ORDENANZA Nº 001-2021-MDCHB
EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL
DE CHINCHA BAJA;
POR CUANTO:
VISTO: En Sesión Ordinaria del
Concejo Municipal de fecha 14 de Enero de 2021, se recibió el Proyecto de
Reglamento de Organización y Funciones – ROF, como instrumento de gestión para
adecuar la administración municipal, el Memorándum Nº 02834/A-2020-MDCHB/GM/VEGM,
el Informe Legal N° 203-2020-MDCHB/OAJ, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 194° de la
Constitución Política del Perú, modificado por Ley N° 30305, en concordancia
con el Art. II del Título Preliminar de la nueva Ley Orgánica de
Municipalidades N° 27972, que establece que “Las Municipalidades Provinciales y
Distritales son órganos de Gobierno Local que emanan de la voluntad popular y
disfrutan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia;
Que, mediante Ordenanza Nº
009-2020-MDCHB, se ha aprobado la nueva Estructura Orgánica de la Municipalidad
Distrital de Chincha Baja en concordancia con la voluntad política de la actual
gestión edilicia de reestructurar y/o reordenar la organización interna de la
Corporación Edil; y, constituye el punto de partida, para formular y aprobar
los diversos instrumentos de gestión;
Que, el proyecto de Reglamento
de Organización y Funciones – ROF, se ha formulado teniendo en cuenta las
disposiciones y metodología contenidas en el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM,
que aprueba las Normas para la
Formulación y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones en las
Entidades de la Administración Pública y el Manual para la Elaboración de
Reglamentos de Organización y Funciones, aprobado por la Secretaría de Gestión
Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, por consiguiente responde a
un esquema técnico y objetivo de acuerdo a la realidad local, por tanto
formaliza la organización interna y desarrolla el marco normativo en materia de
funciones, competencias y atribuciones de la Corporación Edil, así como
establece las atribuciones y obligaciones de los funcionarios que la integran;
Que, en armonía con la Política Nacional de Modernización de
la Gestión Pública al 2021, el Decreto Supremo aludido en el considerando
precedente fue derogado por Decreto Supremo N°054-2018-PCM que aprueba los
Lineamientos de Organización del Estado, con el objeto de superar los problemas
en materia organizacional, debido a que los lineamientos y los modelos vigentes
para la formulación de los documentos de gestión imponen normas uniformes de
organización para la gran diversidad de entidades existentes;
Que, en concordancia por lo
señalado en los considerandos precedentes y existiendo voluntad política de la
actual gestión edilicia de reestructurar y/o reordenar la organización interna
de la Municipalidad Distrital de Chincha Baja, resulta pertinente poner en
vigencia el Reglamento de Organización y Funciones y se constituya en una de las herramientas más
importantes para una adecuada gestión administrativa y marco normativo en
materia de funciones, competencias y atribuciones de la Corporación Edil, así
como establecer modificaciones en cuanto a las atribuciones y obligaciones de
los funcionarios que la integran;
Que, luego de aprobado el
Reglamento de Organización y Funciones, se procederá a la formulación y/o
actualización del Cuadro para Asignación de Personal - CAP, el Manual de Cargos
Clasificados - MCC, el Manual de Organización y Funciones – MOF, el Cuadro
Nominal de Personal - CNP, el Presupuesto Analítico de Personal – PAP, EL
Manual de Procedimientos – MAPRO, el Texto Único de Procedimientos
Administrativos - TUPA y otros documentos de gestión municipal vigentes, que
permita recoger las nuevas figuras jurídicas que se han emitido en los últimos
cinco años a más, que por su naturaleza, corresponde aprobar al Honorable
Concejo Municipal, en armonía con lo dispuesto en los artículos 9º numeral 3),
20º numeral 4), 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972.
Que, los citados documentos
están orientados a constituirse en normas técnicas y herramientas de gestión
organizacional moderna y sostenible, tendiendo a delimitar las funciones,
competencias, atribuciones y responsabilidades de los órganos, unidades
orgánicas y los funcionarios que las conducen, asegurando que optimicen y
garanticen la calidad de la gestión municipal con eficiencia, eficacia,
productividad y competitividad.
Que, en éste esfuerzo concertado,
ha posibilitado la participación de los funcionarios responsables de los
órganos y unidades orgánicas, quienes en la etapa de socialización, han hecho
valiosos aportes para optimizar el funcionamiento de la Municipalidad. Que, en
éste contexto, el ROF está orientado a contribuir a asegurar la representación
política y organizada de los vecinos en el Gobierno Local; promover y realizar
la adecuada prestación de los servicios
públicos locales; fomentar y conducir el desarrollo integral, sostenible y
armónico del Distrito; proporcionar al ciudadano el ambiente propicio para la
atención de sus necesidades fundamentales de vivienda, salubridad,
abastecimiento, educación, recreación, transporte y comunicación; y, propiciar
los mecanismos y espacios de participación, concertación y fiscalización de la
comunidad en la gestión municipal.
Estando a lo expuesto; y, en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 9° numerales 3) y 8), 39º y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite de aprobación de Comisiones y de aprobación del Acta respectiva, con el voto unánime del pleno del Concejo Municipal, ha aprobado emitir la siguiente:
ORDENANZA:
ARTÍCULO 1°.- APROBAR el
Reglamento de Organización y Funciones (ROF), la misma que consta de Nueve (IX)
Títulos, Siete (VII) Capítulos, Ciento Sesenta y Dos (162) Artículos; Tres (03)
Disposiciones Complementarias, Tres (02) Disposiciones Transitorias, Dos (02)
Disposiciones Finales, Un (01) Organigrama Estructural y Un (01), que forman
parte de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 2°.- DEROGAR la
Ordenanza N° 011-2019-MDCHB, de fecha 27 de noviembre 2019 y sus
modificaciones; así como cualquier otro dispositivo que se oponga a la presente
Ordenanza.
ARTÍCULO 3°.- DISPONER la adecuación progresiva de los
documentos de gestión municipal, tales como el Cuadro de Asignación de Personal
(CAP); conforme a las disposiciones previstas
en la presente norma municipal.
ARTICULO 4°.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia
de Planificaron y Presupuesto y demás unidades orgánicas competentes, tomar las
acciones necesarias para la adecuación e implementación de las Unidades
Orgánicas de la Municipalidad, a la estructura Orgánica y Organigrama aprobado
con la presente Ordenanza.
ARTICULO 5°.- ENCARGAR a Secretaria General la
publicación del texto aprobatorio de la presente Ordenanza.
POR TANTO:
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE,
CÚMPLASE Y ARCHÍVESE
Dado en el Palacio Municipal
de Chincha Baja, a los 14 días del mes de enero del año dos mil veintiuno.
EMILIO
MARCELO DEL SOLAR SALAZAR
ALCALDE
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