A la fecha,
Indecopi aún no resuelve apelación sobre pronunciamiento a favor de empresas
que se niegan a cumplir con tal disposición normativa.
El Ministerio del Ambiente (Minam) exhorta a
las empresas que operan en el país a cumplir con sus metas anuales de
recolección de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE),
establecidas en el Decreto Supremo N° 009-2019-MINAM, mediante el cual se
aprobó el Régimen Especial de Gestión y Manejo de ese tipo de residuos
(Artículo 18).
En ese sentido,
desde el Minam alertamos sobre el accionar de un grupo de empresas que han acudido
al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la
Propiedad Intelectual (Indecopi), indicando que la exigencia de dichas metas
constituye una barrera burocrática.
Dicha entidad ha
declarado fundada tal denuncia y, en consecuencia, ha dispuesto inaplicar el
mandato de la norma vigente. Tras la apelación respectiva, el Minam está a la
espera de la decisión final.
Los RAEE poseen
componentes con sustancias peligrosas o tóxicas (compuestos halogenados, o
metales pesados) que representan un grave riesgo a la salud de las personas y
al ambiente cuando son manejados inadecuadamente. Estos componentes se
encuentran en las pantallas LCD, en los CPU, en los monitores, en las pantallas
plana, en refrigeradoras, etc.
Consecuencias de
la inaplicación del mandato de la norma vigente:
- Se pone en
riesgo y debilita la gobernanza ambiental así como el bienestar de la ciudadanía.
- Se desprotege
el derecho constitucional de gozar de un ambiente equilibrado y adecuado, lo
cual es un interés jurídico superior.
- Se dejaría de
cumplir con los principios de prevención, internalización de costos y responsabilidad
ambiental, así como con el principio de no regresión ambiental y los compromisos
asumidos por el Perú en diferentes acuerdos internacionales.
- Sería una
barrera para la adhesión del Perú a la OCDE, ya que no se adoptaría el plan de
acción para la implementación de las recomendaciones de la evaluación de
desempeño ambiental respecto a las metas de recolección de RAEE, bajo el
principio de Responsabilidad Extendida del Productor.
0 comentarios:
Publicar un comentario