Contraloría
General de la República identificó que de un total de 6468 cámaras
verificadas, el 29% (1907) se
encontraban inoperativas
Durante un operativo para supervisar el
funcionamiento y mantenimiento de las
cámaras de videovigilancia instaladas por las municipalidades a nivel nacional,
la Contraloría General de la República identificó que de un total de 6 468
cámaras verificadas, el 29% (1 907) se
encontraban inoperativas, lo que podría afectar el monitoreo permanente que
deben realizar los gobiernos locales para brindar el servicio de seguridad
ciudadana a la población.
La entidad fiscalizadora desarrolló del 17 de
setiembre al 25 de noviembre de 2021, con el apoyo de los Monitores
Ciudadanos, 161 servicios de control en igual número de municipalidades de
las regiones de Amazonas (4), Áncash (10), A-purímac (7), Arequipa (8),
Ayacucho (4), El Callao (4), Cajamarca (4), Cusco (9), Huancavelica (5),
Huánuco (5), Ica (8), Junín (8), y La Libertad (10). Asimismo, en Lambayeque
(8), Lima Metropolitana (15), Lima Provincias (8), Loreto (2), Moquegua (3),
Pasco (4), Piura (9), Puno (6), San Martín (4), Tacna (7), Tumbes (6) y Ucayali
(3).
En las visitas de control también se
evidenció que el 85% (137) de los gobiernos locales supervisados, tenían
al menos una cámara inoperativa.
La situación descrita estaría vulnerando el Reglamento de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, que establece que los gobiernos locales y regionales están obligados a implementar y garantizar el funcionamiento del sistema de videovigilancia, radiocomunicación y telecomunicaciones para la seguridad ciudadana en vías y espacios públicos de sus respectivas jurisdicciones.
Almacenamiento
de grabaciones
Otro hecho
advertido por las comisiones de control fue que las grabaciones de las
video-cámaras no se almacenan por el plazo mínimo de 45 días, como lo establece
la ley. De esta manera, se verificó que
de 148 municipios con cámaras en
funcionamiento (4 561 cámaras), 115 gobiernos locales (3 336 cámaras) no
cumplían con el plazo mencionado, es decir, el 78%, lo que podría afectar el
acceso a las grabaciones por parte de la ciudadanía y las entidades
competentes.
Con el
incumplimiento del plazo de almacenamiento de las grabaciones, los gobiernos
locales vulneran el Reglam. del D. Leg. N°1218, el cual regula el uso de las
cámaras de videovigilancia, y la Ley 20120 de apoyo a la seguridad ciudadana.
Los informes con
los resultados de las visitas de control fueron notificados a los titulares
de los gobiernos locales correspondientes, con la finalidad que adopten las acciones pertinentes que
permitan superar los hechos identificados.
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