sábado, 17 de junio de 2023

Ciudadanos podrán emitir opinión sobre el Proyecto de Reglamento de la Ley de empadronamiento y amnistía por tenencia de arma de uso civil

 



Tendrán un plazo de 10 días, para enviar sus sugerencias y recomendaciones al correo coordina-ción.gamac@sucamec.gob.pe.

El Ministerio del Interior a través de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Sucamec), invitó a las entidades públicas y privadas y a la ciudadanía en general a presentar sus opiniones, sugerencias y recomendaciones al proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N.° 31694, Ley que establece el empadronamiento y amnistía por tenencia de armas de fuego de uso civil; con el fin fortalecer la normativa, que permitirá potenciar el control de armas de fuego que actualmente tiene a su cargo dicha entidad.

Durante los próximos diez (10) días calendario contados desde el día siguiente de la publicación de la Resolución Ministerial N° 0753-2023-IN, en el Diario El Peruano, el pasado 15 de junio de 2023, la Sucamec recepcionará todas las opiniones y sugerencias en el correo electrónico coordina-ción.gamac@sucamec.gob.pe; y cumplido el plazo, serán procesadas y sistematizadas por nuestra Gerencia de Armas, Municiones y Artículos Conexos.

Al respecto, el Superintendente Nacional de la Sucamec, General PNP (r) Teófilo Mariño Cahuana, resaltó que estas acciones contribuyen a llevar de manera eficiente este importante proceso de amnistía, lo cual permitirá contar con un procedimiento ordenado de empadronamiento a quienes tengan armas de fuego que no estén registradas, no tengan tarjeta de propiedad, o cuya licencia de uso y porte se encuentren vencidas.

En la actualidad, se estima que en el país existen más de 70 000 armas de fuego con licencia de uso en situación vencida, esto implica que posterior a los 90 días al vencimiento de la referida licencia, la posesión de estas armas deviene en ilegal y, correspondería, que los poseedores inmediatos internarlas  en los alma-cenes de la Sucamec.

En esa línea, Mariño Cahuana, afirmó que al permitir el empadronamiento y su posterior regularización de las armas de fuego en situación irregular, se evitará que las mismas sean desviadas al mercado ilegal, tras señalar que el Reglamento se encuentra expedito para su aprobación.

Explicó, que el solo hecho de reforzar el control sobre aquellas armas que no se encuentren registradas en la Sucamec, implica generar la trazabilidad del arma, a fin de conocer en donde se encuentra y quien es su poseedor inmediato; y, por tanto, responsable del uso adecuado en un contexto civil.

 Asimismo, señaló,  que es necesario considerar aquellas armas de fuego que no cuentan con ningún tipo de registro en el Sistema de Información de la Sucamec, Policía Nacional del Perú y Fuerzas Armadas; ya que esto constituye como cifra oscura.

Cuando sea aprobado el Reglamento de la Ley N° 31694, las armas de fuego de quienes participen en el proceso de empadronamiento deberán ser depositadas en los almacenes a cargo de la Sucamec, hasta que el propietario regularice su situación y cuente con la licencia de uso de armas de fuego, así como con la respectiva tarjeta de propiedad a su nombre.

Esta norma, señala que las entidades públicas deben disponer la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el medio oficial, en sus portales electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, permitiendo que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas.

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