lunes, 28 de noviembre de 2022

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO ORDENANZA MUNICIPAL

 

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO

             ORDENANZA MUNICIPAL Nº 007  – 2022-MDGP

Grocio Prado, 04  de noviembre del 2022

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO

POR CUANTO:

El Consejo Distrital de Sesion Ordinaria  de la fecha 31 de octubre de 2022; y :

VISTOS:

El Informe N° 664-2022-SGSCMA/MDGP  de fecha 21 de octubre de 2022, de la Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana y Medio Ambiente sobre proyecto de ordenanza de Plan de Manerjo de Resiudos Solidos, Memoramdum N° 4694-2022-MDGP/GM de la Gerencia Municipal, Opinion Legal N° 154-2022-MDGP/SGAJ de la Sub Gerencia de Asesoria Juridica,  Informe N° 112-2022-MDGP/GM  de fecha 24 de octubre de 2022 de la Gerencia Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, Leyes de Reforma Constitucional, establece que las municipalidades distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que la autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 3º de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, establece que el Estado, a través de sus entidades y órganos correspondientes, diseña y aplica las políticas, normas, instrumentos, incentivos y sanciones que sean necesarios para garantizar el efectivo ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades contenidas en dicha norma;

Que, asimismo, el artículo 9º de la citada norma, establece que la Política Nacional del Ambiente tiene por objetivo mejorar la calidad de vida de las personas, garantizando la existencia de ecosistemas saludables, viables y funcionales en el largo plazo; y el desarrollo sostenible del país, mediante la prevención, protección y recuperación del ambiente y sus componentes, la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, de una manera responsable y congruente con el respeto de los derechos fundamentales de la persona;

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1278, se aprobó la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, que a través del literal d) del artículo 7º señala que el Plan Distrital de Residuos Sólidos (PMR), es uno de los instrumentos para el uso eficiente de los materiales y gestión de los residuos sólidos;

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1278, modificado mediante Decreto Legislativo Nº 1501, se aprobó la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, señala en el literal d) del artículo 24.1), que las municipalidades distritales en materia de manejo de residuos sólidos, son competentes para aprobar y actualizar el plan distrital de manejo de residuos, para la gestión eficiente de los residuos de su jurisdicción, en concordancia con los planes provinciales y el plan nacional;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2017-MINAM, se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1278, cuyo artículo 10º establece que el Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos Municipales, es un instrumento de planificación en materia de residuos sólidos de gestión municipal, que tiene por objetivo generar las condiciones necesarias para una adecuada, eficaz y eficiente gestión y manejo de los residuos sólidos, desde la generación hasta la disposición final, el mismo que debe estar alineado al Plan Nacional de Gestión Integral de Residuos Sólidos y actualizarse cada cinco años;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 100-2019-MINAM, se aprobó la “Guía para elaborar el Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos”; a través del cual, se detallan las etapas y pasos para la elaboración del Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos, en coordinación y participación activa del Equipo Técnico Municipal y actores claves involucrados en el manejo de los residuos sólidos. Asimismo, señala que su objetivo es orientar a las municipalidades distritales en la elaboración de su Plan Distrital de Manejo de Residuos sólidos Municipales (PMR), para planificar de manera eficiente la gestión integral y manejo de los residuos sólidos;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2018-MINAM, se aprobó la reducción del plástico de un solo uso y promueve el consumo responsable del plástico en las entidades del Poder Ejecutivo;

Estando a lo dispuesto en el numeral 4) del artículo 20º y numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa de la lectura del acta se aprobó lo siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DISTRITAL DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS (PMR), DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO

ARTICULO PRIMERO.- APROBAR el Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos (PMR), de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado 2022, que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.

ARTICULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana y Medio Ambiental, efectuar las acciones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza.

ARTICULO TERCERO.- DEROGAR cualquier norma que se oponga a lo dispuesto en la presente ordenanza.

ARTICULO CUARTO.-  FACULTAR al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza.

ARTICULO QUINTO.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente norma en el diario “La Verdad del Pueblo” y en el portal web institucional: www.munigrocioprado.gob.pe.

POR TANTO:

REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

Prof. Orlando Torres Valenzuela

ALCALDE

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