MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE PISCO
ORDENANZA
N° 012-2023-MPP
Pisco, 31 de octubre del 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO
POR CUANTO:
En la Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha
31 de Octubre del año 2023, se trató
como segundo punto de la estación Despacho, el Oficio N°500-2023-MDP/ALC,
registrado con Exp. Adm. N°22176 de fecha 03 de octubre de 2023, promovido por
el señor Omar Eladio Bohórquez Huertas, Alcalde de la Municipalidad Distrital
de Paracas, donde solicita la modificatoria de la Ordenanza N° 005-2012-MPP –
ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO DE RATIFICACIÓN DE ORDENANZAS
TRIBUTARIAS DISTRITALES PARA LA PROVINCIA DE PISCO, de fecha 17 de febrero de
2022, en su artículo 4° Cronograma para la presentación de las Solicitudes de
Ratificación;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 194° de
la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley N° 30305 “Ley de
régimen Constitucional”, precisa que las Municipalidades Provinciales y
Distritales son órganos de gobierno local tienen autonomía política, económica
y administrativa en asuntos de su competencia, concordante con el Artículo II
del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, que
establece que la autonomía que la Constitución Política establece para las
municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno
administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, la autonomía antes indicada y las funciones de
Gobierno de las Municipalidades son ejercidas por los Concejos Municipales a
través de la aprobación de la Ordenanza y Acuerdos, de conformidad a lo
estipulado en el Artículo 39° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de
Municipalidades, lo cual guarda correspondencia con lo establecido en el
Artículo 200° numeral 4) de la Constitución Política del Perú, que otorga el
rango de Ley a las Ordenanzas Municipales;
Que, la Ordenanza N° 005-2012-MPP – ORDENANZA QUE
APRUEBA EL PROCEDIMIENTO DE RATIFICACIÓN DE ORDENANZAS TRIBUTARIAS DISTRITALES
PARA LA PROVINCIA DE PISCO;
Que, en el
artículo 4°: Cronograma para la presentación de las Solicitudes de
Ratificación.- La presentación de las solicitudes de ratificación deberá
efectuarse ante la Mesa de Parte de la MPP. La presentación de las referidas
solicitudes se sujetará al siguiente cronograma:
Plazo de presentación Tipo de Tributo
a) Hasta
el último día hábil del mes de julio del año Ordenanzas
sobre Derechos de Tramitación de procedimientos en exclusividad contenidos en
los TUPA municipales.
b) Hasta
el último día hábil del mes de octubre del año Ordenanzas
que establezcan Arbitrios aplicables a partir del ejercicio siguiente.
c) Hasta
el último día hábil del mes de noviembre del año Ordenanza que aprueban derechos de emisión mecanizada
aplicables a partir de ejercicio siguiente.
a) …………………………………………. ……………………………………………………………………………………..
b) Hasta
el último día hábil del mes de noviembre del año Ordenanzas que establezcan Arbitrios aplicables a partir
del ejercicio siguiente.
c) …………………………………………… ………………………………………………………………………………………
Por tales consideraciones y al amparo de lo dispuesto
en el numeral 8) y 9) del artículo 9° y artículo 40° de la Ley N° 27972 – Ley
Orgánica de Municipalidades, contando con el voto de UNANIMIDAD, del Concejo
Municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, el
Pleno del Concejo Municipal aprueba la:
ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 4° DE LA ORDENANZA
N°005-2012-MPP SOBRE CRONOGRAMA PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE
RATIFICACIÓN
ARTÍCULO PRIMERO: MODIFICAR, el artículo 4° de la
ORDENANZA N°005-
2012-MPP, inciso b) sobre el Cronograma para la
Presentación de solicitudes de Ratificación de las Ordenanzas que establezcan
Arbitrios aplicables, a partir del ejercicio siguiente, inciso b) hasta el
último día hábil del mes de noviembre del año.
ARTÍCULO SEGUNDO: VIGENCIA, El periodo de vigencia de
la presente Ordenanza será desde el día siguiente de su publicación.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
PEDRO
EDGAR FUENTES HERNANDEZ
ALCALDE
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