Municipalidad
Provincial de Chincha
DECRETO DE ALCALDÍA N° 006-2023-MPCH
Chincha Alta, 13
de julio de 2023
EL ALCALDE DE LA
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo
194 de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de
la Ley N° 30305 señala que, las municipalidades provinciales y distritales son
órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo
VIII, de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que, los
gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera
general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las
actividades y funcionamiento del Sector Público; así como a las normas técnicas
referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos
del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio;
Que, en el
artículo 8° del Decreto Ley N° 11323, de fecha 31 de marzo de 1950, se adoptara
las siguientes denominaciones como léxico oficial para las enseñas de la
Nación; (…) Bandera Nacional para izar, de forma rectangular, con los colores
nacionales, sin escudo de armas, de uso obligatorio en los edificios, casas, fabricas,
campamentos, barcos, etc., de propiedad particular, en los días de fiestas
patrias o cuando se ordene por Ley o Decreto especial;
Que, el segundo
párrafo del artículo 39 de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades,
establece que, el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas
en la presente ley mediante decretos de alcaldía y el artículo 42 de la Ley N°
27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que, los decretos de alcaldía
establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan
los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración
municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el
vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal;
Que, el próximo
28 de julio se celebra el 202° Aniversario de la Proclamación de la
Independencia del Perú, siendo oportuno resaltar los acontecimientos históricos
para fortalecer y reafirmar nuestra conciencia cívica, fomentando a los vecinos
de nuestra jurisdicción, la realización de actividades simbólicas tradicionales
como el embanderamiento general de las viviendas, instituciones públicas y
privadas y locales comerciales en la ciudad;
En uso de las
atribuciones conferidas en el numeral 6 del artículo 20 y el artículo 42 de la
Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo
Primero.- DISPONER el Embanderamiento General de las viviendas, instituciones
públicas y privadas y locales comerciales de la jurisdicción del distrito de
Chincha Alta, a partir del 15 de julio al 31 de julio de 2023, con motivo de la
Celebración del 202° Aniversario de la Proclamación de la Independencia del
Perú.
Artículo
Segundo.- CONSIDERAR, que de conformidad con lo señalado en el artículo 8° del
Decreto Ley N° 11323, de fecha 31 de marzo de 1950, es obligatorio el uso de la
Bandera Nacional para izar, de forma rectangular, con los colores nacionales,
sin escudo de armas; encontrándose reservando el Pabellón Nacional (con el
Escudo Nacional al centro) para uso de los edificios del Estado.
Artículo
Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios al Ciudadano y la Sub-Gerencia de
Seguridad Ciudadana y Policía Municipal, el cumplimiento del presente Decreto
de Alcaldía, a la Gerencia de Secretaría General su publicación en el Diario de
circulación local y a la Gerencia de Sistemas y Procesos su difusión en el
Portal Web www.munichincha.gob.pe.
Regístrese,
comuníquese, publíquese y cúmplase.
Ing. César Antonio Carranza Falla
Alcalde
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