Ampliaron plazo para presentación de Declaración Jurada de Intereses
Contraloría
recuerda a autoridades y funcionarios su obligación de presentar DJI para
prevenir posibles conflictos de interés en el Estado
Hasta el martes 12 de octubre se amplió el
plazo para que las autoridades, funcionarios y servidores públicos que fueron
registrados por la máxima autoridad administrativa de su entidad presenten su
Declaración Jurada de Intereses (DJI) ante la Contraloría General, con la
finalidad de prevenir y evitar posibles conflictos de interés en la
administración pública.
Con
la finalidad de que las personas obligadas cumplan con la presentación de la
DJI, se informa el nuevo cronograma establecido en la Resolución de Contraloría
N° 193-2021-CG:
Las
autoridades y funcionarios obligados de entidades como INPE, SUNAT, PNP y
MINDEF tienen hasta el martes 19 de octubre del 2021 para presentar la DJI.
Registro
de la DJI de las obligadas y obligados
La
presentación de la DJI es un requisito indispensable para el ejercicio del
cargo o función pública, según la Ley N° 31227. Se realiza a través del Sistema
de Declaraciones Juradas para la Gestión de Conflicto de Intereses (SIDJI) que se
encuentra en el portal institucional www.contraloria.gob.pe.
Las
claves de acceso al SIDJI han sido remitidas a los correos electrónicos de las
y los obligados a presentar la Declaración Jurada de Intereses.
Cabe
destacar que la presentación de la DJI se realiza con firma digital mediante el
SIDJI.
Excepcionalmente,
y por única vez, las personas obligadas y obligados señalados en el artículo 8°
del Reglamento, que no cuenten con firma digital, registran su DJI en el SIDJI,
la imprimen y presentan con firma manuscrita dentro del mismo plazo señalado
por ley a través de la mesa de partes presencial. La presentación excepcional
de esta DJI debe efectuarse en sobre cerrado y adjunto a una carta simple en
las diferentes mesas de partes de la Contraloría a nivel nacional.
La
DJI comprende información sobre los vínculos familiares, laborales, económicos
y financieros del declarante, así como también de su cónyuge o conviviente, con
miras a transparentar y resguardar la independencia y objetividad que deben
regir las funciones y actividades en la administración pública.
Conforme
lo señala la Ley N° 31227, están obligadas y obligados a presentar la DJI, el
presidente y vicepresidente de la República, ministros y viceministros,
congresistas, gobernadores regionales y vicegobernadores, alcaldes y regidores,
los titulares de las entidades de la administración pública, organismos
públicos, programas y proyectos especiales, así como profesionales y técnicos
encargados de las contrataciones, entre otros.
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