MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANDRES
ORDENANZA MUNICIPAL N°
020-2023-MDSA
San Andrés, 29 de Diciembre de
2023
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANDRES
VISTO: En Sesión Extraordinaria del Concejo Municipal de fecha 29 de Diciembre del 2023, y con la presencia
de los miembros del Concejo Municipal, se reunieron para tratar el tema
referente a la Aprobación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana
2024 – 2027, y;
CONSIDERANDO:
Que, Estando a lo establecido por el artículo 194° de la Constitución
Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional N° 28607, en
concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley
Organica de Municipalidades, las municipalidades son órganos de gobierno local
que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia y que dicha autonomía radica en ejercer actos de gobierno,
administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el artículo 39° de la Ley Organica de Municipalidades, establece que
los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la
aprobación de ordenanzas, y acuerdos; asimismo el artículo 41° de la misma
norma indica que los acuerdos son decisiones que toma el Concejo referidas a
asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, acuerdos que
expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar determinado acto o
sujetarse a una conducta o una norma institucional;
Que, el numeral 3.1 del inciso 3 del Artículo 85° de la Ley N° 27972 –
Ley Organica de Municipalidades, señala que son funciones específicas
exclusivas de las Municipalidades Distritales: “organizar un servicio de
serenazgo o vigilancia municipal cuando lo crea conveniente, de acuerdo a las
normas establecidas por la municipalidad provincial respectiva”;
Que, a través de la Resolución Ministerial N° 0786-2023-IN, se aprueba entre otras, la
Directiva N° 0006-2023-IN-DGSC, que aprueba los “Lineamientos Técnicos para la
Formulación, Aprobación, Implementación y Actualización de los Planes de
Acciones Regional, Provincial y Distrital de Seguridad Ciudadana”;
Que, con INFORME N° 005-2023-ST-CODISEC/MDSA; el Secretario Técnico de la
Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana y Fiscalización, solicita la aprobación del
Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2024 – 2027, considerando el
Acta de Validación de fecha 21 de Diciembre del Comité Distrital de Seguridad
Ciudadana del Distrito de San Andrés, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo
30° del Reglamento de la Ley N° 27933 – Ley del Sistema Nacional de Seguridad
Ciudadana, aprobado mediante Decreto
Supremo N° 011-2014-IN, modificado por el Decreto Supremo N° 010-2019-IN;
Que, el artículo 40° de la Ley Organica de Municipalidades – Ley N°
27972, prescribe que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y
distritales en la materia de su competencia, son las normas de carácter general
de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las
cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y
supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la
municipalidad tiene competencia normativa (…), en concordancia con el inciso 4)
del artículo 200° de la Constitución Política del Perú;
Que, el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2024 – 2027,
constituye un instrumento orientador del Comité Distrital de Seguridad
Ciudadana del Distrito de San Andrés, toda vez que permite establecer los lineamientos
y mejoras en el Sistema de Seguridad Ciudadana, y sugiere necesidad de desarrollar políticas
preventivas y de control, para reducir los niveles de inseguridad ciudadana,
mediante trabajos articulados entre las Instituciones Públicas, Privadas, Sociedad
Civil, Serenazgo y la Policía Nacional de Perú;
Estando a lo expuesto, conforme a lo establecido en el artículo 9° de la
Ley Organica de Municipalidades, con el voto UNANIME de los miembros del
Concejo Municipal, se aprueba la siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCION DISTRITAL DE
SEGURIDAD CIUDADANA 2024 - 2027
ARTÍCULO PRIMERO: APRUEBESE el PLAN DE ACCION DISTRITAL DE SEGURIDAD
CIUDADANA 2024 – 2027, el mismo que forma parte integrante de la presente
Ordenanza, y la cual es aplicable en la jurisdicción del Distrito de San
Andrés.
ARTICULO SEGUNDO: ENCARGUESE a la
Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana y Fiscalización, su implementación y
cumplimiento, así como a la Secretaria Técnica del CODISEC, el monitoreo y
asesoría para efectos de cumplir las actividades y metas programadas.
ARTICULO TERCERO: ENCARGASE a Secretaria General la publicación en el
diario de circulación Regional de Ica de la presente norma, y a la Oficina de
Tecnología de la Información la publicación del mismo en el Portal
Institucional de la Municipalidad Distrital de San Andrés.
REGISTRESE,
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
JOEL ANDRE DE LA CRUZ CANELO
ALCALDE
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