martes, 6 de junio de 2023

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE ACUERDO DE CONCEJO

 

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE

 ACUERDO DE CONCEJO Nº003-2023-MDS

Sunampe 13, de Abril del 2023

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE

POR CUANTO:

El pleno de concejo Municipal Distrital de Sunampe en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 13 de abril del 2023, para tratar sobre la suscripción de convenio entre la Municipalidad Distrital de Sunampe y el Programa de Empleo Temporal “LURAWI PERU”

VISTO:

El Informe Nº345-2023-GDUO/MDS de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras, Informe Nº0315-2023-MDS/GM para tratar la autorización al Alcalde para la suscripción de convenio entre la Municipalidad Distrital de Sunampe y el Programa de Empleo Temporal “LURAWI PERU”

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú Modificado por el artículo único de la ley de reforma constitucional-Ley 30305, establece que las municipalidades son órganos de Gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades-Ley N° 27972; y que de dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico:

Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley N°27972-Ley Orgánica de Municipalidades, establece que la autonomía de la constitución política del Perú establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

Que, el artículo 41° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, modificado por la Ley N° 31433, establece “los acuerdos son decisiones que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Los acuerdos aprobados, cuando así lo requieran incluyen un plan de implementación que establezca las acciones a realizar, señalando metas, plazos y financiamiento según corresponda”.

Que, de acuerdo a lo señalado en el numeral 3) del articulo 20° de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, modificado por la Ley N° 31433, establece que es atribución del alcalde “ejecutar, bajo responsabilidad, los acuerdos de concejo municipal de conformidad con su plan de implementación”;

Que, el numeral 26) del articulo 9° de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que es una atribución del concejo municipal el de “aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional e internacional y convenios interinstitucionales”;

Que, el numeral 88.1) del articulo 88° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que “las entidades están facultadas para dar estabilidad a la colaboración interinstitucional mediante conferencias entre entidades vinculadas, convenios de colaboración u otros medios legalmente admisibles”; asimismo, el numeral 88.3) de la referida norma precisa que “por convenios de colaboración, las entidades a través de sus representantes autorizados, celebran dentro de la ley acuerdos en el ámbito de su respectiva competencia, de naturaleza obligatoria para las partes y con clausula expresa de libre adhesión y separación ”

Que, la suscripción del CONVENIO PARA LA EJECUCIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE INTERVENCIÓN INMEDIATA: LIMPIEZA, MANTENIMIENTO Y DESCOLMATACION DEL CAUCE DEL CANAL DE RIEGO EN EL CENTRO POBLADO DE MINA DE ORO, DISTRITO DE SUNAMPE - PROVINCIA DE CHINCHA - DEPARTAMENTO DE ICA, ENTRE EL PROGRAMA DE EMPLEO TEMPORAL “LURAWI PERU” Y LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE, tiene como objeto generar empleo temporal destinado a la población en edad de trabajar a partir de 18 años, que se encuentre en situación de pobreza, pobreza extrema, o afectada parcial o íntegramente por emergencias o desastres naturales;

Que, en Sesión Extraordinaria de concejo Municipal Nº05 de fecha 13 de Abril del 2023, el pleno de Concejo Municipal aprobó por Unanimidad la celebración de convenio de ejecución de las actividades de intervención inmediata entre el programa de empleo temporal “Lurawi Perú” y la Municipalidad Distrital de Sunampe y; autorizar al señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Sunampe, Jesús Rojas Valerio, identificado con DNI N° 21847818, para que en representación de esta entidad edil, suscriba el referido convenio;

ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LA LEY N°27972, LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES, CONTANDO CON EL VOTO UNÁNIME DE LOS SEÑORES REGIDORES Y CON LA DISPENSA DEL TRAMITE DE LA LECTURA Y APROBACION DEL ACTA, EL PLENO DEL CONCEJO MUNICIPAL, APRUEBA POR UNANIMIDAD LO SIGUIENTE:

SE ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO. – APROBAR, la celebración del CONVENIO PARA LA EJECUCIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE INTERVENCIÓN INMEDIATA:

LIMPIEZA, MANTENIMIENTO Y DESCOLMATACION DEL CAUCE DEL CANAL DE RIEGO EN EL CENTRO POBLADO DE MINA DE ORO, DISTRITO DE SUNAMPE –

PROVINCIA DE CHINCHA - DEPARTAMENTO DE ICA ENTRE EL PROGRAMA DE EMPLEO TEMPORAL “LURAWI PERU” Y LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE

ARTÍCULO SEGUNDO. – AUTORIZAR, al señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Sunampe, JESÚS ROJAS VALERIO, identificado con DNI N° 21847818, para que en representación de esta entidad edil, suscriba EL CONVENIO DE EJECUCIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE INTERVENCIÓN INMEDIATA ENTRE EL PROGRAMA DE EMPLEO TEMPORAL “LURAWI PERÚ” Y LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE, en el marco de sus competencias, atribuciones y funciones.

ARTÍCULO TERCERO. - ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General la notificación del presente Acuerdo de Concejo Municipal a quien corresponda y con las formalidades de ley

POR TANTO:

REGISTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.

JESUS ROJAS VALERIO

ALCALDE

0 comentarios:

Publicar un comentario

Con la tecnología de Blogger.