Durante
el 2021, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) del
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos inscribió un total de 8736
regímenes por separación de patrimonios y sustitución del régimen
patrimonial en el Registro Personal, que forma parte del Registro de Personas
Naturales. Esta cifra supera en 47,62 % al total de inscripciones extendidas
durante el año 2020, cuando se registraron 5918 separaciones de bienes.
¿Qué es la separación de patrimonios y cómo se inscribe en Sunarp?
Antes de
casarse, los futuros cónyuges pueden optar por un régimen patrimonial de
sociedad de gananciales o, por uno con separación de patrimonios. El primero
se adquiere automáticamente tras el matrimonio civil e implica que los bienes
que adquieren los cónyuges son de propiedad de ambos.
En cambio, en el régimen de separación de patrimonios, se establece legalmente qué bienes son propiedad de cada integrante de la pareja. De esta manera, cada cual conserva a plenitud la propiedad, administración y disposición de sus bienes presentes y futuros.
Antes del matrimonio
Si la pareja elige el régimen de separación de patrimonios, y aún no está casada, deberá acudir a una notaría autorizada para gestionar una escritura pública de separación de patrimonios en la que ambos manifiestan que quieren ese régimen para su matrimonio.
A partir de su
inscripción, empezará a regir la separación de bienes o patrimonios.
Uno de los efectos inmediatos de la
inscripción registral de una separación de bienes en una determinada sociedad
conyugal es la protección ante posibles afectaciones por deudas que pueda
adquirir uno de los cónyuges durante el matrimonio, ya que estas son pagadas
con los bienes propios del deudor, según se establece en el artículo 328 del
Código Civil.
Después del matrimonio
Si la pareja ya
contrajo nupcias, pero desea cambiar de régimen patrimonial, podrá optar por
uno de separación de patrimonios. Para ello, es necesario que acuda ante un
notario autorizado y lleve a cabo una previa liquidación de bienes, si es que
estos fueron adquiridos desde la celebración del matrimonio.
Una vez
culminado el proceso de inscripción, cada miembro de la pareja mantendrá la
propiedad, administración y disposición de sus bienes presentes y futuros, y
le corresponderán los frutos y productos de dichos bienes.
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