jueves, 11 de mayo de 2023

Municipalidad Provincial de Pisco ORDENANZA N° 006

 

 

Municipalidad Provincial de Pisco

ORDENANZA N° 006-2023-MPP-ALC

Pisco ,14 de abril del 2023

POR CUANTO:

El Concejo Provincial de Pisco, en sesión Ordinaria de Concejo de fecha 14 de abril del 2023, sobre la modificación del sentido del tráfico de tránsito vehicular en la Calle Demetrio Miranda y Calle José Balta, solicitado por los moradores del sector de Pisco Playa representado por el señor Armando Ramos Meneses, y visto el Informe N°489-2023-MPP-GDUT; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305, señala que las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el cual indica que la autonomía que la Constitución Política establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el inciso 5, del artículo 195° de la referida norma, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Ley N°27680, establece que los gobiernos locales son competentes para organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad;

Que el artículo 17, acápite 17.1 literal a) de la Ley N°27181 – Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre señala, que las Municipalidades Provinciales en su respectiva jurisdicción y de conformidad con las leyes y los reglamentos, tienen en competencia en materia de transporte y tránsito terrestre para emitir las normas y disposiciones, así como realizar los actos necesarios para la aplicación de los reglamentos nacionales dentro de su respectivo ámbito territorial;

Que la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972 en su Artículo 41° establece que los Acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972 en su Artículo 73° en materias de competencia municipal en su numeral 2.2 preceptúa que los gobiernos locales son competentes de regular el Tránsito, circulación y transporte público;

Que, artículo 81° de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades Provinciales, en materia de tránsito, viabilidad y transporte público, ejercen las siguientes funciones 1.1. Normar, regular y planificar el transporte terrestre, fluvial y lacustre a nivel provincial. 1.2. Normar y regular el servicio público de transporte terrestre urbano e interurbano de su jurisdicción, de conformidad con las leyes y reglamentos nacionales sobre la materia;

ORDENANZA N° 006-2023-MPP-ALC 14 de abril del 2023

Que, el artículo 123°del Reglamento Nacional de Transito aprobado mediante D.S N° 016-2009-MTC establece que corresponde a la autoridad competente, determinar los sentidos de circulación de las vías públicas;

Que, mediante Informe N° 489-2023-MPP-GDUT de fecha 24 de marzo del 2023, el Gerente de Desarrollo Urbano y Transporte informa, que se debe cambiar el sentido de las calles involucradas con la finalidad de darle más fluidez de carga de vehículos y evitar el congestionamiento y la zona es altamente salitrosa y su pavimento no cuenta con base sólida y súbase como lo tiene los pavimentos flexibles está generando el deterioro con mayor rapidez, esta situación amerita tomar las recomendaciones para evitar un deterioro de la calzada;

En uso de las facultades conferidas por los Artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el visto bueno de Asesoría Legal, se aprobó por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, lo siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL CAMBIO DEL TRÁNSITO VEHICULAR DE LAS CALLE DEMETRIO MIRANDA Y LA CALLE JOSE BALTA DEL DISTRITO DE PISCO

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el cambio del sentido de fluidez de tránsito de la calle Demetrio Miranda en un solo sentido de norte hacia el sur donde inicia desde la Av. José de San Martin entrando por el lado izquierdo hasta llegar a la Av. Las Américas; la calle José Balta deben tener una sola fluidez vehicular en ambas calzadas, esto de sur a norte debe de iniciar desde la Av. Las américas hasta la Av. San Martin.

ARTÍCULO SEGUNDO.- SOLICITAR el apoyo de la Policía Nacional del Perú para el cumplimiento de la presente ordenanza, con forme en lo dispuesto por el D.S N° 016-2009-MTC.

ARTÍCULO TERCERO.- La presente Ordenanza, entra en vigencia al día siguiente de su publicación.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

PEDRO EDGAR FUENTES HERNÁNDEZ

ALCALDE

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