miércoles, 5 de mayo de 2021

Municipalidad Distrital de Chincha Baja

                                             ORDENANZA Nº 001-2021-MDCHB

EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE CHINCHA BAJA;

POR CUANTO:

               VISTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 14 de Enero de 2021, se recibió el Proyecto de Reglamento de Organización y Funciones – ROF, como instrumento de gestión para adecuar la administración municipal, el Memorándum Nº 02834/A-2020-MDCHB/GM/VEGM, el Informe Legal N° 203-2020-MDCHB/OAJ, y;

               CONSIDERANDO:

           Que,  de conformidad con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley N° 30305, en concordancia con el Art. II del Título Preliminar de la nueva Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, que establece que “Las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que emanan de la voluntad popular y disfrutan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

             Que, mediante Ordenanza Nº 009-2020-MDCHB, se ha aprobado la nueva Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Chincha Baja en concordancia con la voluntad política de la actual gestión edilicia de reestructurar y/o reordenar la organización interna de la Corporación Edil; y, constituye el punto de partida, para formular y aprobar los diversos instrumentos de gestión;

            Que, el proyecto de Reglamento de Organización y Funciones – ROF, se ha formulado teniendo en cuenta las disposiciones y metodología contenidas en el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba  las Normas para la Formulación y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones en las Entidades de la Administración Pública y el Manual para la Elaboración de Reglamentos de Organización y Funciones, aprobado por la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, por consiguiente responde a un esquema técnico y objetivo de acuerdo a la realidad local, por tanto formaliza la organización interna y desarrolla el marco normativo en materia de funciones, competencias y atribuciones de la Corporación Edil, así como establece las atribuciones y obligaciones de los funcionarios que la integran;

         Que, en armonía  con la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2021, el Decreto Supremo aludido en el considerando precedente fue derogado por Decreto Supremo N°054-2018-PCM que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, con el objeto de superar los problemas en materia organizacional, debido a que los lineamientos y los modelos vigentes para la formulación de los documentos de gestión imponen normas uniformes de organización para la gran diversidad de entidades existentes;

         Que, en concordancia por lo señalado en los considerandos precedentes y existiendo voluntad política de la actual gestión edilicia de reestructurar y/o reordenar la organización interna de la Municipalidad Distrital de Chincha Baja, resulta pertinente poner en vigencia el Reglamento de Organización y Funciones y  se constituya en una de las herramientas más importantes para una adecuada gestión administrativa y marco normativo en materia de funciones, competencias y atribuciones de la Corporación Edil, así como establecer modificaciones en cuanto a las atribuciones y obligaciones de los funcionarios que la integran;

       Que, luego de aprobado el Reglamento de Organización y Funciones, se procederá a la formulación y/o actualización del Cuadro para Asignación de Personal - CAP, el Manual de Cargos Clasificados - MCC, el Manual de Organización y Funciones – MOF, el Cuadro Nominal de Personal - CNP, el Presupuesto Analítico de Personal – PAP, EL Manual de Procedimientos – MAPRO, el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA y otros documentos de gestión municipal vigentes, que permita recoger las nuevas figuras jurídicas que se han emitido en los últimos cinco años a más, que por su naturaleza, corresponde aprobar al Honorable Concejo Municipal, en armonía con lo dispuesto en los artículos 9º numeral 3), 20º numeral 4), 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972.

         Que, los citados documentos están orientados a constituirse en normas técnicas y herramientas de gestión organizacional moderna y sostenible, tendiendo a delimitar las funciones, competencias, atribuciones y responsabilidades de los órganos, unidades orgánicas y los funcionarios que las conducen, asegurando que optimicen y garanticen la calidad de la gestión municipal con eficiencia, eficacia, productividad  y competitividad.

        Que, en éste esfuerzo concertado, ha posibilitado la participación de los funcionarios responsables de los órganos y unidades orgánicas, quienes en la etapa de socialización, han hecho valiosos aportes para optimizar el funcionamiento de la Municipalidad. Que, en éste contexto, el ROF está orientado a contribuir a asegurar la representación política y organizada de los vecinos en el Gobierno Local; promover y realizar la adecuada  prestación de los servicios públicos locales; fomentar y conducir el desarrollo integral, sostenible y armónico del Distrito; proporcionar al ciudadano el ambiente propicio para la atención de sus necesidades fundamentales de vivienda, salubridad, abastecimiento, educación, recreación, transporte y comunicación; y, propiciar los mecanismos y espacios de participación, concertación y fiscalización de la comunidad en la gestión municipal.

Estando a lo expuesto; y, en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 9° numerales 3) y 8), 39º y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite de aprobación de Comisiones y de aprobación del Acta respectiva, con el voto unánime del pleno del Concejo Municipal, ha aprobado emitir la siguiente:

ORDENANZA:

ARTÍCULO 1°.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), la misma que consta de Nueve (IX) Títulos, Siete (VII) Capítulos, Ciento Sesenta y Dos (162) Artículos; Tres (03) Disposiciones Complementarias, Tres (02) Disposiciones Transitorias, Dos (02) Disposiciones Finales, Un (01) Organigrama Estructural y Un (01), que forman parte de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 2°.- DEROGAR la Ordenanza N° 011-2019-MDCHB, de fecha 27 de noviembre 2019 y sus modificaciones; así como cualquier otro dispositivo que se oponga a la presente Ordenanza. 

ARTÍCULO 3°.-  DISPONER la adecuación progresiva de los documentos de gestión municipal, tales como el Cuadro de Asignación de Personal (CAP); conforme a las disposiciones previstas  en la presente norma municipal.

ARTICULO 4°.-     ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificaron y Presupuesto y demás unidades orgánicas competentes, tomar las acciones necesarias para la adecuación e implementación de las Unidades Orgánicas de la Municipalidad, a la estructura Orgánica y Organigrama aprobado con la presente Ordenanza.

ARTICULO 5°.-     ENCARGAR a Secretaria General la publicación del texto aprobatorio de la presente Ordenanza.

POR TANTO:

                     REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y ARCHÍVESE

 

Dado en el Palacio Municipal de Chincha Baja, a los 14 días del mes de enero del año dos mil veintiuno.

EMILIO MARCELO DEL SOLAR SALAZAR

ALCALDE

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