MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE GROCIO PRADO
ORDENANZA
MUNICIPAL Nº 003-2023-MDGP/A
Grocio Prado, 26
de enero 2023.
EL ALCALDE DE LA
MUNICIPALIDDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO-CHINCHA.
El Consejo
Distrital de Sesión Ordinaria de la fecha 25 de enero de 2023; y:
VISTO:
El Informe N°
004-2023-SGAT-GM-MDGP de fecha 09 de enero del 2023, emitido por la Sub
Gerencia de Administración Tributaria, remite la propuesta del Proyecto de
“Ordenanza municipal que fija el Costo por Emisión Mecanizada de declaración
jurada de Impuesto Predial y Arbitrios municipales para el ejercicio Fiscal
2023”, en el distrito de Grocio Prado - Chincha”; Memorándum N° 067-2023-MDGP/GM, emitido por
la Gerencia Municipal; Opinión Legal N° 005-2023-MDGP/SGA, emitido por la Sub
Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre el proyecto de Ordenanza municipal que
fija el Costo por Emisión Mecanizada de declaración jurada de Impuesto Predial
y Arbitrios municipales para el ejercicio Fiscal 2023”, en el Distrito de
Grocio Prado - Chincha”; Memorándum N° 243-2023-MDGP/GM emitido por la Gerencia
Municipal y;
CONSIDERANDO:
Que, de
conformidad con el artículo 194º y 1° de la Constitución Política del Perú,
reconoce a los Gobiernos Locales Autonomía Política, Económica y Administrativa
en los ámbitos de su competencia, además de administrar sus bienes y rentas;
crear, modificar y se suprimir contribuciones, tasa, arbitrios, licencias y
derechos municipales conforme a ley;
Reconociéndoseles
su competencia para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas,
arbitrios, licencias y derechos municipales conforme a la Ley, según lo
dispuesto en el artículo 195º numeral 4) de la Carta Magna; asimismo, según el
Articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº27972 Ley Orgánica de
Municipalidades, la autonomía que la Carta Magna establece para las
municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno,
administrativos y de administración , con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el numeral
8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades;
establece que es atribución del Concejo Municipal, Aprobar, Modificar o Derogar
las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos, asimismo el numeral 9) del
mismo artículo, señala que puede crear, modificar suprimir o exonerar de
contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derecho, conforme a ley;
Que, el Artículo
40º de la misma norma legal, establece que las Ordenanzas de las Municipalidades
Provinciales y Distritales, en la materia de su competencia son las normas de
carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por
medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación,
administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las
que las municipalidades tienen competencia normativa;
Mediante
ordenanzas se crean, modificar, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas
licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por
ley;
Que, la Cuarta
Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal,
aprobado mediante D.S. Nº 156-2004-EF y sus modificatorias, indica que las
municipalidades que brinden el servicio de emisión mecanizada de actualización
de valores, determinación de impuestos y de recibos de pagos correspondiente,
incluida su distribución a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dicho
servicio no más del 0.4%( S/. 19.80 soles) de la UIT (S/. 4,950.00 soles)
vigente al 1 de enero de cada ejercicio, en cuyo caso dicha valorización
sustituye la obligación de presentación de declaraciones juradas;
Que, mediante
informe Nº004-2023-SGAT-GM-MDGP, de fecha 09 de enero del 2023, la Sub Gerencia
de Administración Tributaria, ha precedido a la identificación de la estructura
de costos, la descripción de los servicios correspondientes para el ejercicio
fiscal 2023 y conforme al ámbito de sus funciones presenta el Proyecto de
“Ordenanza Municipal que fija el costo por Emisión Mecanizada de Declaración
Jurada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio Fiscal
2023”, en el Distrito d Grocio Prado- Chincha, en la cual cada contribuyente
deberá abonar una suma adecuada;
Que, con Informe
Legal Nº 005-2023-MDPN-SGAJ de fecha 11 de enero de 2023, la Sub Gerencia de
Asesoría Jurídica, opina VIABLE la propuesta
del Proyecto de “Ordenanza Municipal que fija el costo por Emisión
Mecanizada de Declaración Jurada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales
para el Ejercicio Fiscal 2023”, en el Distrito de Grocio Prado- Chincha, que
establece el monto de la tasa por Derecho de Emisión Mecanizada de
actualización de valores, determinación de tributos y su distribución a cada
domicilio Fiscal 2023”, debiendo proceder la Sub Gerencia de Secretaría General
con agendar la propuesta presentada, para su debate, aprobación o denegatoria
ante el pleno del Concejo Municipal, de acuerdo a las atribuciones
conferidas en los numerales 8 y 9 ), del
artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, en Sesión
Ordinaria, de fecha 25 de enero 2023, en la estación Orden del Dia, los
integrantes del Consejo Municipal, procedieron al debate en relación al
“Proyecto de Ordenanza Municipal que establece el monto de la tasa por Derecho
de Emisión Mecanizada de actualización de valores, determinación de tributos y
su distribución a cada domicilio fiscal de los contribuyentes del Impuesto
predial y arbitrios Municipales, para el Ejercicio Fiscal 2023;
Estando lo
expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas en los numerales 8) y 9) del
artículo 9º y artículo 40º de la Ley 27972- Ley Orgánica de Municipalidades,
con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el consejo
Municipal adopto por UNANIMIDAD aprobar lo siguiente:
ORDENANZA
MUNICIPAL QUE FIJA EL COSTO POR EMISION MECANIZADA DE DECLARACION JURADA DEL
IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023, EN EL
DISTRITO DE GROCIO PRADO- CHINCHA
ARTICULO
SEGUNDO. - FIJAR en S/. 5.00 (cinco con 00/100 soles), el monto que deberán
abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emisión mecanizada de
actualización de valores, determinación del impuesto y distribución de la
Declaración Jurada del Impuesto Predial del Ejercicio Fiscal 2023, por cada
Formato de Declaración Jurada (HR, PU o PR). El derecho de emisión, se
cancelará conjuntamente con el pago total del Impuesto Predial o con la primera
cuota en el caso de pago fraccionado.
ARTICULO
TERCERO. - ESTABLECER en 0.6% (S/.29.70 soles) de la UIT vigente al 01 enero
del año 2023, el monto mínimo a pagar por el Impuesto Predial correspondiente
al Ejercicio Fiscal 2023.
ARTICULO CUARTO.
- FACULTAR al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, para que
mediante Decreto de Alcaldía, se dicten las normas complementarias necesarias,
a fin de que los contribuyentes cumplan con el pago de las obligaciones
tributarias correspondientes al Ejercicio Fiscal 2023.
REGÍSTRESE,
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
VICTOR HUGO PACHAS MORAN
ALCALDE
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