Dicta nueve meses de prisión preventiva contra sujeto inculpado por pornografía infantil y realizar actos contra el pudor a su hija
El
Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Ica, a cargo del magistrado
Miguel Ángel Díaz Chirinos, dictó 09 meses de prisión preventiva contra Iván
Roberto Milla Munive, por la presunta comisión del delito de pornografía
infantil y actos contra el pudor en menor; y Comparecencia con Restricciones en
contra de Rebeca Bernarda Flores Bautista, por la presunta comisión del delito
de exposición de persona a peligro.
La
citada medida cautelar fue dictada luego que, el magistrado escuchó y evaluó los
fundamentos del Ministerio Público y de la defensa técnica de los imputados,
así como la concurrencia de los requisitos de la prisión preventiva previstos
en el artículo 268 del Código Procesal Penal.
De
acuerdo al requerimiento del Ministerio Público, Iván Roberto Milla Munive,
habría realizado tocamientos indebidos y actos de connotación sexual contra su
menor hija de iniciales C.N.M.F. de 09 años de edad; hechos que vendrían
dándose desde el año 2018 en el interior de su inmueble, ubicado en Yaurilla
(Los Aquíjes), la cual se realizaban aprovechando la ausencia de la madre; sin
embargo, al parecer, la progenitora de la menor habría sido informada por otro
de sus hijos, no creyendo en un principio en lo manifestado.
Asimismo,
se refiere que, Rebeca Bernarda Flores Bautista, madre de la menor agraviada,
habría visualizado en el celular del investigado tres videos de connotación
sexual realizadas aparentemente por su pareja contra su menor hija; y está
habría comunicado a un familiar de lo ocurrido. Cabe señalar además que, la
denuncia policial indica que el imputado ha tenido en posesión imágenes (fotos)
de contenido sexual con participación aparente de una menor de edad,
registradas en su celular.
Por
consiguiente; se dispuso la suspensión de la tenencia y patria potestad de la
menor, ya que es hija de ambos procesados e investigados, disponiéndose que se
remitan copias al Juzgado de Familia correspondiente a efectos de que se sitúe
la custodia de la menor agraviada.
Se
precisa, además, que el imputado debe permanecer recluido en el Establecimiento
Penal de Ica, por el tiempo establecido por el Juzgado, esto con la finalidad
de asegurar el normal desarrollo y resultado del proceso.
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