martes, 22 de junio de 2021

SUNASS debe fiscalizar atención de quejas por parte de empresas de agua potable en Ica y Nasca

 

Defensoría del Pueblo: Usuarios no pueden  registrar reclamos vía plataforma on-line 

La oficina de la Defensoría del Pueblo en Ica demandó a la sede regional de la Superintendencia Nacional de Servicios y Saneamiento (Sunass) ejercer una mayor fiscalización sobre la atención oportuna que deben brindar las empresas Emapica y Emapavigs, encargadas de prestar los servicios de agua potable y alcantarillado en las ciudades de Ica y Nasca, respectivamente, a los reclamos que presenta la población con motivo de deficiencias en los  servicios.

De acuerdo a las quejas recibidas por la sede defensorial, las referidas empresas habrían optado por impedir la presentación de reclamos por cobros excesivos o indebidos en los casos de recibos que han sido cancelados. Ello pudo ser corroborado al verificar los portales de atención virtual habilitados por ambas empresas, en los que se limita el derecho a presentar recursos de apelación o quejas cuando una deuda ha sido pagada.

Tras ello, el jefe de la oficina de la Defensoría del Pueblo en Ica, Jorge Hernández, instó al ente regulador a garantizar que la ciudadanía pueda realizar sus reclamos independientemente de si el recibo haya sido cancelado dentro de los plazos establecidos. Asimismo, pidió que se fiscalice si las empresas vienen respondiendo de manera oportuna los correos electrónicos con reclamos que presenta la población.

El representante de la Defensoría del Pueblo recordó que se encuentra vigente el estado de emergencia nacional por la pandemia del COVID-19, por lo que las empresas aún están obligadas a implementar y tener en operatividad los canales virtuales para atender los reclamos de la ciudadanía y evitar traslados que pongan en riesgo su salud ante posibles contagios.

Hernández también precisó que se encuentra en vigencia la Resolución 012-2020-SUNASS-CD, por la que se establece la implementación de líneas telefónicas, correos electrónicos y plataformas web como mecanismos para la presentación reclamos, por parte de las empresas prestadoras de servicios. “Las empresas encargadas de brindar el servicio de agua potable en Ica y Nasca están obligadas a atender oportunamente a la población y evitar que esta acuda de manera presencial a presentar algún reclamo mientras dure la emergencia sanitaria”, subrayó.

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