lunes, 3 de julio de 2023

ONPE: Hoy vence el plazo para que 200 organizaciones políticas presenten Información Financiera Anual 2022

 

Están obligados 12 partidos, 187 movimientos regionales y una alianza electoral


 La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) re-cuerda que hoy, lunes 3 de julio de 2023, vence el plazo para que 200 organizaciones políticas presenten sus respectivos informes financieros anuales 2022 por mandato de la Ley de Organizaciones Políticas (Ley N° 28094).

La obligación corresponde a 12 partidos políticos, 187 movimientos regionales y una alianza electoral que en el 2022 han estado inscritos en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones. En caso de que se hubiere cancelado la inscripción de una organización política, la información económica financiera a presentarse corresponderá al periodo de los meses en que estuvo vigente su inscripción.

La ONPE precisa que el informe financiero anual debe comprender el Estado de Situación Financiera, con el detalle de cada una de sus cuentas; el Estado de Resultados, diferenciando las fuentes de financiamiento privadas y públicas;  notas a los estados financieros y la información complementaria por el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2022.

La información financiera debe ser presentada en la mesa de partes de una Oficina Regional de Coordinación (ORC); mesa de partes de la ONPE.   

Según el aplicativo Claridad de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), hasta el 2 de junio de 2023, 16 movimientos regionales ya cumplieron con presentar la respectiva Información Financiera Anual (IFA) 2022.

El enlace para conocer en detalle la presentación de la IFA 2022 es el siguiente: https://www.web.onpe.gob.pe/claridadCiudadano2/ifa

Tras recibir la IFA de las organizaciones políticas, la ON-PE procederá a realizar la respectiva verificación y control de la información presentada por mandato de la Ley de Organizaciones Políticas. La no presentación de la IFA constituye infracción muy grave, sancionada con una multa no menor de 31 ni mayor de 100 UIT y la pérdida del financia-miento público directo, según lo establece el Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios.

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