Municipalidad Provincial de Pisco
ORDENANZA Nº 004-2021-MPP
Pisco, 01 de febrero de 2021
EL
ALCALDE DE LA MINICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO
POR
CUANTO:
VISTO:
El Dictamen Nº 002-2020-CPAPEF-MPP de fecha 14 de diciembre de 2020, de la
Comisión Permanente de Administración,
Planificación, Economía y Finanzas, Informe N° 463-2019-MPP-OGAT de la Oficina
General de Administración Tributaria e Informe Legal Nº 2012-2019-MPP/OGAJ de
la Oficina General de Asesoría Jurídica; respecto a la Ordenanza que aprueba el
Régimen de Aplicación de Sanciones (RAS) y el Cuadro de Infracciones y
Sanciones (CIS) de la Municipalidad Provincial de Pisco; y:
CONSIDERANDO:
Que,
conforme a lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del
Perú y sus modificatorias en concordancia con el artículo II del Título
Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos
locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que,
la autonomía antes indicada y las funciones de gobierno de las municipalidades
son ejercidas por los Concejos Municipales a través de la aprobación de Ordenanzas
y Acuerdos, de conformidad con lo estipulado en el artículo 39° de la Ley N°
27972, Ley Orgánica de Municipalidades; lo cual guarda correspondencia con lo
establecido en el artículo 200°, numeral 4) de la Constitución Política del
Perú, que otorga el rango de ley de las Ordenanzas Municipales;
Que,
de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipales, en
su artículo 9°, numeral 8) corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar
o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos;
Que,
el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece
que: “Las ordenanzas de las municipalidades en la materia de su competencia,
son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura
normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización
interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y
las materias en las que la municipalidad
tienen competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen
o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro
de los límites establecidos por la ley.
Que,
de conformidad con el artículo 46° de la Ley 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades, las normas municipales son de carácter obligatorio y su
incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, sin perjuicio de
promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales
a que hubiere lugar, siendo que mediante ordenanza se determine el régimen de
sanciones administrativas por la infracción a sus disposiciones estableciendo
las escalas de multas en función de la gravedad de la falta.
Que,
en virtud del Artículo 247º y 248º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444,
Ley del Procedimiento Administrativo General; aprobado por D.S. N°
004-2019-JUS, se faculta a cualquiera de las Entidades de la Administración
Pública;
Estando
a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el
numeral 8) del artículo 9°, y artículo 40° de la Ley N°27972, Ley Orgánica de
Municipalidades, contando con el voto por unánime de los señores regidores
asistentes a la sesión de concejo de fecha 26 de enero de 2020, se aprobó lo
siguiente, con las observaciones de las observaciones de la Comisión Permanente de Administración, Planificación,
Economía y Finanzas:
ORDENANZA
QUE APRUEBA EL RÉGIMEN DE APLICACIÓN DE SANSIONES ADMINISTRATIVAS (RAS) Y EL
CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CIS) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE
PISCO.
ARTÍCULO
PRIMERO.- Aprobar la modificación del nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones
(RAS) y el Cuadro de Infracciones y Sanciones (CIS) de la Municipalidad
Provincial de Pisco, los mismos que como Anexos 01 y 02 forman parte integrante
de la presente ordenanza.
ARTÍCULO
SEGUNDO.- Dejar sin efecto, la Ordenanza N°017-2016-MPP y cualquier otra
disposición que se oponga a la presente ordenanza.
ARTÍCULO
TERCERO.- Encargar a la Oficina General de Secretaria la publicación en el
diario oficial de mayor circulación de la presente ordenanza y a la Unidad de
Sistemas, la publicación del texto íntegro del Régimen de Aplicación de
Sanciones (RAS) y el Cuadro de Infracciones de Sanciones (CIS) de la
Municipalidad Provincial de Pisco (Anexos 01 y 02), al que se refiere el
artículo primero, en la página Web (http://www.munipisco.gob.pe) y el portal de
Servicios del Ciudadano y Empresas (http://www.serviciosalciudadano.gob.pe)
dentro de los plazos establecidos en la ley.
ARTÍCULO
CUARTO.- Encargar a los órganos competentes descritos en el artículo 3 del
Régimen de Aplicación de Sanciones (RAS) y áreas involucradas, el cumplimiento
de la presente ordenanza, cuyas causales de infracción se relacionan con sus
funciones encomendadas en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF).
ARTÍCULO
QUINTO.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente
de su publicación en el diario de mayor circulación de la ciudad y en el portal
Web de la Municipalidad Provincial de Pisco.
Regístrese,
publíquese y cúmplase
Lic. Juan Enrique Mendoza Uribe
ALCALDE
ANEXO
01
ORDENANZA
Nº 004-2021-MPP
ORDENANZA QUE APRUEBA EL RÉGIMEN DE APLICACIÓN DE SANCIONES (RAS) Y
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