Sanciones serán independientes a los procesos en la vía civil y penal
La Contraloría General informó que la facultad sancionadora para inhabilitar a funcionarios y servidores públicos hasta por cinco años se aplica en función de la gravedad de la conducta y es independiente de las acciones legales que puede iniciar la Procuraduría en materia civil y penal, ante el Ministerio Público y el Poder Judicial como resultado de los servicios de control posterior.
Recordó también que uno de los objetivos del
Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS) es la sanción del
comportamiento funcionalmente irregular, a través de la separación de la
función pública de quienes incurren en infracciones graves o muy graves.
Dichas infracciones están debidamente descritas en la ley. La aplicación de
sanciones efectivas, oportunas y proporcionales permitirá reducir la sensación
de impunidad que existe en el país.
Según cálculos de la Contraloría, el Estado habría
perdido S/ 22 059 millones, producto de la corrupción y la inconducta funcional
en la administración pública en el 2020.
El Procedimiento Administrativo Sancionador, previa
evaluación, se iniciará a aquellos funcionarios a quienes se hubiera
identificado presunta responsabilidad administrativa funcional en los informes
de control emitidos por el Sistema Nacional de Control y atribuido la comisión
de infracciones graves o muy graves, por hechos ocurridos a partir del 21 de
julio del 2021, fecha en que entró en vigencia la Ley N° 31288.
Si la infracción hubiera solo producido un perjuicio económico, la Contraloría tiene la facultad de no iniciar el PAS, siempre y cuando el monto total de dicho perjuicio no sea mayor a las 8 UIT (actualmente equivalente a S/ 35 200) y que sea imputable solo a título de culpa. Esto no significa que dichos casos queden impunes, pues se procede a comunicar a los órganos competentes para que adopten las acciones que correspondan
La normativa vigente establece clara y adecuadamente
las 32 infracciones por responsabilidad administrativa funcional que, previo
procedimiento, pueden dar lugar a la inhabilitación para ejercer la función
pública.
Las infracciones administrativas graves se sancionan
con la inhabilitación de 60 días hasta un máximo de un año; mientras que las
infracciones muy graves ameritarán la inhabilitación no menor de uno hasta
cinco años. En todos los casos la sanción se establece en función a la
gravedad de la infracción cometida, ponderando la posible reincidencia, así
como, la existencia de intencionalidad, entre otros factores a analizarse.
Cabe precisar que las sanciones administrativas se
aplican a quienes cometan infracciones graves o muy graves, de manera
intencional o por no haber actuado con la diligencia esperada.
Con la finalidad de modernizar y agilizar el PAS, se
ha previsto el uso intensivo de las tecnologías de la información, a través de
la implementación de adelantos como la notificación electrónica obligatoria,
que es inmediata y confiable, el uso de la casilla electrónica asignada por la
CGR, así como, el expediente digital que facilita el procedimiento y asegura la
información que forma parte del mismo.
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