miércoles, 8 de febrero de 2023

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004

 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004-2023-MDGP/A

Grocio Prado, 26 de enero del 2023.

 

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO

POR CUANTO:

El Consejo Distrital de Sesión Ordinaria de la fecha 25 de enero de 2023; y:

VISTOS:

El Informe N° 002-2023-SGAT-GM-MDGP de fecha 09 de enero del 2023, emitido por la Sub Gerencia de Administración Tributaria, remite la propuesta del Proyecto de ordenanza municipal que aprueba los arbitrios municipales de limpieza pública (barrido de calles y recolección de residuos sólidos), parques y jardines y serenazgo, para el ejercicio fiscal 2023, reajustado al IPC”;  Memorándum N° 189-2023-MDGP/GM, emitido por la Gerencia Municipal; Opinión Legal N° 006-2023-MDGP/SGAJ, emitido por la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre el proyecto de Ordenanza  Municipal que aprueba los arbitrios municipales reajustados al IPC para el ejercicio fiscal 2023” en el distrito de Grocio Prado - Chincha; Memorándum N° 246-2023-MDGP/GM emitido por la Gerencia Municipal y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 194º y 1° de la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobiernos Locales Autonomía Política, Económica y Administrativa en los ámbitos de su competencia, además de administrar sus bienes y rentas; crear, modificar y se suprimir contribuciones, tasa, arbitrios, licencias y derechos municipales conforme a Ley; de conformidad con los artículos 74º Y 194º de la Constitución Política del Perú ;concordante con el articulo II del Título Preliminar de la ley Nº 27972,Ley Orgánica de Municipalidades  , radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el Artículo 40º de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en la materia de su competencia son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa:

Que, los numerales 1) y 2) del artículo 69º de la misma norma legal, señala que son rentas municipales: Los Tributos creados por ley a su favor, siendo estos las contribuciones , tasas, arbitrios, multas y derechos, lo cuales son creados por su Consejo Municipal y Constituyen sus ingresos propios; guardando concordancia con lo establecidos en el Artículo 70º de la Ley acotada, en el sentido que el Sistema Tributario de las Municipalidades se rige por Ley Especial y el Código Tributario en la parte pertinente;

Que, mediante el Artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF de la Constitución Política del Perú, las municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas y otorgan exoneraciones y dentro de los límites fijados por ley;

 

Que, el artículo 69-B del Decreto Supremo Nº156-2004-EF,establece que en caso que las Municipalidades no cumplan con lo dispuesto en el Articulo 69-A, en el plazo establecido por dicha norma, solo podrán determinar el importe d las tasas por servicios públicos o arbitrios, tomando como base el monto de las tasas cobradas por servicios públicos o arbitrios al 01 de enero de año fiscal anterior, reajustado con la aplicación de la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor (IPC), vigente en la Capital del departamento o en  la provincia Constitucional del Callao, correspondiente a dicho ejercicio fiscal;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 268-2022-INEI de fecha de publicación 01 de enero del 2023 el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI, al 31 de diciembre del 2022, fijo en un porcentaje (%) DE 8.46% la variación del índice de Precios al Consumidor – IPC, correspondiente al mes de Diciembre del 2022, la misma que en cumplimiento del artículo 69-B del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, deberá reajustarse a la tasas aprobadas en la Ordenanza Municipales para su vigencia en el presente año 2023;

Que, con Ordenanza Municipal Nº 019-2013-MDGP de fecha 24 de diciembre de 2013, se aprueba el Marco Legal y Disposiciones para el cálculo de los Arbitrios municipales de Limpieza Publica (Barrido de Calles y Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Jardines y Serenazgo, en el Distrito de Grocio prado- Chincha, entrando en vigencia a partir el 01 de enero de 2014 (la Estructura de Costos y Régimen Tributarios);

Que , mediante informe Nº 002-2023 -SGAT-GM-MDPN de fecha 09 de enero 2023, la Sub Gerencia de Administración  Tributaria, informa que mediante Resolución Jefatural Nº 268-2022-INEI, de fecha de publicación 01 de enero del 2023 el Instituto Nacional de Estadística e Informática- INEI, fijo en un porcentaje (%) de 8.46% la variación del índice de Precios al Consumidor – IPC, el cual deberá reajustarse a las tasas aprobadas en la Ordenanza Municipal Nº 019-2013/MDGP, de fecha 24 de diciembre de 2013, sobre los Arbitrios Municipales para su vigencia en el presente año 2023, por lo que de acuerdo al ámbito de sus atribuciones, se remite el proyecto de “Ordenanza que Aprueba los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica( Barrido de calles y Recolección de Residuos Sólidos), Parques, Jardines y Serenazgo para el Ejercicio Fiscal 2023 Reajustados al IPC”, en el Distrito de Grocio Prado- Chincha, debiendo ser puesta su aprobación ante el pleno del Concejo Municipal;

