Del 15 al 23 de setiembre
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) informa que, entre el 15 y 23 de setiembre, más de 17 mil contribuyentes deberán cumplir con presentar la declaración informativa de Beneficiario Final. Con esta disposición, las personas jurídicas informarán la identidad de sus beneficia-rios finales.
La declaración es 100% virtual y se realiza a través
del Formulario Virtual N.° 3800, que cuenta con una versión simplificada
disponible en la plataforma electrónica SUNAT Operaciones en Línea (SOL) que se
encuentra en su portal institucional.
En esta oportunidad, los contribuyentes que deben
presentar esta declaración son las personas jurídicas domiciliadas en el país
que, en el ejercicio 2021, registraron ingresos netos mayores a 500 UIT (S/
2.2 mi-llones) hasta 1,000 UIT (S/ 4.4 millones).
El beneficiario final es la persona natural que
posee acciones o ejerce el control de una empresa, ya sea de forma directa o
indirecta, de manera individual o conjunta con otras personas naturales o
jurídicas. En caso no sea posible identificarla ple-namente, será la persona
natural que ocupe el puesto administrativo más alto o de mayor jerarquía.
Las normas del Beneficiario Final tienen como
finalidad prevenir la evasión y la elusión tributaria, garantizar el
cumplimiento de las obligaciones de asistencia administrativa mutua en materia
tributaria –intercambio de información referida a tributos y financiera- y
cooperar en la lucha contra el lavado de activos y financia-miento del
terrorismo.
Es importante indicar que en junio último cumplieron
con presentar la declaración de Beneficiario Final las personas jurídicas
domiciliadas en el país que en el ejercicio 2021 registraron ingresos netos
mayores a 1,000 UIT (S/ 4.4 millones).
Orientación
Con el objetivo de facilitar el cumplimiento de esta
obligación, la SUNAT ha habilitado una sección en su portal institucional
para brindar información sobre la Declaración Informativa del Beneficiario
Final (https://orientacion.sunat.gob.pe/declaracion-informativa-del-beneficiario-final1).
Asimismo, brinda orientación presencial en sus
Centros de Servicios al Contribuyente, telefónica a través de su Central de
Consultas y virtual por medio de sus cuentas oficiales en redes sociales.
En caso el contribuyente obligado no cumpla con
presentar la declaración oportunamente o consigne información incorrecta, se
le aplicará una sanción proporcional a sus ingresos netos, la cual oscilará
entre 5 UIT (S/ 23,000) y 50 UIT (S/ 230,000).
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