Por: Oscar
Velit Bailetti.- Especialista en Seguridad Ciudadana
Existen muchas quejas y con justa razón que cuando la
Policía Nacional del Perú, realiza operaciones para control de vehículos
motorizados solo lo hace con la
finalidad de imponer "papeletas", lo coloco entre comillas
porque supuestamente otro es el fin. Como lo expresan los mismos conductores.
El nuevo Jefe de la División policial de Chincha debe
de realizar el Control de Identidad Policial
en coordinación con el nuevo Comisario de Chincha Alta. Moderna
Técnica y procedimiento de intervención
para la prevención del delito que la Policía Nacional muy poco utiliza
eficazmente a pesar de estar prevista.
La Policía
Nacional del Perú en el marco de sus funciones, sin necesidad de orden del
Fiscal o del Juez, puede requerir la identificación de cualquier persona y realizar las comprobaciones pertinentes en
la vía pública o en el lugar donde se
hubiere hecho el requerimiento, cuando considere que resulta necesario para
pre-venir un delito u obtener información útil para la averiguación de un hecho
punible. Así se encuentra establecido en
el artículo 205 del NCPP.
Por qué no lo
hace? Simplemente porque el modelo de trabajo reactivo que prioriza, es decir
esperar a que el delito se produzca para intervenir.
No le genera esa iniciativa, y así vemos a los
policías caminando o parados y/o patrullando en vehículos, pero sin hacer uso
de esa técnica y procedimiento tan importante y también utilizada en otros
países. La Ley también faculta a la Policía Nacional, cuando tenga fundado
motivo para pensar que la persona intervenida se encuentra vinculada en la comisión de un hecho delictivo, a
registrar sus vestimentas, su equipaje o
su vehículo. (Se encontraran con muchas sorpresa). Y si la persona no le muestra su documento de identidad al policía que lo ha
intervenido, puede conducirlo a la
Dependencia Policial más cercana para
fines de su identidad; en donde inclusive se podrá tomar su huellas digitales,
fotografiarlo y verificar si se encuentra requisitoriado, con la única
condición de que todo este procedimiento no dure más de cuatro horas y de no
ser ingresado a celdas o calabozos o mantenerlo en contacto con personas
detenidas, teniendo el derecho de que se comunique con un familiar o con la persona que indique.
Si la policía cumpliera estos procedimientos como una
rutina del servicio de patrullaje, ¿se imagina la cantidad de delincuentes
requisitoriado qué lograría detener todos los días, las armas de fuego que
encontraría ,las especies robadas que recuperaría. (y si sufre de in-somnio
salga a darse una vuelta en la madrugada y verá como muchos extranjeros en su mayoría trabajan
realizando mudanzas). Los vehículos robados que identificaría. ¿No se lograría
además disuadir de manera efectiva a
muchos delincuentes que están a punto de cometer un delito o de alquilar un arma.
¿Porque sucede todo esto? Porque seguro el alto mando
no considera que un procedimiento preventivo de esta naturaleza podría aumentar
su imagen o la del sector interior que
es lo que realmente pareciera que les
interesara.
Las técnicas y procedimientos policiales para la
prevención del delito como estas
significan mayor represión a la oportunidad que el delincuente espera tener
para atacar a su siguiente víctima, pero a la vez mayor libertad, seguridad y
tranquilidad para los ciudadanos.
Les recuerdo que ya entró en vigor a partir del 01 de
enero del 2024 el nuevo PAPSC 2024-2027. Plan que se tiene que trabajar de
manera Multisectorial con las autoridades de la provincia. Siendo responsables
cada uno en su sector y provincia y/o distritos. Supervisados por la Dirección
General del Ministerio del Interior. Donde tengo entendido que nadie ha
realizado labor alguna de lo programado para el mes de enero.
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