lunes, 22 de enero de 2024

Municipalidad Distrital de El Carmen ACUERDO DE CONCEJO

 

Municipalidad Distrital de El Carmen

      ACUERDO DE CONCEJO N° 082 - 2023-MDDEC

 El Carmen, 27 de Diciembre del 2023.

VISTO:

En sesión ordinaria de concejo de fecha 27 de diciembre del presente año 2023 el INFORME N° 118-2023-JR-MDDEC.

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el numeral 4) del Artículo 195º y el Artículo 74º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones y tasas o exoneran de éstas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley.

Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, en su Artículo 195º establece que las municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas, así como crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales;

Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; y, asimismo en su Artículo 40°, dispone que “Mediante ordenanza, se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley. Las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia”;

Que, el Artículo 68°, literal a), del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que las municipalidades podrán imponer tasas por servicios públicos o arbitrios, definiéndolas como aquellas que se pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio público individualizado en el contribuyente;

Que, el Artículo 69° del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF señala que la determinación de las tasas por servicios públicos o arbitrios deberán sujetarse a los criterios de racionalidad que permitan determinar el cobro exigido por el servicio prestado, basado en el costo que demanda el servicio y su mantenimiento, así como el beneficio individual prestado de manera real y/o potencial. Asimismo, señala que, para la distribución del costo entre los contribuyentes de una municipalidad, se deberán utilizar -dependiendo del servicio involucrado- entre otros criterios que resulten válidos para la distribución: el uso, tamaño y ubicación del predio del contribuyente;

Que, asimismo, el Artículo 69-A de la precitada norma indica que las Ordenanzas que aprueben el monto de las tasas por arbitrios, explicando los costos efectivos que demanda el servicio según el número de contribuyentes, así como los criterios que justifiquen incrementos, de ser el caso, deberán ser publicadas hasta el 31 de diciembre del ejercicio fiscal anterior al de su aplicación;

Que, la Municipalidad de El Carmen para efectos de la elaboración de la presente ordenanza, ha considerado lo establecido por la Ley de Tributación Municipal y demás normas conexas, lo señalado por el Tribunal Constitucional en sus pronunciamientos emitidos sobre los Expedientes N°. 0041-2004-AI/TC (14 MAR 2005), 0053-2004-PI/TC (17AGO 2005) y 0018-2005-PI/TC (19 JUL 2006), así como las recomendaciones vertidas en la Resolución Defensorial N.º 0044-2006/DP, que aprueba el Informe Defensorial N.º 106, emitido por la Defensoría del Pueblo publicado en el Diario Oficial El Peruano de fecha 03 de octubre del 2006; y lo señalado por el Tribunal Fiscal en su Resolución N.º 03264-2-2007, precedente de observancia obligatoria;

Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6 del artículo 20 de la Ley Orgánica de Municipalidades N.º 27972; y, con voto unánime de los miembros de Concejo Municipal.

SE RESUELVE: 

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR la ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MARCO LEGAL PARA EL REGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DEL DISTRITO DE EL CARMEN PARA EL EJERCICIO 2024.

ARTÍCULO SEGUNDO. – ENCARGAR al área de Secretaría General de la Municipalidad Distrital de El Carmen NOTIFICAR el presente Acuerdo a las dependencias municipales competentes, para su conocimiento, cumplimiento y fines legales correspondientes.

ARTICULO TERCERO: DISPONER la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Portal Institucional, Portal de Transparencia y Portal del Gobierno Digital de la Municipalidad Distrital de el Carmen.

                REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUPLASE Y ARCHIVESE

LIZ ROSARIO HURTADO HUERTA

ALCALDESA

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