lunes, 5 de febrero de 2024

Nuevo comisario debe realizar control de identidad policial como debe ser

 


Por: Oscar Velit Bailetti.- Especialista en Seguridad Ciudadana

Existen muchas quejas y con justa razón que cuando la Policía Nacional del Perú, realiza operaciones para control de vehículos motorizados solo lo hace con la   finalidad de imponer "papeletas", lo coloco entre comillas porque supuestamente otro es el fin. Como lo expresan los mismos conductores.

El nuevo Jefe de la División policial de Chincha debe de realizar el Control de Identidad Policial  en coordinación con el nuevo Comisario de Chincha Alta. Moderna Técnica  y procedimiento de intervención para la prevención del delito que la Policía Nacional muy poco utiliza eficazmente a pesar de estar prevista.

 La Policía Nacional del Perú en el marco de sus funciones, sin necesidad de orden del Fiscal o del Juez, puede requerir la identificación de cualquier persona  y realizar las comprobaciones pertinentes en la vía pública  o en el lugar donde se hubiere hecho el requerimiento, cuando considere que resulta necesario para pre-venir un delito u obtener información útil para la averiguación de un hecho punible. Así se encuentra establecido  en el artículo 205 del NCPP.

Por qué  no lo hace? Simplemente porque el modelo de trabajo reactivo que prioriza, es decir esperar a que el delito se produzca para intervenir.

No le genera esa iniciativa, y así vemos a los policías caminando o parados y/o patrullando en vehículos, pero sin hacer uso de esa técnica y procedimiento tan importante y también utilizada en otros países. La Ley también faculta a la Policía Nacional, cuando tenga fundado motivo para pensar que la persona intervenida se encuentra vinculada  en la comisión de un hecho delictivo, a registrar sus vestimentas, su equipaje  o su vehículo. (Se encontraran con muchas sorpresa). Y si la persona no  le muestra su documento  de identidad al policía que lo ha intervenido, puede conducirlo  a la Dependencia Policial  más cercana para fines de su identidad; en donde inclusive se podrá tomar su huellas digitales, fotografiarlo y verificar si se encuentra requisitoriado, con la única condición de que todo este procedimiento no dure más de cuatro horas y de no ser ingresado a celdas o calabozos o mantenerlo en contacto con personas detenidas, teniendo el derecho de que se comunique con un familiar  o con la persona que indique.

Si la policía cumpliera estos procedimientos como una rutina del servicio de patrullaje, ¿se imagina la cantidad de delincuentes requisitoriado qué lograría detener todos los días, las armas de fuego que encontraría ,las especies robadas que recuperaría. (y si sufre de in-somnio salga a darse una vuelta en la madrugada y verá como  muchos extranjeros en su mayoría trabajan realizando mudanzas). Los vehículos robados que identificaría. ¿No se lograría además  disuadir de manera efectiva a muchos delincuentes que están a punto de cometer un delito  o de alquilar un arma.

¿Porque sucede todo esto? Porque seguro el alto mando no considera que un procedimiento preventivo de esta naturaleza podría aumentar su imagen o la del sector interior  que es lo que realmente pareciera  que les interesara.

Las técnicas y procedimientos policiales para la prevención  del delito como estas significan mayor represión a la oportunidad que el delincuente espera tener para atacar a su siguiente víctima, pero a la vez mayor libertad, seguridad y tranquilidad para los ciudadanos.

Les recuerdo que ya entró en vigor a partir del 01 de enero del 2024 el nuevo PAPSC 2024-2027. Plan que se tiene que trabajar de manera Multisectorial con las autoridades de la provincia. Siendo responsables cada uno en su sector y provincia y/o distritos. Supervisados por la Dirección General del Ministerio del Interior. Donde tengo entendido que nadie ha realizado labor alguna de lo programado para el mes de enero.

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