jueves, 17 de noviembre de 2022

Modificación del artículo 84 de la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades

 


 Por. Oscar Velit Bailetti.

 Se modifica el artículo 84 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el que queda redactado con el siguiente texto: Artículo 84.

PROGRAMAS SOCIALES, DEFENSA Y PROMOCIÓN DE DERECHOS

Las municipalidades, en materia de programas sociales, de defensa y promoción de derechos, ejercen las siguientes funciones: Funciones específicas compartidas de las municipalidades distritales.  Difundir y promover los derechos del niño y del adolescente, de la mujer y del adulto mayor, propiciando espacios para su participación en el nivel de las instancias municipales. Promover, organizar y sostener, de acuerdo a sus posibilidades, cunas y guarderías infantiles, establecimientos de protección a los niños y a personas con impedimentos y ancianos desvalidos, así como casas de refugio. Promover la igualdad y no discriminación, así como el derecho de todas las personas a una vida libre de violencia. Formular políticas, regular, dirigir, ejecutar, promover, supervisar y controlar planes, políticas y programas locales, para sensibilizar, prevenir, detectar y atender toda forma de violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar; crear y conducir las instancias provinciales o distritales de concertación para promover la articulación y el funcionamiento del Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar en su jurisdicción; incorporar en sus planes de seguridad ciudadana acciones de prevención y lucha contra la violencia hacia la mujer e integrantes del grupo familiar, así como el monitoreo de la efectividad de tales acciones en los espacios de coordinación de los comités provinciales o distritales de seguridad ciudadana. La prevención del feminicidio incluye como una de sus medidas, la creación y gestión de hogares de refugio temporal, su implementación y garantizar infraestructura y personal adecuados, conforme a lo dispuesto por el reglamento de la Ley 30364; y otras que estén contempladas en la ley.

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