Que, con informe Legal Nº 006-2023-MDGP/SGAJ de fecha 09 de Enero 2023, la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad, es de opinión declarar VIABLE, el Proyecto “Ordenanza que Aprueba los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica( Barrido de calles y Recolección de Residuos Sólidos), Parques, Jardines y Serenazgo para el Ejercicio Fiscal 2023 Reajustados al IPC”, en el Distrito de Grocio Prado- Chincha, por lo que de acuerdo al ámbito de sus atribuciones se remite el Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica  (Barrido de calles y Recolección de Residuos Sólidos), Parques, Jardines y Serenazgo para el Ejercicio Fiscal 2023 Reajustados al IPC”, debiendo proceder la Sub Gerencia de Secretaria General con agendar la propuesta presentada, para su debate, aprobación o denegatoria ante el pleno del Consejo Municipal, de acuerdo a las atribuciones conferidas en el numeral 8), numeral 9) del artículo 9º de la Ley Nº27972,Ley Orgánica de Municipalidades;

Que en Sesión Ordinaria , de fecha 25 de enero 2023, en la estación orden del día , los integrantes del Concejo Municipal, procedieron al debate en relación al Proyecto “Ordenanza que Aprueba los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica( Barrido de calles y Recolección de Residuos Sólidos), Parques, Jardines y Serenazgo para el Ejercicio Fiscal 2023 Reajustados al IPC”, en el Distrito de Grocio Prado- Chincha, conforme el porcentaje (%) de 8.46% que se estableció y aprobó en la Resolución Jefatural Nº 268-2022 del INEI.

Estando lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 9º y artículo 40º de la ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el concejo Municipal adopto por UNANIMIDAD aprobar la siguiente:

 

ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PUBLICA (BARRIDO DE CALLES Y RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS), PARQUES, JARDINES Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023 REAJUSTADOS AL IPC, EN EL DISTRITO DE GROCIO PRADO- CHINCHA,

 

ARTICULO PRIMERO. – APLICAR para el ejercicio fiscal 2023, lo dispuesto en la Ordenanza Municipal Nº019-2013-MDPN/A, de fecha 24 de diciembre del 2013, que aprueba los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica (Barrido de Calles y Recolección de Residuos Sólidos), Parques, Jardines y Serenazgo, que entró en vigencia a partir del 01 de enero 2014.

ARTICULO SEGUNDO. – REAJUSTAR los montos de las tasas aprobadas mediante Ordenanza Municipal Nº 019- 2013-MDGP-A, para Arbitrios Municipales de Limpieza Publica (Barrido de Calles y Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Jardines y Serenazgo, de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado- Chincha, mediante la aplicación del Índice de Precios al consumidor a nivel nacional, acumulado al mes de diciembre de 2022 cuyo porcentaje (%) es de 8.46%, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 268-2022 – INEI, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 01 de enero 2023.

ARTICULO TERCERO. - FIJAR como fechas de vencimiento para el pago de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica (Barrido de Calles y Recolección de Residuos Sólidos), Parques - Jardines y Serenazgo, para el Ejercicio Fiscal 2023, de acuerdo con el cronograma siguiente:

 

                               ENERO                 28 DE ENERO DE 2023

                               FEBRERO            28 FEBRERO DE 2023

                               MARZO                               31 DE MARZO DE 2023

                               ABRIL                  28 DE ABRIL DE 2023

                               MAYO                  31 DE MAYO DE 2023

                               JUNIO                   30 DE JUNIO DE 2023

                               JULIO                   27 DE JULIO DE 2023

                               AGOSTO                              31 DE AGOSTO DE 2023

                               SETIEMBRE       29 DE SETIEMBRE DE 2023

                               OCTUBRE           31 DE OCTUBRE DE 2023

                               NOVIEMBRE     30 DE NOVIEMBRE DE 2023

                               DICIEMBRE       29 DE DICIEMBRE DE 2023

 

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Y DEROGATORIAS

 

PRIMERA. - La presente Ordenanza Municipal, entrará en vigencia a partir de la fecha, previa publicación de su texto normativo.

SEGUNDA.- PRECISAR que si algún contribuyente se sintiese afectado respecto a la información en base a la cual se han determinado y acotado los arbitrios municipales, respecto al área de terreno, ubicación del predio y/o uso efectivo, podrá modificar la información correspondiente; mediante la presentación de la Declaración Jurada respecto a los datos de Arbitrios, la misma que será objeto de fiscalización previa o posterior y surtirá efectos de comprobarse su exactitud a través de la inspección ocular que para tal efecto realice la unidad de Fiscalización Tributaria y Administrativa.

TERCERA. - DISPONER que el texto íntegro de la presente norma, sean publicados en la página web institucional de esta corporación edil.

CUARTO. - ENCARGAR a la Sub Gerencia de Administración Tributaria y la Unidad de Racionalización e Informática, el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal y a la Sub Gerencia de Secretaria General la difusión en conjunto con la Unidad de Relaciones Publicas e Imagen Institucional.

 

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

VICTOR HUGO PACHAS MORAN

ALCALDE

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