MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANDRES
ORDENANZA N°
012-2023-MDSA
San Andrés, 20 de octubre del 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN
ANDRES
POR CUANTO:
El Concejo Municipal del Distrito de San Andrés en
Sesión Ordinaria de fecha 19 de Octubre del 2023, con el voto aprobatorio de
los Regidores Distritales y en uso de las facultades conferidas por la Ley
Orgánica de Municipalidades y el Reglamento Interno del Concejo, y;
VISTO:
El Informe N° 972-2023-GPP/MDSA emitido por la
Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 641-2023-GAJ/MDSA emitido
por la Gerencia de Asesoría Jurídica, y;
Que, de conformidad con el Artículo 194° de la
Constitución Política del Perú, las municipalidades son órganos de Gobierno
Local, tienen Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de
su competencia.
Que, la Ley 27658, Ley Marco de Modernización de la
Gestión del Estado y sus modificatorias, establece que el proceso de
modernización de la Gestión del Estado tiene como finalidad fundamental, la
obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que
se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso
de los recursos públicos; con el objeto de alcanzar un Estado, entre otros, al
servicio de la ciudadanía y transparente gestión;
Que, mediante Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, se
aprueban los “Lineamientos de Organización del Estado”, y modificatorias, con
el objeto de regular los principios, criterios y reglas que definen el diseño,
estructura, organización y funcionamiento de las Entidades del Estado. El
numeral 7.2 del artículo 7 establece que “En el Reglamento de Organización y
Funciones se desarrolla la estructura orgánica de la entidad y se representa en
el organigrama”;
Que, asimismo, el artículo 45 del Decreto Supremo N°
054-2018-PCM establece que la aprobación del ROF de las entidades se realizara
mediante ordenanza municipal. De hecho, según el numeral 3 del artículo 9 de la
Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde al Concejo Municipal aprobar el
régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local;
Que, de acuerdo a lo regulado por el artículo 46° de
los Lineamientos de Organización del Estado, “46.1 Se requiere la aprobación o
modificación de un ROF, según corresponda, en los siguientes supuestos: (…) b.
Por modificación parcial Este supuesto se da por la reasignación o modificación
de funciones entre las unidades de la organización. En este supuesto, el
informe técnico para justificar el ROF contiene las secciones 1 y 2 a las que
se refiere el artículo 47. (…)”
Que, mediante Ordenanza N° 014-2020, de fecha 30 de
Diciembre del 2020, se aprobó la Estructura, Reglamento de Organización y
Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Andrés.
Que, en ese sentido la propuesta de modificación del
Reglamento de Organización y Funciones (ROF) se sustenta en el Decreto Supremo
N° 054-2018-PCM, que aprueba Lineamientos de Organización del Estado, amparado
en la Ley N° 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado, que
declara al Estado en un proceso de Modernización con la finalidad de mejorar la
Gestión Pública y establece que las normas referidas a Organización del Estado
requieren opinión técnica previa. De acuerdo con ello, se sustenta que la
modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de esta
Municipalidad va en concordancia con el literal b) del artículo 46° Aprobación
o Modificación del ROF y el artículo 47° “Informe Técnico”, referidos a la Sección 1 Justificación de la necesidad
y la Sección 2 a. Justificación de la estructura orgánica propuesta en todos
sus niveles organizacionales, de conformidad con lo dispuesto en los artículos
6 y 16; b. Identificación y justificación técnica y legal de las funciones
sustantivas asignadas a los órganos de la entidad; y c. Análisis de no
duplicidad de funciones;
Que, mediante Informe N° 972-2023-GPP/MDSA de fecha
14 de Septiembre del 2023, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto propone la
modificación parcial del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la
Municipalidad, en aplicación del literal b) del numeral 46.1 del artículo 46°
de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado por Decreto Supremo N°
054-2018-PCM y modificatorias.
Que, mediante el Informe N° 641-2023-GAJ/MDSA de
fecha 29 de Septiembre del 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica valida la
legalidad de las funciones asignadas a las unidades de organización de la
entidad y opina por la procedencia de la emisión de la ordenanza que modifica
la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de San Andrés toda vez
que, la propuesta se encuentra dentro del marco legal vigente propuesto por la
Gerencia de Planeamiento y Presupuesto.
Estando lo expuesto, de conformidad con el Informe N°
641-2023-GAJ/MDSA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N°
972-2023-GPP/MDSA de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y estando los
fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9°,
numeral 8) y artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
el Concejo Municipal, dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se
APROBO POR UNANIMIDAD la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACION PARCIAL DEL
REGLAMENTO DE ORGANZIACION Y FUNCIONES – ROF DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
SAN ANDRES
ARTICULO 1.- APROBAR la Modificación Parcial del
Reglamento de Organización y Funciones (ROF) (Anexo I) y la Estructura Orgánica
de la Municipalidad Distrital de San Andrés (Anexo II), que forman parte
integrante de la presente Ordenanza; conforme los fundamentos expuestos en la
parte considerativa de la presente y a lo señalado en el Informe N°
972-2023-GPP/MDSA de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto.
ARTICULO 2.- DEJAR SIN EFECTO el Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Ordenanza 014-2020, de fecha 30 de Diciembre del 2020.
ARTICULO 3. - ENCARGAR a la Gerencia Municipal, así
como a las dependencias competentes, el estricto cumplimiento de la presente
Ordenanza, con sujeción a la normatividad vigente de la materia.
ARTICULO 4. - ENCARGAR a la secretaria general la
publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe)
y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Andrés.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
Joel Andre De la Cruz Canelo
ALCALDE
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