jueves, 2 de noviembre de 2023

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANDRES ORDENANZA

 

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANDRES

   ORDENANZA N° 012-2023-MDSA

                                                                                             

San Andrés, 20 de octubre del 2023

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANDRES

POR CUANTO:

El Concejo Municipal del Distrito de San Andrés en Sesión Ordinaria de fecha 19 de Octubre del 2023, con el voto aprobatorio de los Regidores Distritales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades y el Reglamento Interno del Concejo, y;

VISTO:

El Informe N° 972-2023-GPP/MDSA emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 641-2023-GAJ/MDSA emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, y;

Que, de conformidad con el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, las municipalidades son órganos de Gobierno Local, tienen Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia.

Que, la Ley 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y sus modificatorias, establece que el proceso de modernización de la Gestión del Estado tiene como finalidad fundamental, la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; con el objeto de alcanzar un Estado, entre otros, al servicio de la ciudadanía y transparente gestión;

Que, mediante Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, se aprueban los “Lineamientos de Organización del Estado”, y modificatorias, con el objeto de regular los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las Entidades del Estado. El numeral 7.2 del artículo 7 establece que “En el Reglamento de Organización y Funciones se desarrolla la estructura orgánica de la entidad y se representa en el organigrama”;

Que, asimismo, el artículo 45 del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM establece que la aprobación del ROF de las entidades se realizara mediante ordenanza municipal. De hecho, según el numeral 3 del artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local;

Que, de acuerdo a lo regulado por el artículo 46° de los Lineamientos de Organización del Estado, “46.1 Se requiere la aprobación o modificación de un ROF, según corresponda, en los siguientes supuestos: (…) b. Por modificación parcial Este supuesto se da por la reasignación o modificación de funciones entre las unidades de la organización. En este supuesto, el informe técnico para justificar el ROF contiene las secciones 1 y 2 a las que se refiere el artículo 47. (…)”

Que, mediante Ordenanza N° 014-2020, de fecha 30 de Diciembre del 2020, se aprobó la Estructura, Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Andrés.

Que, en ese sentido la propuesta de modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) se sustenta en el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, que aprueba Lineamientos de Organización del Estado, amparado en la Ley N° 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado, que declara al Estado en un proceso de Modernización con la finalidad de mejorar la Gestión Pública y establece que las normas referidas a Organización del Estado requieren opinión técnica previa. De acuerdo con ello, se sustenta que la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de esta Municipalidad va en concordancia con el literal b) del artículo 46° Aprobación o Modificación del ROF y el artículo 47° “Informe Técnico”, referidos  a la Sección 1 Justificación de la necesidad y la Sección 2 a. Justificación de la estructura orgánica propuesta en todos sus niveles organizacionales, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6 y 16; b. Identificación y justificación técnica y legal de las funciones sustantivas asignadas a los órganos de la entidad; y c. Análisis de no duplicidad de funciones;

Que, mediante Informe N° 972-2023-GPP/MDSA de fecha 14 de Septiembre del 2023, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto propone la modificación parcial del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad, en aplicación del literal b) del numeral 46.1 del artículo 46° de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y modificatorias.

Que, mediante el Informe N° 641-2023-GAJ/MDSA de fecha 29 de Septiembre del 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica valida la legalidad de las funciones asignadas a las unidades de organización de la entidad y opina por la procedencia de la emisión de la ordenanza que modifica la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de San Andrés toda vez que, la propuesta se encuentra dentro del marco legal vigente propuesto por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto.

Estando lo expuesto, de conformidad con el Informe N° 641-2023-GAJ/MDSA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N° 972-2023-GPP/MDSA de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y estando los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9°, numeral 8) y artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal, dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se APROBO POR UNANIMIDAD la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACION PARCIAL DEL REGLAMENTO DE ORGANZIACION Y FUNCIONES – ROF DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANDRES

ARTICULO 1.- APROBAR la Modificación Parcial del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) (Anexo I) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de San Andrés (Anexo II), que forman parte integrante de la presente Ordenanza; conforme los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente y a lo señalado en el Informe N° 972-2023-GPP/MDSA de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto.

 ARTICULO 2.- DEJAR SIN EFECTO el Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Ordenanza 014-2020, de fecha 30 de Diciembre del 2020.

ARTICULO 3. - ENCARGAR a la Gerencia Municipal, así como a las dependencias competentes, el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza, con sujeción a la normatividad vigente de la materia.

ARTICULO 4. - ENCARGAR a la secretaria general la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano  en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Andrés.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

Joel Andre De la Cruz Canelo

ALCALDE

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