MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO - CHINCHA
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 009-2022/MDPN
Pueblo Nuevo, 31 de agosto de 2022.
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO
NUEVO - CHINCHA
POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE
PUEBLO NUEVO – CHINCHA, EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 31 DE AGOSTO DE 2022.
VISTOS:
El Informe N° 103-2022-MDPN-SGSC, de la Sub Gerencia
de Seguridad Ciudadana; el Informe N° 0784-2022/JHSR/SGIDT-MDPN, de la Sub
Gerencia de Infraestructura Territorial; el Informe N°
0266-2022-WJST-SGDEL/MDPN, de la Sub Gerencia de Desarrollo Económico Local; el
Informe N° 0432-2022/SGDS/MDPN/NELA, de la Sub Gerencia de Desarrollo Social;
el Informe N° 0190-PCJC-SGSPMA/MDPN-2022, de la Sub Gerencia de Servicios
Públicos y Medio Ambiente; el Informe Legal Nº 0133-2022-MDPN-SAJ/GHA de la
Subgerencia de Asesoría Jurídica; el Memorándum Nº 03888-2022/GM/MDPN/ECR de la
Gerencia Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme al artículo 194 de la Constitución
Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de
la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que los gobiernos
locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos
de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece
para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno,
administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el numeral 8) del artículo 9 de la Ley N° 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades y su modificatoria aprobada mediante Ley N°
31433; señala que es atribución del Concejo Municipal “Aprobar, modificar o
derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”;
Que, el artículo 40° de la misma norma legal,
establece que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales,
en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor
jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se
aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de
los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene
competencia normativa;
Que, de conformidad con el artículo 46º de la Ley
Orgánica de Municipalidades, las normas municipales son de carácter obligatorio
y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, sin perjuicio de
promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales
a que hubiere lugar. Las ordenanzas determinan el régimen de sanciones
administrativas por la infracción de sus disposiciones, estableciendo las
escalas de multas en función de la gravedad de la falta, así como la imposición
de sanciones no pecuniarias. Las sanciones que aplique la autoridad municipal
podrán ser las de multa, suspensión de autorizaciones o licencias, clausura,
decomiso, retención de productos y mobiliario, retiro de elementos
antirreglamentarios, paralización de obras, demolición, internamiento de
vehículos, inmovilización de productos y otras. A solicitud de la municipalidad
respectiva o del ejecutor coactivo correspondiente, la Policía Nacional
prestará su apoyo en el cumplimiento de las sanciones que se impongan, bajo
responsabilidad.
Que, el Capítulo III, del Título IV del Decreto
Supremo N° 004-2019-JUS, aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 -
Ley del Procedimiento Administrativo General; regulan el Procedimiento
Sancionador, disponiendo los parámetros bajo los cuales las entidades
establecen infracciones administrativas y las sanciones correspondientes. Dicho
dispositivo es de aplicación supletoria a la regulación que establezcan las
entidades y cuyo ejercicio de la potestad sancionadora corresponde a las
autoridades administrativas a quienes le hayan sido expresamente atribuidas por
disposición legal o reglamentaria, sin que pueda asumirla o delegarse en órgano
distinto;
Que, conforme a la norma citada, el procedimiento
administrativo sancionador, por el cual se impone sanciones a aquellas personas
que lesionen o vulneren las normas, ordenanzas municipales o, para el caso de
gobiernos locales, leyes que establezcan infracciones cuya sanción se encuentre
reservada a estos; debe observar el respeto irrestricto de los derechos y
garantías establecidas, para lo cual se requiere de un procedimiento
garantista, en el cual el poder jurídico que permite castigar a los
administrados, sea resultado de un procedimiento que cumpla las garantías
previstas para imposición de una sanción administrativa;
Que, el Concejo Municipal cumple su función
normativa, entre otros mecanismos, a través de las Ordenanzas Municipales, las
cuales de conformidad con lo previsto por el Artículo 200, inciso 4), de la
Constitución, tienen rango de Ley;
Que, a través de la Ordenanza Municipal Nº
009-2020/MDPN, de fecha 06 de agosto de 2020, se aprueba el Reglamento de
Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones
y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo – Chincha;
Que, mediante Ordenanza Municipal N° 013-2020/MDPN,
de fecha 23 de diciembre de 2022, se aprueba la Reestructuración del Reglamento
de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo
– Chincha, incorporándose nuevas Sub Gerencias a la estructura orgánica de la
entidad municipal y estableciendo nuevas funciones resolutivas de acuerdo al
ámbito de competencia de cada Unidad Orgánica;
