jueves, 29 de diciembre de 2022

Días no laborables para el sector público en el 2023

 


 A través del Decreto Supremo 151-2022-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano se establecen los días no laborables del sector público en el 2023, fechas que serán compensables para los trabajadores del sector público, durante el año 2023 y enero del año 2024.

En el Artículo 1, indica: Declárase días no laborables, para los trabajadores del sector público, a nivel nacional, los siguientes: Lunes 2 de enero de 2023; Viernes 28 de abril de 2023; Viernes 30 de junio de 2023; Jueves 27 de julio de 2023; Lunes 9 de octubre de 2023; Jueves 7 de diciembre de 2023; Martes 26 de diciembre de 2023; y Martes 2 de enero de 2024.

También se precisa que para  fines tributarios, dichos días serán considerados hábiles.

Asimismo, las horas dejadas de laborar durante los días no laborables establecidos en el artículo primero, serán compensadas en los diez (10) días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.

Sin perjuicio de lo establecido en los artículos precedentes, los titulares de las entidades del sector público adoptarán las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la sociedad, durante los días no laborables establecidos en el presente Decreto Supremo.

Los centros de trabajo del sector privado podrán acogerse a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo, previo a-cuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar; a falta de acuerdo, decidirá el empleador.

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