viernes, 1 de marzo de 2024

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ALTO LARAN - ORDENANZA MUNICIPAL N° 004-2024-MDAL

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ALTO LARAN

ORDENANZA MUNICIPAL N° 004-2024-MDAL

Alto Larán, 28 de febrero del 2024

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ALTO LARAN.

POR CUANTO:

El Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria celebrada el 27 de febrero del 2024;

VISTOS:

El Memorándum N° 0769-2024-MDAL/GM emitido por la Gerencia Municipal; y, el Informe N° 088-2024-GPP-MDAL, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, sobre aprobación del Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del año 2025;

CONSIDERANDO:

Que, los artículos 197° y 199° de la Constitución Política del Perú, modificada por le Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del título IV, señalan que los gobiernos locales promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anualmente, bajo responsabilidad, conforme a ley;

Que, la Décimo Sexta Disposición Complementaria de la citada Nº 27972, disponen como atribución del Concejo Municipal, la de aprobar normas que garanticen efectiva participación vecinal, reglamentar los espacios de participación y regular mediante ordenanza los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos;

Que, asimismo, la Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, modificada por la Ley N° 29298, y su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 142-2009-EF, establece disposiciones y lineamientos que permiten asegurar la efectiva participación del Consejo de Coordinación Local y de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto participativa;

Que, de conformidad a lo prescrito en el Instructivo Nº 001-2010-EF/ 76.01, instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en resultados, aprobado por Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/ 76.01, el Presupuesto Participativo debe estar orientado a resultados a fin que los proyectos de inversión estén claramente articulados a productos específicos que la población demande, especialmente en aquellas dimensiones que se consideran prioritarias para el desarrollo local, evitando de este modo ineficiencias en la asignación de los recursos públicos;

Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el concejo municipal aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS EN EL DISTRITO DE ALTO LARÁN

Artículo Primero. - APROBAR el Reglamento del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de Alto Larán, el mismo, que tiene carácter multianual y rige a partir del proceso participativo del año fiscal 2025 y que forma parte integrante de la presente ordenanza, conformada en VI Títulos y 39 Artículos y 07 Disposiciones Complementarias.

Artículo Segundo. – CONVOCAR al Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo Basado en Resultados de la Municipalidad Distrital de Alto Larán del año fiscal 2025, que corresponde al Anexo 01 del Reglamento.

Artículo Tercero. - CONFORMAR el equipo Técnico, que tendrá la misión de brindar soporte Técnico del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados correspondiente, según el cronograma y competencias asignadas en el Reglamento; composición del Equipo Técnico que estará integrado por:

-  Gerente de Planeamiento y Presupuesto.

-  Gerente de Desarrollo Urbano y Rural.

-  Responsable de la Unidad Formuladora.

-  Responsable de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI).

-  Tres representantes elegidos por los Agentes Participantes

Artículo Cuarto. ENCARGAR a la Gerencia Municipal, y Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el fiel cumplimiento de la presente ordenanza.

Artículo Quinto. - La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

REGRÍSTESE, PUBLÍQUESE y CÚMPLASE.

CARLOS ALBERTO MAGALLANES RAMIREZ

ALCALDE

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