Correspondiente a las Elecciones
Generales 2021
La
Oficina Nacional de Procesos Electoral (ONPE) precisa que la información
financiera de campaña, cuyo plazo de entrega vence el miércoles 01 de
septiembre de 2021, permitirá conocer la información registrada en la segunda
etapa sobre los aportes, ingresos y gastos de la campaña electoral, generada
desde el 13 de marzo de 2021 hasta la conclusión del proceso electoral; esto
es, el 10 de agosto de 2021.
La fecha fue oficializada hoy
mediante Resolución Gerencial N°002492-2021-GSFP/ONPE, suscrita por Margarita
Díaz Picasso, Gerente de Supervisión de Fondos Partidarios.
La recepción de la citada información
financiera se efectuará de manera presencial en las sedes de la entidad, ubicadas
a nivel nacional, y de manera virtual en la página de ONPE.
Con esta modalidad de ingresos, las
organizaciones políticas pueden recibir ingresos hasta 100 UIT por actividad
(S/ 440,000), según el artículo 30° de la Ley de Organizaciones Políticas (Ley
N° 28094).
Respecto a los gastos, estos
comprenden los de propaganda en medios de comunicación y otros gastos de
propaganda y de campaña electoral. En el primer caso, se debe precisar la fecha
del gasto y el tipo de medio de comunicación contratado, sea prensa escrita,
publicidad exterior, internet o cines, el comprobante de pago y una especificación
del servicio contratado. No se considera gastos a través de radio y televisión,
debido a que no están permitidos.
De acuerdo con la Ley de
Organizaciones Políticas, la no presentación de los informes sobre los aportes
e ingresos recibidos, así como los gastos efectuados durante la campaña, en el
plazo establecido por la ONPE constituye una infracción muy grave, sancionable
con una multa no menor de 31 ni mayor de 100 unidades impositivas tributarias y
la pérdida del financiamiento público directo.
En su oportunidad, el informe que
emita la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios se pronunciará sobre el
cumplimiento de las obligaciones financieras y contables dispuestas en la Ley
de Organizaciones Políticas y el Reglamento y si hay mérito para el inicio del
procedimiento administrativo sancionador.
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