La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU), en relación a la aplicación del bachillerato automático para los estudiantes universitarios que han culminado sus estudios durante los años 2020 y 2021, informa que la Ley N° 31183, que incorpora la decimocuarta Disposición Complementaria Transitoria a la Ley N° 30220, Ley Universitaria, fue publicada el 2 de mayo del presente año en el Diario Oficial El Peruano y, como corresponde, entró en vigencia al día siguiente de su publicación. En dicha norma, que es de carácter excepcional, se establece que los estudiantes universitarios que hayan aprobado sus estudios de pregrado durante los años 2020 y 2021 pueden acceder al grado de bachiller de manera automática.
La mencionada ley exonera a los estudiantes de los
requisitos establecidos en el inciso 45.1 del artículo 45 de la Ley
Universitaria, siendo estos: i) la aprobación de un trabajo de investigación;
y, ii) el conocimiento de un idioma extranjero.
La SUNEDU considera que no se requiere normatividad
adicional para el efectivo cumplimiento de esta ley, por lo que las casas de
estudio deberán atender las solicitudes que presenten los estudiantes desde la
fecha de su entrada en vigencia.
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