÍQUESE y CÚMPLASE.
CARLOS ALBERTO
MAGALLANES RAMIREZ
ALCALDE
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