Que, mediante Informe N° 103-2022-MDPN-SGSC, de fecha
01 de junio de 2022, la Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana señala que a través
de la Unidad de Fiscalización y Policía Municipal se ha venido supervisando el
cumplimiento de las Ordenanzas Municipales en el Distrito, lo que ha
permitido cumplir con la potestad sancionadora y
fiscalizadora por parte de la entidad municipal; asimismo, teniendo en
consideración la Reestructuración del Reglamento de Organización y Funciones
(ROF) de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo – Chincha y las nuevas
infracciones incorporadas en el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la
Municipalidad, resulta necesario presentar la propuesta para la modificación
parcial del artículo 5° - “Autoridad Resolutiva” del Reglamento de Aplicación
de Sanciones Administrativas (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y
Sanciones (CUIS), aprobado con Ordenanza Municipal Nº 009-2020/MDPN;
Que, la entidad municipal a través de sus Órganos de
Línea de la Sub Gerencia de Infraestructura Territorial, la Sub Gerencia de
Desarrollo Económico Local, la Sub Gerencia de Desarrollo Social y la Sub
Gerencia de Servicios Públicos y Medio Ambiente, han emitido opinión favorable
para la Modificación Parcial del Reglamento de Aplicación de Sanciones
Administrativas (R.A.S.) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones
(C.U.I.S.) de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo – Chincha;
Que, a través del Informe Legal Nº
0133-2022-MDPN-SAJ/GHA, de fecha 23 de agosto de 2022, la Subgerencia de
Asesoría Jurídica, es de opinión PROCEDENTE el Proyecto de Ordenanza Municipal
que aprueba la modificación parcial del Reglamento de Aplicación de Sanciones
Administrativas (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS),
aprobado con Ordenanza Municipal Nº 009-2020/MDPN; debiéndose remitir los
actuados a la Secretaria General a fin de cumplir con agendar la propuesta
presentada, para su debate y aprobación por parte del pleno del Concejo
Municipal, de acuerdo a las atribuciones conferidas en el numeral 8 del
artículo 9° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, a través del Memorándum Nº
03888-2022/GM/MDPN/ECR, de fecha 24 de agosto de 2022, la Gerencia Municipal
remite los actuados a la Secretaría General para su aprobación por parte del
Concejo Municipal respecto al Proyecto de Ordenanza Municipal que modifica de
manera parcial el Reglamento de Aplicación y Sanciones Administrativas (R.A.S.)
y del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (C.U.I.S.) aprobado con
Ordenanza Municipal Nº 009-2020/MDPN;
Estando a lo expuesto, en ejercicio de las facultades
conferidas por el inciso 8° del artículo 9°, el artículo 40 y 46 de la Ley N°
27972 - Ley orgánica de Municipalidades; con la dispensa del trámite de la
lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de
fecha 31 de agosto de 2022, aprobó por UNANIMIDAD de los presentes, la
siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN
PARCIAL DEL REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS (R.A.S.) Y EL
CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (C.U.I.S.) DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO – CHINCHA, APROBADO CON ORDENANZA MUNICIPAL Nº
009-2020/MDPN
Artículo Primero.- MODIFÍQUESE el artículo 5 del
REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS (R.A.S.) de la
Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo – Chincha, aprobado mediante Ordenanza
Municipal Nº 009-2020/MDPN, de conformidad con el siguiente texto:
“Artículo 5º.- ÓRGANO COMPETENTE.
[…]
Autoridad resolutiva: Según su especialidad, es la
encargada de conducir la etapa resolutiva del procedimiento sancionador ante
infracciones tipificadas en el CUIS, para lo cual evaluará las circunstancias
en las que se producen los hechos de infracción, considerando para su
determinación, dentro del debido proceso, el descargo, los medios probatorios
reunidos por la autoridad instructora, así como los argumentos jurídicos y
otros que sean parte del descargo del infractor. Resuelve los recursos
administrativos de reconsideración interpuestos contra las resoluciones que
emita y eleva a su respectivo superior jerárquico los recursos de apelación
presentados. Son autoridades resolutivas:
- Subgerencia
Infraestructura y Desarrollo Territorial.
- Subgerencia
de Servicios Públicos y Medio Ambiente.
- Subgerencia
de Seguridad Ciudadana.
- Sub
Gerencia de Desarrollo Económico Local.
- Sub
Gerencia de Desarrollo Social […]”
ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal,
Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana, Unidad de Fiscalización y Policía
Municipal y demás Unidades Orgánicas competentes, el cumplimiento de la
presente Ordenanza Municipal de acuerdo al ámbito de sus funciones.
ARTÍCULO TERCERO.- PUBLÍQUESE la presente Ordenanza
Municipal en el Diario de mayor circulación local, y en el Portal Institucional
de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo - Chincha:
http://www.munipueblonuevochincha.gob.pe, debiéndose cumplir con su difusión en
el ámbito jurisdiccional del Distrito de Pueblo Nuevo – Chincha.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Bertha Rosalyn Peña Ormeño
ALCALDESA
0 comentarios:
Publicar un comentario