miércoles, 20 de abril de 2022

Municipalidad Provincial de Chincha ORDENANZA MUNICIPAL

 

              Municipalidad Provincial de Chincha

                  ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2022-MPCH

 

Chincha Alta, 15 de febrero de 2022

EL CONCEJO PROVINCIAL DE CHINCHA

VISTO; En Sesión Ordinaria de Concejo Virtual Vía Zoom de fecha 14 de febrero de 2022, el Proyecto de “ORDENANZA QUE FIJA LA TASA DE INTERES MORATORIO APLICABLE A DEUDAS TRIBUTARIAS POR TRIBUTOS QUE ADMINISTRA Y RECAUDA LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA”; el Informe N° 034-2022-GAT/MPCH de la Gerencia de Administración Tributaria, Informe Legal N° 188 -2021-GAJ/MPCH, el Informe N° 057-2021-GM/MPCH de la Gerencia Municipal; y

CONSIDERANDO:

Que, las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y actos de administración, autonomía que debe ser ejercida con sujeción al ordenamiento jurídico imperante, de acuerdo a lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional N° 30305, concordante con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades-Ley N° 27972, correspondiendo al Concejo Municipal la función normativa a través de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley;

Que, el artículo 33° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF, señala expresamente que, la SUNAT fijara la Tasa de Interés Moratorio (TIM) respecto a los tributos que administra o cuya recaudación estuviera a su cargo. En los casos de los tributos administrados por los Gobiernos Locales, la TIM será fijada por Ordenanza Municipal, la misma que no podrá ser mayor a la que establezca la SUNAT;

Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 044-2021/SUNAT de fecha 31 de marzo de 2021, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, ha fijado en 0.9 % mensual, la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a las deudas tributarias en moneda nacional, para los tributos administrados y recaudados por la SUNAT;

Que, mediante Informe N° 034-2022-GAT/MPCH de fecha 26/01/2022, la Gerencia de Administración Tributaria de la Municipalidad, propone el presente proyecto de Ordenanza que fija la tasa de interés moratorio aplicable a los tributos municipales administrados por la Municipalidad Provincial de Chincha;

Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica a través del Informe Legal N° 188 -2022-GAJ/MPCH de la Gerencia de Asesoría Jurídico OPINA que se considere FACTIBLE la Aprobación de la presente Ordenanza que fija la tasa de interés moratorio aplicable a los tributos municipales administrados por la Municipalidad de Provincial de Chincha y RECOMIENDA que se derive al Pleno del Concejo Municipal para su DEBATE y APROBACION;

Que, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF, Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF y modificatorias, por UNANIMIDAD, con la aprobación de la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, la siguiente:

ORDENANZA QUE FIJA LA TASA DE INTERES MORATORIO APLICABLE A DEUDAS TRIBUTARIAS POR TRIBUTOS QUE ADMINISTRA Y RECAUDA LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA

Artículo Primero. - TASA DE INTERES MORATORIO

Fíjese en 0.9% mensual la Tasa de Interés Moratorio (TIM) lo que se traduce en una tasa de 0.03% diaria, aplicable a las deudas tributarias en moneda nacional correspondiente a los tributos administrados y recaudados por la Municipalidad Provincial de Chincha;

Artículo Segundo. – VIGENCIA

La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del día siguiente de su aprobación y su publicación en el diario judicial y/o mayor circulación regional y el portal institucional de la Municipalidad;

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

PRIMERA. - Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria, de la Municipalidad Provincial de Chincha, el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Oficina de imagen institucional su debida difusión y publicación en el portal institucional www.munichincha.gob.pe  y Link de Tributos Municipales de la Entidad;

POR TANTO:

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. 

Armando Huamán Tasayco

ALCALDE

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