miércoles, 8 de febrero de 2023

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003

 

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003-2023-MDGP/A

Grocio Prado, 26 de enero 2023.

 

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO-CHINCHA.

El Consejo Distrital de Sesión Ordinaria de la fecha 25 de enero de 2023; y:

VISTO:

El Informe N° 004-2023-SGAT-GM-MDGP de fecha 09 de enero del 2023, emitido por la Sub Gerencia de Administración Tributaria, remite la propuesta del Proyecto de “Ordenanza municipal que fija el Costo por Emisión Mecanizada de declaración jurada de Impuesto Predial y Arbitrios municipales para el ejercicio Fiscal 2023”, en el distrito de Grocio Prado - Chincha”;  Memorándum N° 067-2023-MDGP/GM, emitido por la Gerencia Municipal; Opinión Legal N° 005-2023-MDGP/SGA, emitido por la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre el proyecto de Ordenanza municipal que fija el Costo por Emisión Mecanizada de declaración jurada de Impuesto Predial y Arbitrios municipales para el ejercicio Fiscal 2023”, en el Distrito de Grocio Prado - Chincha”; Memorándum N° 243-2023-MDGP/GM emitido por la Gerencia Municipal y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 194º y 1° de la Constitución Política del Perú, reconoce a los Gobiernos Locales Autonomía Política, Económica y Administrativa en los ámbitos de su competencia, además de administrar sus bienes y rentas; crear, modificar y se suprimir contribuciones, tasa, arbitrios, licencias y derechos municipales conforme a ley;

Reconociéndoseles su competencia para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales conforme a la Ley, según lo dispuesto en el artículo 195º numeral 4) de la Carta Magna; asimismo, según el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº27972 Ley Orgánica de Municipalidades, la autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración , con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; establece que es atribución del Concejo Municipal, Aprobar, Modificar o Derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos, asimismo el numeral 9) del mismo artículo, señala que puede crear, modificar suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derecho, conforme a ley;

Que, el Artículo 40º de la misma norma legal, establece que las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en la materia de su competencia son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que las municipalidades tienen competencia normativa;

Mediante ordenanzas se crean, modificar, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley;

Que, la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante D.S. Nº 156-2004-EF y sus modificatorias, indica que las municipalidades que brinden el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y de recibos de pagos correspondiente, incluida su distribución a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dicho servicio no más del 0.4%( S/. 19.80 soles) de la UIT (S/. 4,950.00 soles) vigente al 1 de enero de cada ejercicio, en cuyo caso dicha valorización sustituye la obligación de presentación de declaraciones juradas;

Que, mediante informe Nº004-2023-SGAT-GM-MDGP, de fecha 09 de enero del 2023, la Sub Gerencia de Administración Tributaria, ha precedido a la identificación de la estructura de costos, la descripción de los servicios correspondientes para el ejercicio fiscal 2023 y conforme al ámbito de sus funciones presenta el Proyecto de “Ordenanza Municipal que fija el costo por Emisión Mecanizada de Declaración Jurada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio Fiscal 2023”, en el Distrito d Grocio Prado- Chincha, en la cual cada contribuyente deberá abonar una suma adecuada;

Que, con Informe Legal Nº 005-2023-MDPN-SGAJ de fecha 11 de enero de 2023, la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica, opina VIABLE la propuesta  del Proyecto de “Ordenanza Municipal que fija el costo por Emisión Mecanizada de Declaración Jurada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio Fiscal 2023”, en el Distrito de Grocio Prado- Chincha, que establece el monto de la tasa por Derecho de Emisión Mecanizada de actualización de valores, determinación de tributos y su distribución a cada domicilio Fiscal 2023”, debiendo proceder la Sub Gerencia de Secretaría General con agendar la propuesta presentada, para su debate, aprobación o denegatoria ante el pleno del Concejo Municipal, de acuerdo a las atribuciones conferidas  en los numerales 8 y 9 ), del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, en Sesión Ordinaria, de fecha 25 de enero 2023, en la estación Orden del Dia, los integrantes del Consejo Municipal, procedieron al debate en relación al “Proyecto de Ordenanza Municipal que establece el monto de la tasa por Derecho de Emisión Mecanizada de actualización de valores, determinación de tributos y su distribución a cada domicilio fiscal de los contribuyentes del Impuesto predial y arbitrios Municipales, para el Ejercicio Fiscal 2023;

Estando lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas en los numerales 8) y 9) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el consejo Municipal adopto por UNANIMIDAD aprobar lo siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL QUE FIJA EL COSTO POR EMISION MECANIZADA DE DECLARACION JURADA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023, EN EL DISTRITO DE GROCIO PRADO- CHINCHA

 ARTICULO PRIMERO. - DISPONER la emisión mecanizada de Actualización de Valores del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, correspondiente al ejercicio Fiscal 2023, de los predios ubicados en la jurisdicción distrital de Grocio Prado-Chincha, independientemente de la condición de inafecto o exonerado de cada contribuyente.

ARTICULO SEGUNDO. - FIJAR en S/. 5.00 (cinco con 00/100 soles), el monto que deberán abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del impuesto y distribución de la Declaración Jurada del Impuesto Predial del Ejercicio Fiscal 2023, por cada Formato de Declaración Jurada (HR, PU o PR). El derecho de emisión, se cancelará conjuntamente con el pago total del Impuesto Predial o con la primera cuota en el caso de pago fraccionado.

ARTICULO TERCERO. - ESTABLECER en 0.6% (S/.29.70 soles) de la UIT vigente al 01 enero del año 2023, el monto mínimo a pagar por el Impuesto Predial correspondiente al Ejercicio Fiscal 2023.

ARTICULO CUARTO. - FACULTAR al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, para que mediante Decreto de Alcaldía, se dicten las normas complementarias necesarias, a fin de que los contribuyentes cumplan con el pago de las obligaciones tributarias correspondientes al Ejercicio Fiscal 2023.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

VICTOR HUGO PACHAS MORAN

ALCALDE

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