MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO
PRADO
Grocio Prado, 01 de
Julio del 2022
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO
El Informe Nº 239-2022-URR-SGAT/MDGP de fecha 20 de junio de 2022 de la Unidad de Registro y Recaudación, Informe N° 376-2022-SGAT-MDGP de fecha 20 de Junio del 2022 de la Sub Gerencia de Administración Tributaria, Memorándum N° 2701-2022-MDGP/GM de fecha 20 de Junio del 2022; sobre prorrogar la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 002-2022-MDGP/A, que establece “Beneficios tributarios y no tributarios 2022 al os contribuyentes del Distrito de Grocio Prado”, Acuerdo N° 019-2022-MDGP de fecha 30 de junio del 2022; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo
194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 27880,
establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de
Gobierno Local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia, concordantes con el Articulo II del Título
Preliminar de la Ley Nº 27971, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, el artículo
42º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, señala que los
decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las
ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y
eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden
general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del Concejo
Municipal;
Que, el artículo
74º de la Constitución Política del Perú y la Norma IV del Título Preliminar
del Texto Único Ordenado del Código Tributario y sus modificatorias, establecen
que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir
sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro
de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley;
Que, mediante
Ordenanza Municipal Nº 002-2022-MDGP, publicado con fecha 31 de marzo de 2022,
se aprueba “Beneficios tributarios y no
tributarios 2022 a los contribuyentes del Distrito de Grocio Prado;
Que, en la
Segunda Disposiciones finales de la
citada normativa estable que la vigencia de la Presente Ordenanza tendrá
vigencia de 3 meses a partir del día siguiente de su publicación en el Diario
de Circulación Local.
Que, en la
segunda Disposición Complementaria Final de la citada normativa, se faculta al
señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas
necesarias para la adecuación aplicación de la Ordenanza; así como para
establecer su prorroga de ser el caso.
Que, mediante
Informe Nº 376- 2022-SGAT-MDGP emitido por la Sub Gerencia de Administración Tributaria, de fecha 20 de Junio del presente, señala que estando por vencer
la fecha de vigencia de la normativa, se propone prorrogar la vigencia de
Ordenanza Municipal Nº 002-2022-MDGP, que otorga “Beneficios tributarios y no
tributarios en el Distrito de Grocio Prado 2022, a los contribuyentes del
Distrito de Grocio Prado”, la misma que tiene vigencia de 3 meses culminándose
el 30 de junio del presente año; que, considerando que es necesario dar facilidades a los
contribuyentes para que puedan honrar sus adeudos tributarios y no penalizarlos
con intereses ni recargos onerosos que impidan o desalienten la voluntad de
pago de los ciudadanos.
Que, mediante
Acuerdo N° 019-2022-MDGP de fecha 30 de junio del 2022 se acuerda Prorrogar el
vigencia de la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 002-2022-MDGP que otorga “Beneficios Tributarios y no
Tributarios 2022 a los Contribuyentes del Distrito de Grocio Prado”, por el
plazo de 4 meses;
Estando a las
consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas en el numeral
6) del artículo 20º, y artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de
Municipalidades;
ARTICULO
SEGUNDO.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de
Alcaldía a la Sub Gerencia de Administración
Tributaria, y demás unidades orgánicas competentes.
ARTICULO
TERCERO.- ENCARGAR a la Secretaria General, la promulgación del presente
acuerdo, su publicación en el portal web institucional de la Municipalidad
Distrital de Grocio Prado.
ALCALDE
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