jueves, 5 de agosto de 2021

Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo DECRETO DE ALCALDÍA

 Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo

                    DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2021/MDPN

 Pueblo Nuevo, 23 de julio de 2021.

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO – CHINCHA.

VISTO:

     La Ordenanza Municipal N° 012-2021/MDPN; el Informe N° 0148-2021-SGR-G-MDPN, emitido por la Sub Gerencia de Rentas; el Informe Legal N° 0247-2021-MDPN-SAJ/GHA, emitido por la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum N° 3057-2021/GM/MDPN/ECR, emitido por la Gerencia Municipal, y;

CONSIDERANDO:

     Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Estado, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; establece que los Gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

 Que, el segundo párrafo del artículo 39° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, precisa que: “El alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la presente ley mediante decretos de alcaldía. Por resoluciones de alcaldía resuelve los asuntos administrativos a su cargo”.

 Que, la misma norma legal, señala en su artículo 42° que, “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal.”

 Que, a través de la Ordenanza Municipal N° 012-2021/MDPN de fecha 28 de mayo de 2021, el concejo municipal aprobó “OTORGAR el beneficio tributario de arbitrios municipales (limpieza pública, parques y jardines y Serenazgo), denominado: “PUEBLO NUEVO: LIMPIO, VERDE Y SEGURO”, el mismo que se encuentra vigente a partir del 01 hasta el 30 de junio del 2021 y que a través de su Única Disposición Complementaria, FACULTA a la Sra. Alcaldesa, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias que se requieran, así como prorrogar la vigencia de la presente Ordenanza Municipal, con la finalidad de cumplir con los objetivos trazados;

 Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 002-2021/MDPN de fecha 25 de junio de 2021, se declaró: “Ampliar la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 012-2021-MDPN; a partir del jueves 01 al viernes 30 de julio del 2021.”;

 Que, el Decreto Supremo Nº 131-2021-PCM, publicado en el “Diario El Peruano” con fecha 10 de julio de 2021, declara: “Prorrogar el Estado de Emergencia Nacional declarado mediante Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM, prorrogado por Decreto Supremo Nº 201-2020-PCM, Decreto Supremo Nº 008-2021-PCM, Decreto Supremo Nº 036-2021-PCM, Decreto Supremo Nº 058-2021-PCM, Decreto Supremo Nº 076-2021-PCM, Decreto Supremo Nº 105-2021-PCM y Decreto Supremo Nº 123-2021- PCM, por el plazo de treinta y un (31) días calendario, a partir del domingo 1 de agosto de 2021, por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19”;

 Que, de acuerdo al Decreto Supremo Nº 131-2021-PCM, la región Ica y consecuentemente nuestra provincia de Chincha y el Distrito de Pueblo Nuevo – Chincha; se encuentra en el Nivel de Alerta “Alto”, hasta el 8 de agosto de 2021 y se dispone la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios;

 Que, mediante Informe N° 0148-2021-SGR-G-MDPN, de fecha 21 de julio de 2021, la Sub Gerencia de Rentas señala que encontrándose el Decreto de Alcaldía Nº 002-2021/MDPN, próxima a su fecha límite de vigencia, esto es, hasta el día viernes 30 de julio de 2021; y habiéndose extendido el Estado de Emergencia Nacional a través del  Decreto Supremo Nº 131-2021-PCM, ha dado como consecuencia la dificultad de los contribuyentes para poder movilizarse y acogerse a la realización y cumplimiento de la norma municipal aprobada; por lo que existiendo esta necesidad de parte de los vecinos del Distrito de Pueblo Nuevo; bajo ese contexto solicita la ampliación de la vigencia de la acotada Ordenanza Municipal, a partir del lunes 02 hasta el martes 31 de agosto del ejercicio fiscal 2021;

Que, con Informe Legal N° 0247-2021-MDPN-SAJ/GHA, de fecha 22 de julio del 2021, la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica es de opinión declarar PROCEDENTE la ampliación de vigencia de la Ordenanza Municipal N° 012-2021-MDPN; a partir del lunes 02 hasta el martes 31 de agosto de 2021; la misma que será aprobada a través del Decreto de Alcaldía, en merito a la única disposición complementaria de dicha ordenanza municipal;

Estando a los considerados expuestos, a las facultades conferidas en la única disposición complementaria de la Ordenanza Municipal N° 012-2021/MDPN, y a las atribuciones establecidas  en el numeral 6) del artículo 20° y artículo 42° de la Ley N°  27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;

 SE DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- AMPLIAR LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 012-2021-MDPN,  de fecha 28 de mayo del 2021; a partir del lunes 02 hasta el martes 31 de agosto del ejercicio fiscal 2021, en merito a los considerandos expuestos en la presente disposición municipal.

 ARTICULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Sub Gerencia de Rentas y a las Unidades Orgánicas competentes de la Entidad Municipal; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía.

 ARTICULO TERCERO.- ENCARGAR a la Unidad de Tecnología de la Información, la PUBLICACIÓN del presente Decreto de Alcaldía en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo: http://www.munipnuevochincha.gob.pe/; a la Unidad de Imagen Institucional y Comunicaciones, su DIFUSIÓN dentro de la jurisdicción del Distrito para el conocimiento de la población y; a la Secretaría General la PUBLICACIÓN en el Diario de mayor circulación de la localidad.

                      Regístrese, Comuníquese, Publíquese Y Cúmplase

 Bertha Rosalyn Peña Ormeño

ALCALDESA

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